Dan término a designación de Procurador Público del Ministerio de Relaciones Exteriores

RESOLUCIÓN DE LA PROCURADORA

GENERAL DEL ESTADO

Nº 178-2022-PGE/PG

Lima, 21 de julio de 2022

VISTOS:

El Acta Nº 9-2022-PGE de la Cuadragésima Sexta Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado de fecha 27 de junio de 2022; el Memorando Nº 048-2022-JUS/PGE-SGCD de la Secretaría General del Consejo Directivo; y el Informe Nº 122-2022-JUS/PGE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1326 se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones;

Que, el artículo 10 del citado decreto legislativo establece que la Procuraduría General del Estado es la entidad competente para regular, supervisar, orientar, articular y dictar lineamientos para la adecuada defensa de los intereses del Estado, a cargo de los/as procuradores/as públicos/as, conforme a lo establecido en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú. Mientras que el artículo 14 señala que el Consejo Directivo es el órgano colegiado de mayor nivel jerárquico de la Procuraduría General del Estado;

Que, asimismo, el numeral 2 del artículo 38 del Decreto Legislativo Nº 1326 establece que la designación de los/as procuradores/as públicos/as culmina, entre otras razones, por la causal de fallecimiento;

Que, la Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS, establece que, mediante resolución expresa del Procurador General del Estado, se da término a la designación de los/as procuradores/as públicos/as y procuradores/as públicos/as adjuntos/as de todos los niveles de gobierno, incluso a aquellos/as que hayan sido designados/as mediante acto administrativo distinto;

Que, de acuerdo a la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del citado reglamento, el cese de funciones de procuradores/as públicos/as que se encuentran en actividad a la fecha de entrada de vigencia del mismo, tal como se establece en la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1326, es dispuesto por el Procurador General del Estado, previa aprobación del Consejo Directivo, manteniéndose dicha atribución hasta que culmine el proceso de evaluación desarrollado en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del reglamento antes señalado;

Que, con Resolución Suprema Nº 060-2012-JUS, publicada en el diario oficial El Peruano el 17 de abril de 2012, se designó al abogado José Arturo Rodríguez Hernández como Procurador Público del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, el Procurador Público Adjunto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Carlos Arquímedes Rubio Tomasto, mediante Oficio RE(PPU) Nº 2-19-D/80 de fecha 23 de junio de 2022, informa el fallecimiento del abogado José Arturo Rodríguez Hernández, deceso ocurrido el 23 de junio del año en curso, según Certificado de Defunción General que anexa a su oficio;

Que, en el Acta Nº 9-2022-PGE de fecha 27 de junio de 2022 de la Cuadragésima Sexta Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado, obra el Acuerdo Nº 5, que aprueba el cese de funciones del abogado José Arturo Rodríguez Hernández, como Procurador Público del Ministerio de Relaciones Exteriores, por fallecimiento ocurrido el 23 de junio de 2022, y dispone se emita el acto resolutivo correspondiente;

Que, mediante informe de vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica opina en forma favorable a la emisión del acto administrativo que dispone el cese de las funciones del Procurador Público del Ministerio de Relaciones Exteriores por causal de fallecimiento, contándose además con la aprobación por parte del Consejo Directivo;

Que, estando a que el cese de funciones por la casual de fallecimiento del abogado José Arturo Rodríguez Hernández, como Procurador Público del Ministerio de Relaciones Exteriores, acaeció el 23 de junio de 2022, corresponde que sea efectuado con eficacia anticipada, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Que, en atención a las consideraciones expuestas resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; con el visado de la Secretaría General del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado y de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- DAR TÉRMINO a la designación del abogado José Arturo Rodríguez Hernández, con eficacia anticipada al 23 de junio de 2022, como Procurador Público del Ministerio de Relaciones Exteriores, por la causal de fallecimiento establecida en el numeral 2 del artículo 38 del Decreto Legislativo Nº 1326, dándosele las gracias póstumas por los servicios prestados.

Artículo 2.- REMITIR copia de la presente resolución a la Procuraduría Pública del Ministerio de Relaciones Exteriores, y a la Secretaría General del Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y fines correspondientes.

Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Procuraduría General del Estado (https://www.gob.pe/procuraduria), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIA AURORA CARUAJULCA QUISPE

Procuradora General del Estado

2089436-1