Conforman la “Mesa Ejecutiva para la implementación de la reforma de la Industria Nacional a través del Fortalecimiento de la Industria Naval en el Perú”
Resolución Ministerial
Nº 170-2022-EF/10
Lima, 13 de julio del 2022
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el artículo 2 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41, este Ministerio tiene, entre otras, competencias en materias de carácter económico, financiero, fiscal, inversión pública y privada, presupuesto público, endeudamiento público, tributario, aduanero, arancelario; así como competencias para armonizar la actividad económica y financiera nacional orientadas a promover su competitividad, la mejora continua de la productividad y el funcionamiento eficiente de los mercados; y las demás que se le asignen por Ley;
Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2019-EF, se conforma el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas en el Ministerio de Economía y Finanzas y se establecen disposiciones para el funcionamiento de las Mesas Ejecutivas;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto Supremo establece que las Mesas Ejecutivas facilitan la coordinación público – pública y público – privada con el objeto de impulsar y promover la mejora y el desarrollo de diversos sectores productivos o transversales a fin de mejorar la productividad del país, así como para mejorar el funcionamiento del Estado en áreas prioritarias, en concordancia con la Política Nacional de Competitividad y Productividad;
Que, asimismo, el numeral 2.3 del referido artículo 2 dispone que las Mesas Ejecutivas se conforman mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, conforme a lo establecido en el literal e) del numeral 3.2 del artículo 3 del aludido Decreto Supremo, el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas del Ministerio de Economía y Finanzas ejerce la Secretaría Técnica de las Mesas Ejecutivas;
Que, actualmente más del 90% del comercio mundial se realiza por mar, calculándose que alrededor de 100 000 buques mercantes transportan bienes y recursos hacia los principales puertos del mundo; en consecuencia, los grandes y acelerados cambios en la producción de bienes y servicios, así como de tecnología, requieren desarrollar una industria que esté a la par con esta nueva forma de intercambio comercial en donde la industria naval tiene un rol fundamental;
Que, la industria naval es una actividad estratégica que contribuye de manera directa e indirecta en el crecimiento, desarrollo sostenible y competitividad en la industria, impulsando la producción nacional con valor agregado, generando competitividad y puestos de trabajo;
Que, en esa línea, se considera oportuna la integración de los sectores público y privado, que conllevará a generar no solo la mejora en la competitividad naval sino también a fomentar una sinergia directa a la industria nacional, que fortalecerá factores económicos que aseguren la sostenibilidad en el crecimiento de la economía peruana;
Que, en consecuencia, conforme a las coordinaciones efectuadas con el Ministerio de Defensa y la Marina de Guerra del Perú, resulta necesario conformar la “Mesa Ejecutiva para la implementación de la reforma de la Industria Nacional a través del Fortalecimiento de la Industria Naval en el Perú”, con la finalidad de fortalecer los motores de la economía, articular esfuerzos y contribuir al desarrollo del país; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 008-2019-EF, Conforman el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas y establecen disposiciones para el funcionamiento de Mesas Ejecutivas; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Objeto
Conformar la “Mesa Ejecutiva para la implementación de la reforma de la Industria Nacional a través del Fortalecimiento de la Industria Naval en el Perú”, que tiene como objeto abordar, identificar, promover y proponer acciones que impulsen la industria naval, el financiamiento de la educación superior técnica, planes nacionales, así como las acciones que beneficien e incentiven concretamente a quienes tengan un interés en las inversiones del sector industrial naval, así como permitir que se facilite y favorezca la productividad y competitividad de dicho sector, a fin de contribuir con el crecimiento económico.
Artículo 2. Conformación
La “Mesa Ejecutiva para la implementación de la reforma de la Industria Nacional a través del Fortalecimiento de la Industria Naval en el Perú”, de naturaleza temporal, está conformada por:
a) El Ministerio de Economía y Finanzas
b) El Ministerio de Defensa
c) El Ministerio de la Producción
d) El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
e) El Ministerio de Energía y Minas
f) El Ministerio de Relaciones Exteriores
g) El Ministerio de Transportes y Comunicaciones
h) El Ministerio del Ambiente
i) El Ministerio de Educación.
j) La Marina de Guerra del Perú
k) El Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE
l) La Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN
m) El Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN
n) La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU
o) Servicios Industriales de la Marina -SIMA PERU
p) La Sociedad Nacional de Industrias - SNI
q) La Asociación de Exportadores - ADEX
r) La Cámara de Comercio de Lima
s) La Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP
t) El Colegio de Ingenieros del Perú
Asimismo, la citada Mesa Ejecutiva estará conformada por representantes de entidades del sector privado, los que podrán ser convocados a las sesiones para abordar temas específicos de acuerdo a la naturaleza de los mismos.
Artículo 3. Designación de los representantes
Las entidades públicas y privadas que conforman la “Mesa Ejecutiva para la implementación de la reforma de la Industria Nacional a través del Fortalecimiento de la Industria Naval en el Perú”, acreditan a sus representantes, ante la Secretaría Técnica, en un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4. Compromiso y participación
Los integrantes de la “Mesa Ejecutiva para la implementación de la reforma de la Industria Nacional a través del Fortalecimiento de la Industria Naval en el Perú”, ejercen el cargo ad honorem y deben cumplir y contribuir de manera sostenible y responsable con la identificación de los problemas, dificultades y barreras, así como en la elaboración de las propuestas de solución que se requieran, entre otros aspectos, con la finalidad de favorecer el desarrollo y la competitividad de la industria naval, en aras del interés público.
Artículo 5. Secretaría Técnica
La Secretaría Técnica de la “Mesa Ejecutiva para la implementación de la reforma de la Industria Nacional a través del Fortalecimiento de la Industria Naval en el Perú” está a cargo del Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismo que se encarga de dirigir el funcionamiento y operación de la Mesa Ejecutiva.
Artículo 6. Colaboración de profesionales
La “Mesa Ejecutiva para la implementación de la reforma de la Industria Nacional a través del Fortalecimiento de la Industria Naval en el Perú” cuenta con la colaboración de profesionales con experiencia o especialistas en temas de gestión e implementación de políticas públicas, y las demás materias que se aborden en el desarrollo de sus sesiones.
Artículo 7. Participación de invitados
La “Mesa Ejecutiva para la implementación de la reforma de la Industria Nacional a través del Fortalecimiento de la Industria Naval en el Perú”, puede invitar a participar de las reuniones o sesiones de la misma, a otros representantes o especialistas de entidades del sector público o privado, cuando se considere conveniente para abordar temas concretos o específicos.
Artículo 8. Financiamiento
La aplicación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades e instituciones involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 9. Instalación
La “Mesa Ejecutiva para la implementación de la reforma de la Industria Nacional a través del Fortalecimiento de la Industria Naval en el Perú”, se instala en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 10. Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, así como en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI
Ministro de Economía y Finanzas
2086219-1