Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030
DECRETO SUPREMO
Nº 007-2022-MC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 8 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a la libertad de creación intelectual, artística, técnica y científica, así como, a la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto. El Estado propicia el acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusión;
Que, el numeral 1 del artículo 4 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que es competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, diseñar y supervisar las políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado, en todos los niveles de gobierno; señalando que las políticas nacionales definen los objetivos prioritarios, los lineamientos, los contenidos principales de las políticas públicas, los estándares nacionales de cumplimiento y la provisión de servicios que deben ser alcanzados y supervisados para asegurar el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas;
Que, conforme al numeral 22.2 del artículo 22 de la citada Ley, los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan las políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas; asimismo, de acuerdo con los literales a) y e) del numeral 23.1 del artículo 23 de dicha norma, son funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como, realizar seguimiento respecto al desempeño y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, y adoptar las medidas correspondientes;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 164-2021-PCM, se aprueba la Política General de Gobierno para el período 2021 – 2026 que contiene al conjunto de políticas priorizadas que se desarrollan a través de políticas nacionales durante un período de Gobierno para alcanzar el desarrollo del país;
Que, de acuerdo con el literal c) del artículo 4 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, dicho Sector tiene entre sus áreas programáticas de acción, la gestión cultural e industrias culturales, sobre la cual ejerce sus competencias, funciones y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; asimismo, el literal a) del artículo 5 de la citada Ley, establece como una de las competencias exclusivas del Ministerio de Cultura, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, la formulación, planeación, dirección, coordinación, ejecución, supervisión, evaluación y fiscalización de las políticas nacionales y sectoriales del Estado en materia de cultura, aplicables y de cumplimiento en todos los niveles de gobierno y por todas las entidades del sector cultura;
Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro, establece que el Estado garantiza el derecho a la lectura, el acceso al libro y a los productos editoriales afines, así como, a la creación artística, literaria o científica, mediante políticas públicas de naturaleza multisectorial en forma coordinada entre todos los niveles de gobierno, a través de la Política Nacional de Fomento de la Lectura y las Bibliotecas; asimismo, el numeral 4.2 del artículo 4 de la citada Ley señala que el Ministerio de Cultura es el ente rector del fomento a la lectura, del acceso al libro y de los productos editoriales afines, siendo responsable de coordinar con los sectores y organismos involucrados del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y locales, la Biblioteca Nacional del Perú y demás entidades públicas, el desarrollo e implementación de acciones que se generen a partir de dicha Ley;
Que, la Tercera Política de Estado del Acuerdo Nacional, denominada “Afirmación de la identidad nacional”, establece que, el Estado peruano se compromete a consolidar una nación integrada, respetuosa de sus valores, de su patrimonio milenario y de su diversidad étnica y cultural, vinculada con el mundo y proyectada hacia el futuro;
Que, el numeral 2.7.1 del Eje 2, “Reactivación económica y de actividades productivas con desarrollo agrario y rural” de la Política General de Gobierno para el período 2021 – 2026, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 164-2021-PCM, establece el firme propósito del Gobierno de “Fortalecer el ecosistema de las artes e industrias culturales y creativas en el país, mediante una oferta diversa y sostenible de bienes y servicios culturales, así como de la participación cultural de la población en el aprovechamiento sostenible y puesta en valor del patrimonio cultural, material e inmaterial del país”;
Que, en el numeral 8.1 del artículo 8 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, se establece que las políticas nacionales constituyen decisiones de política a través de las cuales se prioriza un conjunto de objetivos y acciones para resolver un determinado problema público de alcance nacional y sectorial o multisectorial en un periodo de tiempo; asimismo, el numeral 7.5 del artículo 7 del citado Reglamento, establece que los ministerios competentes proponen la aprobación o actualización de las políticas nacionales que conforman la Política General de Gobierno bajo su competencia, conforme a la estructura contenida en su Anexo 1;
Que, los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2021-MC, establecen que el Ministerio de Cultura diseña, formula y coordina la “Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas”, la cual considera, entre sus objetivos y lineamientos, los enfoques transversales de ciclo de vida, territorial, por resultados, diferencial, de género, intercultural y de derechos; asimismo, se dispone que el diseño y formulación de la referida Política se realiza en coordinación con la Biblioteca Nacional del Perú, en el ámbito de sus competencias, y con las distintas instancias y entidades nacionales, regionales y locales, así como, con la participación articulada de las organizaciones de la sociedad civil, gremios y colegios profesionales cuyas funciones tengan impacto en el ecosistema de la lectura y el libro, de acuerdo al numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro;
