Otorgan a ciudadana la Condecoración Excepcional “Orden al Mérito de la Mujer”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 157-2022-MIMP
Lima, 20 de julio de 2022
VISTO; la Nota N° D000689-2022-MIMP-DVMM del Despacho Viceministerial de la Mujer, el Informe N° D000116-2022-MIMP-DPPDM de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres, la Nota N° D000454-2022-MIMP-DGIGND de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación y la Nota N° D000200-2022-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1098, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, la cual señala que es un organismo del Poder Ejecutivo rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables, con personería jurídica de derecho público que constituye un pliego presupuestal, encargado, entre otros, de establecer, promover, ejecutar y supervisar políticas públicas a favor de las mujeres;
Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2003-MIMDES se crea la Condecoración “Orden al Mérito de la Mujer”, disponiéndose que la misma sea entregada por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, hoy Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, como símbolo del reconocimiento a aquellas mujeres que destaquen socialmente en su compromiso con la defensa y promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres a nivel nacional;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 498-2009-MIMDES, se aprueba el Reglamento para el Otorgamiento de Condecoraciones en el Sector Mujer y Desarrollo Social, hoy Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables; en el cual se establece en la Segunda Disposición Complementaria Final que la Titular del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, puede otorgar condecoración excepcional, previa conformidad del/a Viceministro/a del Sector en cuya competencia se otorga la distinción; siendo que en el presente caso se cuenta con la conformidad del Viceministerio de la Mujer;
Que, mediante Ley N° 31049, Ley que declara el 25 de julio de cada año Día Nacional de la Mujer Afroperuana, con la finalidad de reconocer, valorar y crear conciencia sobre la participación y aporte de la mujer afroperuana en el desarrollo social, económico, político y cultural del Perú; y encarga al Ministerio de Cultura y al MIMP, en coordinación con los gobiernos regionales y locales, la promoción de actividades para visibilizar, reconocer, valorar y promover la participación efectiva de la mujer afroperuana, en el marco de la presente ley;
Que, en virtud a dicho contexto legal, en el marco de las acciones por el Día Nacional de la Mujer Afroperuana, se considera pertinente otorgar la condecoración excepcional “Orden al Mérito de la Mujer” a la señora DELIA ROSA ZAMUDIO PALACIOS, como reconocimiento por sus aportes en las reivindicaciones por los derechos laborales en nuestro país y su contribución en la promoción y protección de los derechos de las mujeres afroperuanas;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo N° 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP; y en la Resolución Ministerial N° 498-2009-MIMDES, que aprueba el Reglamento para el Otorgamiento de Condecoraciones en el Sector Mujer y Desarrollo Social, hoy Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar la Condecoración Excepcional “Orden al Mérito de la Mujer” a la señora DELIA ROSA ZAMUDIO PALACIOS, en reconocimiento a su labor en las reivindicaciones de los derechos laborales en nuestro país y su contribución en la promoción y protección de los derechos de las mujeres afroperuanas.
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución, en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIANA MILOSLAVICH TUPAC
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
2088668-1