LEY Nº 31517
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA EL CULTIVO DEL YUTE (URENA LOBATA) PARA IMPULSAR LA ECONOMÍA LOCAL, REGIONAL Y NACIONAL
Artículo 1. Declaración de interés nacional y necesidad pública
Declárase de interés nacional y necesidad pública el cultivo del yute (Urena lobata) para la siembra, aprovechamiento sostenible, comercialización y su industrialización, a fin de impulsar la economía local, regional y nacional.
Artículo 2. Impulso de la siembra, aprovechamiento sostenible, comercialización e industrialización del cultivo del yute (Urena lobata)
Dispónese que el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en coordinación con los gobiernos regionales y locales, tome todas las acciones necesarias de acuerdo con sus competencias para impulsar la siembra, aprovechamiento sostenible, comercialización e industrialización del cultivo del yute (Urena lobata).
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil veintidós.
MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO
Presidenta del Congreso de la República
LADY MERCEDES CAMONES SORIANO
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil veintidós.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ
Presidente del Consejo de Ministros
2087705-1