Que, en ese sentido resulta necesario aprobar, bajo los alcances de la normatividad antes citada, la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030, la cual cuenta con tres objetivos prioritarios: “OP 1) Incrementar el hábito de la lectura de la población peruana; OP 2) Asegurar las condiciones de acceso de la población a espacios y materiales de lectura; y OP 3) Alcanzar el desarrollo sostenible de la producción y circulación bibliodiversa en beneficio de los actores de la cadena de valor del libro”;
Que, en el marco de lo dispuesto en el numeral 10.2 del artículo 10 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030, fue objeto de consulta al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, el cual, mediante los Oficios Nº D000277-2022-CEPLAN-DNCP y Nº D000487-2022-CEPLAN-DNCP, remitió los Informes Técnicos Nº D000003-2022-CEPLAN-DNCPPN y Nº D000008-2022-CEPLAN-DNCPPN, respectivamente, conteniendo opinión técnica favorable sobre el particular;
De conformidad con lo dispuesto en los numerales 3 y 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; la Ley Nº 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2021-MC; el Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales y sus modificatorias; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030
Apruébase la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030, que como anexo forma parte integrante del presente decreto supremo.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación
2.1. La Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030 es de cumplimiento obligatorio para los sectores Cultura y Educación, en el marco de sus competencias, y para las personas jurídicas bajo régimen privado referidas en el numeral 8 del artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, de acuerdo con el marco normativo vigente.
2.2. Para las entidades distintas a las señaladas en el numeral precedente, la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030 sirve como un instrumento de carácter orientador en las decisiones relacionadas con los objetivos planteados en la Política o en materia de fomento a la lectura, del acceso al libro y de los productos editoriales afines.
2.3. Las entidades de la Administración Pública de todos los niveles de gobierno, en el marco de sus competencias, asumen sus roles, obligaciones y responsabilidades de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM y sus modificatorias.
Artículo 3.- Conducción de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030
La conducción de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030, está a cargo del Ministerio de Cultura.
Artículo 4.- Implementación de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030
4.1. El Ministerio de Cultura, como conductor de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030, dirige, coordina y articula con todas las entidades responsables la implementación de los servicios identificados y otras intervenciones que contribuyen al cumplimiento de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030.
4.2. Las entidades del Estado responsables de los objetivos prioritarios, lineamientos y servicios de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030, conforme a su rectoría en el ámbito sectorial, están a cargo de la implementación y ejecución de la misma, según sus funciones y competencias, a través de los diferentes planes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN.
Artículo 5.- Seguimiento y evaluación
5.1. El Ministerio de Cultura realiza el seguimiento y evaluación de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030.
5.2. Las entidades de la Administración Pública que son responsables del cumplimiento de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030, son responsables de brindar oportunamente la información que se les solicite en el marco del proceso de seguimiento y evaluación, que se realizará de conformidad con las pautas metodológicas que establece el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN en materia de seguimiento y evaluación de políticas nacionales.
Artículo 6.- Financiamiento
La implementación de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030 se efectúa progresivamente con cargo al Presupuesto Institucional de las entidades involucradas, de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria, y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 7.- Publicación
El presente decreto supremo y su anexo se publican en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales de los Ministerios cuyos titulares lo refrendan, el mismo día de la publicación de la presente norma y el Resumen Ejecutivo de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030, en el diario oficial “El Peruano”.
Artículo 8.- Refrendo
El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Cultura y el Ministro de Educación.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES
Primera.- Vigencia de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030
La Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030 tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030.
Segunda.- Aprobación de normas complementarias para la implementación de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030
El Ministerio de Cultura aprueba las normas complementarias que se requieran para la implementación de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030, aprobada por el artículo 1 del presente Decreto Supremo, dentro de los sesenta días hábiles contados a partir de la vigencia de la presente norma.
