Aprueban modificación del numeral 3.4 de las disposiciones sobre la Mesa de Partes Virtual de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

RESOLUCIÓN SBS N° 02281-2022

Lima, 20 de julio de 2022

La Superintendenta de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos

de Pensiones

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS N° 01401-2021, se aprobaron las disposiciones sobre la Mesa de Partes Virtual de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones;

Que, en el numeral 3.4 de la disposición 3, referida al “Acceso y uso”, se hace referencia al horario de recepción documental, estableciéndose que:

“3.4. Los usuarios podrán remitir documentos a través de la MPV en cualquier momento; sin embargo, se consideran presentados según los siguientes horarios:

a. Entre las 00:00 horas y las 16:30 horas de un día hábil, los documentos se consideran presentados el mismo día.

b. Después de las 16:30 horas hasta las 23:59 horas, los documentos se considerarán presentados el día hábil siguiente.

c. Los sábados, domingos, feriados o cualquier día no laborable, los documentos se consideran presentados al primer día hábil siguiente.”;

Que, la Ley N° 314651 modificó el numeral 117.1 del artículo 117 de la Ley N° 274442, estableciendo que el horario de atención de la mesa de partes digital de las entidades públicas es de veinticuatro (24) horas los siete (7) días de la semana;

Que, en atención a ello, corresponde a esta Superintendencia adecuar el horario de atención de su Mesa de Partes Virtual;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702;

RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar la modificación del numeral 3.4 de las disposiciones sobre la Mesa de Partes Virtual de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobadas mediante Resolución SBS N° 01401-2021, conforme al siguiente texto:

“3.4. La recepción de documentos a través de la Mesa de Partes Virtual se dará durante las veinticuatro (24) horas del día de los siete (7) días de la semana, entendiéndose estos presentados en la fecha que ingresan a ella”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA

Superintendenta de Banca, Seguros y AFP

1 Publicada el 04.05.2022.

2 Ley del Procedimiento Administrativo General, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.

2088334-1