Autorizan Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. - EPS GRAU S.A., para financiar la continuidad de la supervisión de la obra del proyecto con CUI N° 2274607: “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento del distrito de Bernal, provincia de Sechura - Piura”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 192-2022-VIVIENDA

Lima, 14 de julio de 2022

VISTOS:

El Memorando N° 1147-2022/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0 del Programa Nacional de Saneamiento Urbano; el Memorándum N° 836-2022-VIVIENDA/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 435-2022-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, mediante la Resolución Ministerial N° 395-2021-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 031 890 339,00 (TRES MIL TREINTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), por toda fuente de financiamiento;

Que, el literal d) del numeral 16.1 del artículo 16, de la Ley N° 31365, autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal, al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a realizar transferencias financieras, entre otras, para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS), las mismas que, según el numeral 16.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego que será publicada en el diario oficial El Peruano; asimismo, el numeral 16.3 dispone que la entidad pública que transfiere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos;

Que, a través del Memorando N° 1147-2022/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, el Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU), sustentado en el Informe N° 239-2022/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2 y el Informe N° 070-2022/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UAL-mbejarano de su Unidad de Asesoría Legal, el Memorando N° 271-2022-VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.1 y el Informe N° 405-2022-VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.1.2 de su Unidad de Planeamiento y Presupuesto, los Memorandos N° 490 y 503-2022-VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.2 y el Informe N° 711-2022-VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.2.1 de su Unidad de Gestión Territorial, solicita gestionar las transferencias financieras a favor la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. (EPS GRAU S.A.) hasta por la suma de S/ 2 789 307,00 (DOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SIETE Y 00/100 SOLES), para financiar la continuidad de la supervisión de la obra del proyecto con CUI N° 2274607: “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento del distrito de Bernal, provincia de Sechura - Piura”; y, a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Nor Puno S.A. (EPS NOR PUNO S.A.) hasta por la suma de S/ 2 996 224,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES), para financiar la continuidad de la supervisión del saldo de obra del proyecto con CUI N° 2128422: “Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de la localidad de Huancané”, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;

Que, con el Memorándum N° 836-2022-VIVIENDA/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento remite el Informe N° 296-2022-VIVIENDA/OGPP-OP de su Oficina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma total de S/ 5 785 531,00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS GRAU S.A. y la EPS NOR PUNO S.A., con la finalidad de financiar la continuidad de la supervisión de obra de los proyectos con CUI N° 2274607 y N° 2128422, respectivamente;

Que, mediante el Informe N° 435-2022-VIVIENDA/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto por el literal d) del numeral 16.1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, resulta legalmente viable se expida la Resolución Ministerial que autorice las transferencias financieras a favor de la EPS GRAU S.A. y la EPS NOR PUNO S.A.;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar las transferencias financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma total de S/ 5 785 531,00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS GRAU S.A. y la EPS NOR PUNO S.A., para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la EPS GRAU S.A.

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 2 789 307,00 (DOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SIETE Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. - EPS GRAU S.A., para financiar la continuidad de la supervisión de la obra del proyecto con CUI N° 2274607: “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento del distrito de Bernal, provincia de Sechura - Piura”.

Artículo 2.- Transferencia Financiera a favor de la EPS NOR PUNO S.A.

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 2 996 224,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Nor Puno S.A. - EPS NOR PUNO S.A., para financiar la continuidad de la supervisión del saldo de obra del proyecto con CUI N° 2128422: “Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de la localidad de Huancané”.

Artículo 3.- Financiamiento

Las Transferencias Financieras autorizadas por la presente Resolución Ministerial, se realizan con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2022 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital y Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias.

Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de las Transferencias Financieras autorizadas por la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Monitoreo

El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se transfieren los recursos, en el marco de los dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022.

Artículo 6.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GEINER ALVARADO LÓPEZ

Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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