Aprueban exclusión de doce Fichas de Homologación de la “Relación de Fichas de Homologación vigentes”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 259-2022-MINEM/DM

Lima, 15 de julio de 2022

VISTOS: El Informe Nº 002-2022-MINEM/DGEE-JWCCH-LEDD y el Memorando Nº 00214-2022/MINEM-DGEE de la Dirección General de Eficiencia Energética; el Memorando Nº 00348-2022/MINEM-VME del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe Nº 638-2022-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27345, Ley de Promoción del Uso Eficiente de la Energía, declara de interés nacional la promoción del Uso Eficiente de la Energía para asegurar el suministro de energía, proteger al consumidor, fomentar la competitividad de la economía nacional y reducir el impacto ambiental negativo del uso y consumo de los energéticos; asimismo, el artículo 2 de la referida Ley, señala que el Ministerio de Energía y Minas es la autoridad competente del Estado para la promoción del uso eficiente de la energía;

Que, el literal b) del numeral 6.3 del artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 27345, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2007-EM y su modificatoria, señala que las entidades del Sector Público utilizarán, para fines de iluminación y otros usos, equipos eficientes que cumplan con las características técnicas determinadas por el Ministerio de Energía y Minas;

Que, el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 004-2016-EM, Decreto Supremo que aprueba medidas para el uso eficiente de la energía, establece que las entidades y/o empresas públicas en la medida que requieran adquirir o reemplazar equipos energéticos, deben ser reemplazados o sustituidos por la tecnología más eficiente que exista en el mercado al momento de su compra; para tal efecto, el Ministerio de Energía y Minas, mediante Resolución Ministerial, establece los lineamientos y/o especificaciones técnicas de las tecnologías más eficientes de equipos energéticos previo procedimiento de homologación previsto en la Ley de Contrataciones del Estado;

Que, asimismo, el numeral 1.2 del artículo 1 del precitado Decreto Supremo señala que, los equipos energéticos, que se encuentran dentro del alcance de lo antes establecido, son los siguientes: lámparas, balastos para lámparas fluorescentes, aparatos de refrigeración, calderas, motores eléctricos trifásicos asíncronos o de inducción con rotor de jaula de ardilla, lavadoras, secadoras de tambor de uso doméstico, aparatos de aire acondicionado y calentadores de agua;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS;

Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y sus modificatorias, señala que, mediante la homologación, los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERÚ COMPRAS;

Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del citado Reglamento, establece que la aprobación, la modificación y la exclusión de la ficha de homologación se efectúan mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca PERÚ COMPRAS; dichos actos cuentan con la opinión favorable de PERÚ COMPRAS y se publican en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS denominada “Proceso de Homologación de Requerimientos”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERÚ COMPRAS, en adelante, la Directiva, señala en su numeral 7.5 que, la Ficha de Homologación es el documento estándar mediante el cual los ministerios uniformizan sus requerimientos, estableciendo las características técnicas especificadas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, dentro el ámbito de sus competencias;

Que, por su parte, el numeral 8.16.1 de la Directiva, dispone que, la exclusión de la Ficha de Homologación de la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” publicada en el portal institucional de PERÚ COMPRAS se realizará a solicitud del Ministerio que la aprobó; asimismo, en su numeral 8.16.2, establece que la aprobación de la exclusión de la Ficha de Homologación deberá realizarse mediante Resolución Ministerial, una vez que cuente con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS, respecto de la viabilidad de la exclusión;

Que, conforme a los literales a), b) y n) del artículo 89 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias, la Dirección General de Eficiencia Energética tiene por funciones proponer la política del sector energético en concordancia con las políticas de desarrollo nacional; proponer la política de eficiencia energética, que incluya las medidas promocionales y regulatorias que sean necesarias en relación a la producción, transporte, transformación, distribución, comercialización de los recursos energéticos y el consumo en los sectores residencial, productivo, servicios, público y transporte; así como de las energías renovables; y, conducir, promover y/o ejecutar las actividades encargadas al Ministerio de Energía y Minas mediante la Ley de Promoción del Uso Eficiente de la Energía y su Reglamento, en el ámbito de su competencia;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 152-2017-MEM/DM publicado en el Diario Oficial El Peruano el 27 de abril de 2017, se aprobó doce (12) fichas de homologación para luminarias LED, y con Resolución Ministerial Nº 494-2017-MEM/DM publicado en el Diario Oficial El Peruano el 1 de diciembre de 2017, se aprobó seis (06) fichas de homologación para equipos de iluminación (paneles LED), cuyas características se detallaron en sus anexos adjuntos;