Tercera.- Adecuación de instrumentos de planeamiento estratégico
Las entidades involucradas en la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030 adecúan progresivamente sus instrumentos de planeamiento estratégico a lo establecido en dicha política nacional, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.4 del artículo 11 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM y modificatorias.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de julio del año dos mil veintidós.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN
Ministro de Educación
ALEJANDRO SALAS ZEGARRA
Ministro de Cultura
POLÍTICA NACIONAL
DE LA LECTURA, EL LIBRO
Y LAS BIBLIOTECAS AL 2030
RESUMEN EJECUTIVO
PRESENTACIÓN
El Ministerio de Cultura, como ente rector del fomento de la lectura, acceso al libro y productos editoriales afines, es responsable de coordinar el desarrollo e implementación de acciones que propicien el derecho de las personas a participar en la vida cultural. En ese sentido, la lectura, como un derecho y una forma de participación cultural permite la intervención de las personas en la cultura del libro, bajo un marco de inclusión, construcción de ciudadanía y desarrollo humano en beneficio del bien común.
Para alcanzar tal propósito, el Ministerio de Cultura coordina con los sectores y organismos involucrados del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y locales, la Biblioteca Nacional del Perú y demás entidades públicas, el desarrollo e implementación de acciones que fomenten este derecho, al amparo de ley Nº 31053, que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro.
Por su parte, el Ministerio de Educación es responsable, en el sistema educativo nacional, del desarrollo del hábito de la lectura, del acceso oportuno al libro y productos editoriales afines y de la implementación de bibliotecas escolares en las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades.
Desde este mandato legal, la democratización de este derecho merece la atención prioritaria del Estado de manera que sea posible intervenir con acciones y servicios para aminorar los efectos negativos que el déficit del hábito lector produce en el desempeño de los individuos. Esto resulta fundamental en una sociedad que tiene como componente básico a la cultura escrita: un puente para ejercer otros derechos esenciales.
Es en ese marco de desarrollo se elabora la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030. A través del mencionado marco se identificó el siguiente problema público: “limitado ejercicio del derecho a la lectura en la población peruana”, esto a partir de tres componentes de los derechos culturales: el desarrollo del hábito lector, el acceso al libro y la producción y circulación bibliodiversa.
El horizonte temporal de implementación de la Política será al 2030 orientándose a la articulación con la Política Nacional de Cultura, en concordancia con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, los objetivos de Estado establecidos en el Acuerdo Nacional, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y en consonancia con la Visión del Perú al 2050, aprobada por el Foro del Acuerdo Nacional.
De igual forma, la temporalidad de la Política Nacional transcurre a la par de la conmemoración del Bicentenario de Independencia de Perú en 2021, en donde la movilización a favor del libro y la lectura juegan un rol preponderante. Sin embargo, este horizonte de temporalidad responde también a las consecuencias e implicancias de la pandemia global generada por la COVID-19, dado que este hecho se configura como un punto de inflexión en la consecución del ejercicio del derecho a la lectura de la población peruana en los próximos años.
Por último, la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030, en adelante PNLLB al 2030, se elabora según lo dispuesto por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros en el Reglamento que regula las Políticas Nacionales y sus modificatorias, así como en la Guía de Políticas Nacionales. Con ello, se contribuirá a la formación de una ciudadanía informada y con participación activa en un Estado democrático, que aporta al desarrollo económico y social.
BASE LEGAL
Referentes normativos nacionales
En primer lugar, la PNLLB al 2030 se sustenta en la Constitución Política del Perú (1993); en las normas con rango de ley que regulan el sector Cultura y guarda consistencia con las Políticas de Estado del Acuerdo Nacional (2002), Plan Estratégico de Desarrollo Nacional – Plan Bicentenario 2011 - 20211 y con otras políticas y planes nacionales vigentes2.
En ese sentido, la PNLLB al 2030 se sustenta en las siguientes normas con rango de ley que regulan el sector Cultura:
La Ley Nº29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, que dispone competencias, funciones y atribuciones al ministerio como órgano rector del sector Cultura, y de acuerdo con la Ley Nº29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, tiene la facultad para diseñar, establecer, ejecutar y supervisar políticas nacionales y sectoriales (Art. 22.2º) en materia de cultura.
La Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y su modificatoria, que establece que el Estado debe estar al servicio de la ciudadanía, con canales de participación ciudadana, descentralizado y desconcentrado, transparente, con servidoras/es públicas/os calificadas/os, adecuadamente remuneradas/os y fiscalmente equilibrado (Art. 5º).
Las leyes de creación de los Organismos Públicos adscritos al Ministerio de Cultura (Art. 11º, Ley Nº29565): la Ley Nº 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú, la Ley de creación del 15 de mayo de 1861, “Creación del Archivo Nacional”, y el Decreto Legislativo Nº 829 - Ley de Creación del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP).
La Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización y sus modificatorias, ya que el Ministerio ejerce competencias compartidas con los gobiernos regionales y/o locales (Art. 4º, Ley Nº295653.
La Ley Nº 27337, Código de los Niños y Adolescentes, Ley Nº 30490 - Ley de la Persona Adulta Mayor, Ley Nº 30466, Ley que establece parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño. El D.S Nº 008-2021-MIMP – Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030.
Ley Nº 28086, Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura. Ley que declara de interés y necesidad públicos la creación y protección del libro y los productos editoriales afines; el fomento de la creación científica y literaria, de la lectura y el conocimiento del patrimonio bibliográfico y documental de la Nación; y el desarrollo de la industria editorial del libro.
Asimismo, la Política Nacional se respalda en las principales normas con rango de ley vigente que tienen efecto sobre los objetivos prioritarios que buscan atender la política, según las áreas programáticas del sector cultura4.
Referentes normativos internacionales
Las principales declaraciones, convenios y/o convenciones que tienen efectos sobre la PNLLB al 2030 son las siguientes:
Declaración Universal de Derechos Humanos (1948)
Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial (1963)
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW, 1979)
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), tratado internacional adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas
Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (2021)
Convención Americana sobre Derechos Humanos
Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) (2015)
Declaración Universal de Derechos Humanos
Declaración Mundial sobre Educación para todos (1990)
Manifiesto de la UNESCO sobre la biblioteca pública (1993)
Directrices de la IFLA/ UNESCO para el desarrollo del servicio de bibliotecas públicas (2001)
Directrices de la IFLA/ UNESCO para la biblioteca escolar (2002)
Directrices de la IFLA/ UNESCO sobre internet (2006)
Convenio de Berna para la Protección de Obras Literarias y Artísticas (1886)
Cumbre mundial sobre la sociedad de la información (CMSI), procesos y temas debatidos (APC, 2004)
Pacto Internacional de Derechos económicos, sociales y culturales
Programa Cumbre Plan Iberoamericano de Lectura (ILIMITA), aprobado en la XIII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y Gobierno (Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, 2003)
Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San Salvador”
Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso. Organización mundial de la propiedad intelectual (2013)
DIAGNÓSTICO
Enunciado del problema público
Tomando en cuenta los criterios propuestos por el CEPLAN5, se determinó el siguiente problema público que afecta directamente a la ciudadanía:
La Constitución Política del Perú establece, en su artículo 2º, que “toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley”. De igual forma, la Ley Nº 31053, en su Artículo 1º, manifiesta “reconocer y fomentar el derecho de las personas a la lectura y promover el libro, bajo un marco de inclusión, construcción de ciudadanía y desarrollo humano, en beneficio del interés público; así como el fomento de las micro y pequeñas empresas (mype) dedicadas a la industria editorial”.
Por otra parte, la Política Nacional de Cultura al 2030 (Ministerio de Cultura, 2020) parte de que los derechos culturales son las libertades y responsabilidades de un individuo o colectivo en su diversidad para elegir y expresar su identidad cultural. Esto implica el derecho de toda persona a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, es decir, acceder, participar y contribuir en la vida cultural que sea de nuestra elección (ONU, 2009).
Por tanto, el derecho a la lectura es un derecho cultural que consiste en garantizar que toda persona participe en la vida cultural del libro (Kelly, Gayo & Carter, 2018), acceda al libro o al producto editorial afín, así como pueda contribuir en la creación artística, literaria o científica de su comunidad (Ley Nº 31053). La lectura consiste en el proceso de extraer y construir significado simultáneamente a través de la interacción y la participación con el lenguaje escrito (International Literacy Association, s/f).
