LEY Nº 31517

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA EL CULTIVO DEL YUTE (URENA LOBATA) PARA IMPULSAR LA ECONOMÍA LOCAL, REGIONAL Y NACIONAL

Artículo 1. Declaración de interés nacional y necesidad pública

Declárase de interés nacional y necesidad pública el cultivo del yute (Urena lobata) para la siembra, aprovechamiento sostenible, comercialización y su industrialización, a fin de impulsar la economía local, regional y nacional.

Artículo 2. Impulso de la siembra, aprovechamiento sostenible, comercialización e industrialización del cultivo del yute (Urena lobata)

Dispónese que el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en coordinación con los gobiernos regionales y locales, tome todas las acciones necesarias de acuerdo con sus competencias para impulsar la siembra, aprovechamiento sostenible, comercialización e industrialización del cultivo del yute (Urena lobata).

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil veintidós.

MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO

Presidenta del Congreso de la República

LADY MERCEDES CAMONES SORIANO

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil veintidós.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES

Presidente de la República

ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ

Presidente del Consejo de Ministros

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