Aprueban el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Organigrama de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa

Universidad Nacional de

San Agustín de Arequipa

RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO

Nº 0306-2022

Arequipa, 5 de julio de 2022.

VISTOS: El Oficio Nº 513-2022-OUPL-UNSA, de la Oficina Universitaria de Planeamiento, mediante el cual remite la propuesta del nuevo Reglamento de Organización y Funciones-ROF y Organigrama de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa y el Oficio Nº 194-2022-ODO-DIGA, de la Oficina de Desarrollo Organizacional de la Dirección General de Administración.

CONSIDERANDO:

Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria se rige por su respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural.

Que, el Estado reconoce la autonomía universitaria, la misma que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, en la Ley Universitaria Nº 30220 y en la demás normativa vigente.

Que, según el artículo 8º de la misma Ley Universitaria, concordante con el artículo 8º incisos 1 y 2 del Estatuto Universitario, referente a la autonomía universitaria, establece que dicha autonomía se manifiesta entre otros: “8.1 Normativo, que implica la potestad autodeterminativa para la creación de normas internas, estatuto y reglamentos destinados a regular la institución universitaria”; y 8.2 De Gobierno, que implica la potestad autodeterminativa para estructurar, organizar y conducir la institución universitaria con atención a su naturaleza, característica y necesidades. Es formalmente dependiente del régimen normativo (…)”.

Que, asimismo, el artículo 6º del Estatuto Universitario, referente a los fines de la Universidad, señala que: “Son funciones de la Universidad 6.8. Establecer un sistema de gestión administrativa eficiente (…)”.

Que, de otro lado, conforme al artículo 59º de la citada Ley Universitaria Nº 30220, concordante con el artículo 151.1 del artículo 151º del Estatuto Universitario, “El Consejo Universitario tiene entre sus funciones, la de 59.1 Aprobar a propuesta del Rector, los instrumentos de planeamiento de la Universidad (…)”.

Que, mediante Oficio Nº 339-2022-R de fecha 26 de mayo de 2022, emitido por la autoridad rectoral, se solicitó al Director General de la Dirección General de Educación Superior Universitaria – DIGESU la revisión e informe de opinión técnica previa de la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones - ROF y Organigrama de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, contenido en el Oficio Nº 513-2022-OUPL-UNSA.

Que, por Oficio Nº 00636-2022-MINEDU/VMGP-DIGESU de fecha 01 de junio de 2022, emitido por Director General Dirección General de Educación Superior Universitaria se hace llegar el Informe Nº 077-2022-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, mediante el cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, concluye que la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa cumple con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU y recomienda remitir dicho informe a la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa para que prosiga con el trámite respectivo.

Que, asimismo, mediante Oficio Nº 371-2022-R de fecha del 06 de junio del 2022, emitido por la autoridad rectoral, se solicitó al Jefe de la Oficina Universitaria de Asesoría Legal, la emisión del Informe Legal, sobre la validación de las funciones del referido ROF; cumpliendo dicha Oficina con expedir el Informe Legal Nº 677-2022-OUAL/V-UNSA de fecha 08 de junio de 2022, mediante el cual concluye lo siguiente: “(…) es de la opinión que legalmente resulta Procedente el Validar la legalidad de las Funciones Sustantivas asignadas a las Unidades de Organización de la Entidad, y a la no duplicidad de las Funciones, y que por lo tanto puede continuarse con el trámite correspondiente, a fin de que el Titular del Pliego emita la Resolución respectiva que Apruebe el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la UNSA, el que está compuesto por II Títulos, XI Capítulos, 166 Artículos y un Organigrama, en la forma de Ley, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria No: 30220, el Estatuto Universitario vigente, y la parte analítica de este mismo Informe Legal (…)”.

Que, revisada la propuesta del nuevo proyecto ROF, Organigrama e Informe Técnico sustentatorio elaborados por la Oficina Universitaria de Planeamiento según consta en el Oficio Nº 513-2022-OUPL-UNSA, se ha cumplido con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM “Lineamientos de Organización del Estado”, sus modificatorias aprobadas mediante Decretos Supremos Nº 131-2018-PCM, 064 y 097-2021-PCM, Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU “Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas”, Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 00010-2021-PCM/SGP que aprueba la Directiva Nº 002-2021-SGP “Regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado”, verificando la aplicación de los principios de: servicio a la ciudadanía, eficacia, eficiencia, especialidad, jerarquía y legalidad, así como de las reglas de: distribución de competencias y funciones, determinación de funciones, separación de funciones, coherencia entre asignación de competencias y rendición de cuentas, no duplicidad, racionalidad, coordinación y simplicidad; y, los criterios de análisis para el diseño organizacional.