Significa entonces que el limitado ejercicio del derecho a la lectura por parte de la población peruana se configura en un derecho vulnerado, dado que reduce las oportunidades de las personas para acceder a una infinidad de beneficios atribuibles a la lectura; a diversas lecturas según sus propósitos y con textos en diversos soportes y formatos; a expresarse libremente, a comunicarse, a interactuar de muchas maneras con el contenido; y a participar en actividades y prácticas culturales asociadas al mundo del libro.
La magnitud del problema público se evidencia en las oportunidades que dejan de tener las personas en su diversidad con relación a la lectura como una actividad inculcada culturalmente. Tal es así que se registra una tendencia cada vez más decreciente en la asistencia a bibliotecas y/o salas de lectura en todos los rangos de edad, que va a la par de una menor disponibilidad de estos espacios culturales en todo el territorio nacional.
Otro factor que evidencia la profundidad del problema es que la lectura no se considera una actividad cotidiana en el entorno familiar. En promedio, las personas leen menos de cuatro libros al año, poseen solo entre 5 y 10 libros en el hogar, y destinan apenas 50 soles al año en libros, periódicos o revistas con fines recreativos y culturales. Si bien el bajo nivel del hábito lector no solo es propio de Perú, sino también en muchos países de América Latina y el Caribe, el segundo porcentaje más alto de no lectoras y lectores de libros lo registra Perú.
Entre las limitaciones que enfrentan las personas para acceder al libro como bien cultural, entendido como el acceso a la cultura y la información cultural en sus dimensiones material e inmaterial, se encuentra la desigualdad de condiciones en el acceso a la cultura escrita, comprendida como el uso de la lectura y la escritura como competencias requeridas para participar en contextos letrado o textuales; así como a espacios no convencionales de lectura acorde con las necesidades de la población en el territorio donde habitan y con personal calificado en la provisión de servicios que sean de interés para las personas, en particular para niñas, niños, adolescentes y jóvenes.
De igual forma, la reducida disponibilidad de bibliotecas, ferias del libro y librerías distribuidas en forma heterogénea a lo largo del país, concentradas principalmente en Lima, restringen la oportunidad de las personas a acceder al libro y a la cultura escrita. A su vez, afectan sobre todo a grupos específicos de la población, lo que condiciona la motivación lectora a situaciones de inequidad.
Otro aspecto crucial que vulnera el ejercicio del derecho a la lectura es la reducida pluralidad de contenidos puestos a disposición de las lectoras y los lectores, debido al incipiente desarrollo de la industria editorial peruana, caracterizada por su alta concentración en las principales ciudades del país. Hasta el 2016, en las cinco principales ciudades del país, se concentró el 96 % de los títulos registrados por agentes.
En los últimos años, si bien la disponibilidad de libros en formatos físico y digital registra un importante incremento, la diferencia entre los ámbitos urbano y rural es profunda. Incluso, en lo concerniente a la producción intelectual en lenguas originarias, se registran cifras muy reducidas. Por otro lado, en al ámbito internacional, en la escala de producción de libros en Latinoamérica, Perú ocupa el sexto puesto.
Conceptos clave
Acceso a la cultura escrita. Es una condición social. Al leer y escribir textos, se participa en una “comunidad textual”, un grupo de lectores (autores y oyentes) que comparten un modo de leer e interpretar un corpus de textos (Stock, 1983). Se trata de una condición cognitiva y social, es decir, una habilidad para participar activamente en una comunidad de lectores (Olson, 1998). Esta noción incluye el enseñar a otras y otros a entender las relaciones de poder de su mundo, cómo participar en ellas y, sobre todo, cómo transformarlas por medio de la acción social y política (Kalman, 2003).
Acceso a la lectura. Es un derecho garantizado por el Estado. Se refiere al ejercicio del derecho que permite el goce, ejercicio y pleno disfrute de los bienes y servicios culturales vinculados al libro (Ley Nº 31053 que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro).
