LEY Nº 31518

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS

NACIONAL LA PRODUCCIÓN, EXPORTACIÓN

E INDUSTRIALIZACIÓN DE FRUTOS

DEL BOSQUE (BERRIES)

Artículo 1. Declaratoria de interés nacional

Declárase de interés nacional la formulación de políticas públicas focalizadas, a fin de fomentar, a nivel nacional, la producción, exportación e industrialización de los frutos del bosque (berries), con especial énfasis en aquellos de menor desarrollo y atención, tales como la fresa, la frambuesa, la mora y el aguaymanto.

Artículo 2. Competencias y coordinaciones

El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, el Ministerio de la Producción, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en coordinación con los gobiernos regionales involucrados, en el marco de sus funciones y competencias, realizan las coordinaciones y medidas necesarias para cumplir con el objeto de la presente ley.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil veintidós.

MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO

Presidenta del Congreso de la República

LADY MERCEDES CAMONES SORIANO

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil veintidós.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES

Presidente de la República

ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ

Presidente del Consejo de Ministros

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