Que, con Oficio Nº 038-2022-MINEM/DGEE de fecha 21 de marzo de 2022, la Dirección General de Eficiencia Energética solicitó a PERÚ COMPRAS la exclusión de doce (12) Fichas de Homologación de la “Relación de Fichas de Homologación vigentes”, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8.16.1 de la Directiva;

Que, a través del Oficio Nº 000237-2022-PERÚ COMPRAS-JEFATURA de fecha 11 de mayo de 2022, PERÚ COMPRAS remite el Informe Nº 000079-2022-PERU COMPRAS-DES, mediante el cual la Dirección de Estandarización y Sistematización emite opinión favorable respecto de la exclusión de doce (12) Fichas de Homologación de la “Relación de Fichas de Homologación vigentes”;

Que, estando a las opiniones favorables de la Dirección General de Eficiencia Energética a través de su Informe Nº 002-2022-MINEM/DGEE-JWCCH-LEDD y de la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 638-2022-MINEM/OGAJ, resulta procedente aprobar la exclusión de doce (12) Fichas de Homologación de la “Relación de Fichas de Homologación vigentes”;

Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27345, Ley de Promoción del Uso Eficiente de la Energía; el Decreto Supremo Nº 004-2016-EM, Decreto Supremo que aprueba medidas para el uso eficiente de la energía; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus modificatorias; y, la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS denominada “Proceso de Homologación de Requerimientos”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERÚ COMPRAS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Exclusión de Fichas de Homologación

Aprobar la exclusión de doce (12) Fichas de Homologación de la “Relación de Fichas de Homologación vigentes”, conforme se indica a continuación:

CUBSO

Fichas de Homologación aprobadas

Resolución Ministerial de aprobación

Descripción

Dimensiones

1

39111544- 00360997

LUMINARIA LED RECTANGULAR DE 17 W 1700 lm 6500 K

PANEL LED 60X30 cm

RM Nº 152-2017-MEM/DM

2

39111544 00360998-

LUMINARIA LED RECTANGULAR DE 17 W 1700 lm 4000 - 4500 K

PANEL LED 60X30 cm

RM Nº 152-2017-MEM/DM

3

39111544-00360999

LUMINARIA LED RECTANGULAR DE 17 W 1700 lm 2700 - 3000 K

PANEL LED 60X30 cm

RM Nº 152-2017-MEM/DM

4

39111544-00365272

LUMINARIA LED RECTANGULAR DE 20 W 2000 lm 6500 K

PANEL LED 60X30 cm

RM Nº 494-2017-MEM/DM

5

39111544-00365273

LUMINARIA LED RECTANGULAR DE 20 W 2000 lm 4000 - 4500 K

PANEL LED 60X30 cm

RM Nº 494-2017-MEM/DM

6

39111544-00365274

LUMINARIA LED RECTANGULAR DE 20 W 2000 lm 2700 - 3000 K

PANEL LED 60X30 cm

RM Nº 494-2017-MEM/DM

7

39111544-00365269

LUMINARIA LED CUADRADA DE 40 W 4000 lm 6500 K

PANEL LED 60X60 cm

RM Nº 494-2017-MEM/DM

8

39111544-00365270

LUMINARIA LED CUADRADA DE 40 W 4000 lm 4000 - 4500 K

PANEL LED 60X60 cm

RM Nº 494-2017-MEM/DM

9

39111544-00365271

LUMINARIA LED CUADRADA DE 40 W 4000 lm 2700 - 3000 K

PANEL LED 60X60 cm

RM Nº 494-2017-MEM/DM

10

39111544-00361000

LUMINARIA LED RECTANGULAR DE 68 W 6800 lm 6500 K

PANEL LED 120X60 cm

RM Nº 152-2017-MEM/DM

11

39111544-00361001

LUMINARIA LED RECTANGULAR DE 68 W 6800 lm 4000 - 4500 K

PANEL LED 120X60 cm

RM Nº 152-2017-MEM/DM

12

39111544-00361002

LUMINARIA LED RECTANGULAR DE 68 W 6800 lm 2700 - 3000 K

PANEL LED 120X60 cm

RM Nº 152-2017-MEM/DM

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 3.- Comunicación a Perú Compras

Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección de Estandarización y Sistematización de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8.16.2 de la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS, denominada “Proceso de Homologación de Requerimientos”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERÚ COMPRAS.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALESSANDRA G. HERRERA JARA

Ministra de Energía y Minas

2087537-1