Prorrogan los plazos de las secciones 3.6 y 4.8 de la “Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan”

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE

CONSEJO DIRECTIVO

N° 00057-2022/CEPLAN/PCD

Lima, 22 de julio de 2022

VISTO: El Proveído N° D001204-2022-CEPLAN-DE de la Dirección Ejecutiva, el Informe N° D00081-2022-CEPLAN-DNSE de la Dirección nacional de Seguimiento y Evaluación, y el Informe N° D000139-2022-CEPLAN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088 se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, los numerales 3 y 16 del artículo 10, de la citada norma, dispone que una de las funciones generales del CEPLAN es “asesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollos, con la finalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”; y como función especial del CEPLAN, “el desarrollar el seguimiento y evaluación de la gestión estratégica del Estado, que comprende el seguimiento y evaluación de los planes y políticas, los objetivos, los programas y los proyectos prioritarios de desarrollo nacional”;

Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, que establece los lineamientos para la formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, dentro del marco de una visión compartida y concertada del país con prospectiva de mediano y de largo plazo;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la citada Directiva, establece que la Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN aprueba la actualización de guías e instrumentos metodológicos necesarios para orientar la actualización de políticas y planes a diferentes niveles, considerando el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;

Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00015-2021/CEPLAN/PCD se aprobó la “Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan”, que establece las pautas para desarrollar el seguimiento y evaluación de las políticas nacionales y planes en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, así como ser una herramienta orientadora para las entidades que conforman el Sinaplan;

Que, mediante Informe N° D000081-2022-CEPLAN-DNSE, la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación señala la necesidad de prorrogar los plazos de las secciones 3.6 y 4.8 de la mencionada guía, sobre la elaboración, aprobación y publicación en los Portales de Transparencia Estándar de los reportes de seguimiento e informes de evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) 2022, correspondientes al primer semestre;

Que, en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, considerando la necesidad de prorrogar el plazo de los reportes de seguimiento e informes de evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) 2022;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones del CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo N° 046-2009-PCM, establece en el literal w) de su artículo 13 que es una atribución del Presidente del Consejo Directivo de la entidad emitir las Resoluciones y Directivas pertinentes que regulen el marco conceptual, técnico, metodológico y operativo de las actividades inherentes al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;

Con el visado del Director Ejecutivo (e), del Director Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos, de la Directora Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; la Directiva N° 001-2017- CEPLAN/PCD, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD y modificada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2009-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prorrogar el plazo de la sección 3.6 de la “Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan”, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00015- 2021-CEPLAN/PCD, estableciendo como plazo para la elaboración, aprobación y publicación en el Portal de Transparencia Estándar, de los reportes de seguimiento del Plan Operativo Institucional (POI), correspondientes al primer semestre de 2022, lo siguiente:

Plazos del reporte de seguimiento POI del primer semestre de 2022

Nivel de gobierno

Nuevo plazo

Entidades del Gobierno nacional

15 de agosto de 2022

Entidades del Gobierno regional

22 de agosto de 2022

Entidades del Gobierno local

31 de agosto de 2022

Artículo 2.- Prorrogar el plazo de la sección 4.8 de la “Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan”, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00015- 2021-CEPLAN/PCD, estableciendo como plazo el 30 de setiembre de 2022 para la elaboración, aprobación y publicación en el Portal de Transparencia Estándar, de los informes de evaluación del Plan Operativo Institucional (POI), correspondientes al primer semestre de 2022.

Artículo 3.-. Disponer que la Oficina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, así como en el Portal Institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (www.gob.pe/ceplan).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GIOFIANNI DIGLIO PEIRANO TORRIANI

Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN

2089327-1