LEY Nº 31518
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS
NACIONAL LA PRODUCCIÓN, EXPORTACIÓN
E INDUSTRIALIZACIÓN DE FRUTOS
DEL BOSQUE (BERRIES)
Artículo 1. Declaratoria de interés nacional
Declárase de interés nacional la formulación de políticas públicas focalizadas, a fin de fomentar, a nivel nacional, la producción, exportación e industrialización de los frutos del bosque (berries), con especial énfasis en aquellos de menor desarrollo y atención, tales como la fresa, la frambuesa, la mora y el aguaymanto.
Artículo 2. Competencias y coordinaciones
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, el Ministerio de la Producción, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en coordinación con los gobiernos regionales involucrados, en el marco de sus funciones y competencias, realizan las coordinaciones y medidas necesarias para cumplir con el objeto de la presente ley.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil veintidós.
MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO
Presidenta del Congreso de la República
LADY MERCEDES CAMONES SORIANO
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil veintidós.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ
Presidente del Consejo de Ministros
2087705-2