Que, mediante Oficio Nº 194-2022-ODO-DIGA, de la Oficina de Desarrollo Organizacional - ODO, se informa que el expediente del proyecto del Reglamento de Organización y Funciones - ROF y Organigrama de la UNSA, se encuentran expeditos para su aprobación por Consejo Universitario; y que dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 50 del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, dicho expediente está conformado por: a) Proyecto de dispositivo legal aprobatorio del ROF (Resolución de Consejo Universitario). b) Proyecto de ROF. c) Exposición de motivos. d) Informe técnico y sus anexos. e) Informe legal elaborado por la Oficina Universitaria de Asesoría Legal que valida la legalidad de las funciones asignadas a las unidades de organización de la entidad.

Que, por todo lo expuesto, el Consejo Universitario en su Sesión del 28 de junio de 2022, acordó: 1) Aprobar el nuevo REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, el mismo que comprende II Títulos, XI Capítulos y 166 artículos, y que forma parte integrante de la presente resolución.; 2) Aprobar el ORGANIGRAMA de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, que forma parte integrante de la presente resolución; 3) Derogar el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y Organigrama General de la UNSA aprobado mediante Resolución de Consejo Universitario Nº 1156-2016 de fecha 28 de diciembre de 2016; así como, todo dispositivo y norma interna que se le oponga; 4) Disponer que el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF y ORGANIGRAMA de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, entran en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación; 5) Disponer que el Rector, Vicerrectores Académico y de Investigación, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, Directores de Escuelas Profesionales, Directores de Departamentos Académicos, Director General de Administración, Jefes de Oficinas y demás autoridades de unidades de organización de la UNSA, efectúen la adecuación de las disposiciones contenidas en el Reglamento adjunto, en un plazo no mayor a cuarenta y cinco (45) días hábiles, a partir de la vigencia del presente Reglamento; 6) Encargar a la Dirección General de Administración, la publicación de la presente resolución, del Reglamento de Organización y Funciones - ROF y del Organigrama de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, en el diario oficial “El Peruano”; 7) Encargar al Jefe de la Oficina Universitaria de Imagen Institucional, en coordinación con el Jefe de la Oficina Universitaria de Informática y Sistemas, la publicación de la presente resolución, del Reglamento de Organización y Funciones - ROF y del Organigrama de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, en el portal de Transparencia y en la página web de la UNSA; 8) Remitir a la Dirección General de Educación Superior Universitaria - DIGESU, el Reglamento de Organización y Funciones y sus Informes Técnicos sustentatorios en un plazo máximo de quince (15) días hábiles de aprobados; 9) Notificar la presente Resolución a todas las instancias y dependencias académicas y administrativas de la UNSA para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.

Por estas consideraciones, estando a lo acordado por el referido Consejo Universitario, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, al Consejo Universitario.

SE RESUELVE:

Primero: APROBAR el nuevo REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, el mismo que comprende II Títulos, XI Capítulos y 166 artículos, y que forma parte integrante de la presente resolución.

Segundo: APROBAR el ORGANIGRAMA de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, que forma parte integrante de la presente resolución.

Tercero: DEROGAR el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y Organigrama General de la UNSA, aprobado mediante Resolución de Consejo Universitario Nº 1156-2016 del 28 de diciembre de 2016; así como todo dispositivo y norma interna que se le oponga.

Cuarto: DISPONER que el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF y ORGANIGRAMA de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, entran en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación.

Quinto: DISPONER que el Rector, Vicerrector Académico, Vicerrector de Investigación, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, Directores de Escuelas Profesionales, Directores de Departamentos Académicos, Director General de Administración, Jefes de Oficinas y demás autoridades de unidades de organización de la UNSA, efectúen la adecuación de las disposiciones contenidas en el Reglamento adjunto, en un plazo no mayor a cuarenta y cinco (45) días hábiles, a partir de la vigencia del presente Reglamento.

Sexto: ENCARGAR a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución, del Reglamento de Organización y Funciones - ROF y del Organigrama de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, en el diario oficial “El Peruano”.

Séptimo: ENCARGAR al Jefe de la Oficina Universitaria de Imagen Institucional, en coordinación con el Jefe de la Oficina Universitaria de Informática y Sistemas, la publicación de la presente resolución, del Reglamento de Organización y Funciones - ROF y del Organigrama de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, en el portal de Transparencia y en la página web de la UNSA.

Octavo: REMITIR a la Dirección General de Educación Superior Universitaria - DIGESU, el Reglamento de Organización y Funciones y sus Informes Técnicos sustentatorios en un plazo máximo de quince (15) días hábiles de aprobados.

Noveno: DISPONER la notificación de la presente Resolución a todas las instancias y dependencias académicas y administrativas de la UNSA, para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y archívese.

HUGO JOSE ROJAS FLORES

Rector

RUTH MARITZA CHIRINOS LAZO

Secretaria General

2086653-1