Otorgan concesión eléctrica rural (CER) para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el “Proyecto Piloto para la implementación de una microrred aislada fotovoltaica para la mejora del servicio eléctrico a las familias de la comunidad de Copal Urco - Componente Generación”, a favor de la empresa ACCIONA.ORG PERÚ

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 105-2022-MINEM/DGE

Lima, 10 de junio de 2022

VISTO: El Expediente Nº 65400922, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión eléctrica rural (CER) para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el “Proyecto Piloto para la implementación de una microrred aislada fotovoltaica para la mejora del servicio eléctrico a las familias de la comunidad de Copal Urco - Componente Generación” (en adelante, el PROYECTO), presentada por la empresa ACCIONA.ORG PERÚ (en adelante, Acciona.org) y el Informe Nº 142-2022-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento de Registro Nº 3238199, de fecha 22 de diciembre de 2021, Acciona.org solicita la CER para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el PROYECTO, ubicado en el distrito de Napo, provincia de Maynas y Departamento de Loreto, lo que permitirá ampliar a 6 horas el abastecimiento de energía eléctrica en lugar de las 3 horas que actualmente atiende, beneficiando con la mejora del servicio de electricidad a 70 viviendas, y el suministro de energía eléctrica 24/7 a centros comunales, escuelas y posta médica de la localidad Copal Urco. Las coordenadas UTM WGS84 del PROYECTO, figuran en el Expediente;

Que, Acciona.org ha presentado copia de la Resolución Directoral Nº 120-2021-GRL/DREM-L, de fecha 03 de noviembre de 2021, mediante la cual la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Loreto aprueba la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) correspondiente al PROYECTO, así como el otorgamiento de Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER), aprobado mediante la Resolución Directoral Nº 0115-2021-MINEM/DGE, de fecha 20 de julio de 2021, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, y el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM, respectivamente;

Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, concordado con los artículos 48, 51, 52 y 53 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe Nº 142-2022-MINEM/DGE-DCE;

Estando a lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de Acciona.org, CER para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el PROYECTO, ubicado en el distrito de Napo, provincia de Maynas y Departamento de Loreto; lo que permitirá ampliar a 6 horas el abastecimiento de energía eléctrica en lugar de las 3 horas que actualmente atiende, beneficiando con la mejora del servicio de electricidad a 70 viviendas, y el suministro de energía eléctrica 24/7 a centros comunales, escuelas y posta médica de la localidad Copal Urco, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 2.- Aprobar las coordenadas UTM WGS84, que obran en el expediente y que delimitan el área donde se ubica el PROYECTO, según lo siguiente:

Vértice

ESTE

NORTE

1

634962.57

9740188.84

2

634905.45

9740228.31

3

634925.89

9740257.90

4

634983.01

9740218.43

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 154-2021 a suscribirse con Acciona.org, el que consta de 19 Cláusulas y 03 Anexos.

Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 155-2022 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM.

Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública que dé origen la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 155-2022, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Directoral a Acciona.org dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN AGUILAR MOLINA

Director General

Dirección General de Electricidad

2088317-1