Acceso al libro. Es un derecho humano que debe ser garantizado con la disponibilidad física del bien cultural denominado libro, a través de la creación e implementación de infraestructura bibliotecaria, espacios de lectura convencionales y no convencionales, de acceso físico y digital. Sin embargo, por sí sola, la disponibilidad de los libros no es determinante para fomentar la lectura, en tanto que acceso se refiere a “las oportunidades para participar en eventos de lengua escrita, situaciones en las cuales el sujeto se posiciona vis-à-vis con otros lectores y escritores, (…)” (Kalman, 2004, p. 26).
Bibliodiversidad. Es un término difundido principalmente por la Unesco, que atañe a la diversidad cultural aplicada a los libros. Se vincula con los temas, las ediciones, las autoras y los autores, pero además involucra las posibilidades de construir imaginarios, idiosincrasias, visiones del mundo, creaciones, ideas, sentidos simbólicos individuales y colectivos, y experiencias que definen la variedad humana en un contexto internacional de fallas de mercado de libro (Mihal, 2013).
Comportamiento lector. Es la expresión social con respecto al acercamiento del individuo hacia la lectura. Está sujeto a un conjunto de factores como los intereses, gustos, entornos socioculturales y económicos. Se encuentra determinado por el ciclo de vida que interactúa con el desarrollo biofísico, cognitivo, emocional, psicosocial, motor, cognitivo y emocional del sujeto. (CERLALC, 2011).
Cultura del libro. No solo significa el uso y la difusión de libros impresos, sino también la transmisión y circulación de textos escritos, como documentos de tradición oral, por ejemplo, a través del archivo en colecciones públicas en formato de libro (Anttonen y otros, 2018). El concepto de cultura del libro es complejo y se encuentra en constante desarrollo a nivel local, nacional y transnacional (Kurschus, 2013).
Cultura. Es el “conjunto de rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan una sociedad o un grupo social. Ella engloba, además de las artes y las letras, los modos de vida, los derechos fundamentales al ser humano, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias” (Unesco, 1982).
Derecho a la lectura. Consiste en garantizar que toda persona participe en la cultura del libro (Kelly, Gayo & Carter, 2018), acceda al libro o al producto editorial afín, así como pueda contribuir en la creación artística, literaria o científica de su comunidad (Ley Nº 31053). La lectura consiste en el proceso de extraer y construir significado y sentido, simultáneamente, a través de la interacción.
Derecho cultural. Son “los derechos, las libertades y las responsabilidades de una persona de elegir y expresar su identidad; esto implica las capacidades de acceder tanto a las referencias culturales, como a tantos recursos que sean necesarios para su proceso de identificación” (Meyer – Bisch, 2008).
Ecosistema de la lectura y del libro. “Es un conjunto común de actividades económicas (producción de bienes y servicios) y sociales (participación en eventos culturales) que tradicionalmente son de naturaleza cultural” (Unesco, 2009: 10). El término “ecosistema” se utiliza para referir a un espacio o comunidad donde coexisten distintas relaciones. El ecosistema de la lectura y del libro representa la cadena de valor, cuyos eslabones están compuestos por autoras/es, editoras/es, distribuidoras/es, librerías, mediadoras/es de lectura, bibliotecas y lectoras/es, entre otras/os. Este ecosistema es el espacio que se crea a partir de la interacción de agentes vinculadas/os a la lectura y al libro que, en el desarrollo de sus actividades, establecen relaciones de interdependencia.
Espacios de lectura convencionales. Se encuentran constituidos por las bibliotecas, es decir, estructuras organizativas que, mediante los procesos y servicios, técnicamente apropiados, tienen como misión facilitar el acceso a la ciudadanía a documentos publicados o difundidos en cualquier soporte, sea físico o digital (Ley Nº 31053 que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro).
Espacios de lectura no convencionales. Constituyen alternativas importantes para diversificar las prácticas de fomento de la lectura, de escritura y las condiciones de circulación de materiales escritos en lugares diferentes a la biblioteca o la escuela (espacios en estaciones de tren, paraderos de bus, parques, hospitales, centros comerciales o mercados). Además, dentro del ámbito de la comunidad, se encuentran espacios no convencionales y con población en situación de vulnerabilidad, marginalidad y/o exclusión social (cárceles, hospitales, albergues y espacios afectados por desastres naturales) (Del Socorro, 1998).
Hábito lector. Se encuentra influenciado por la cultura de la lectura en escuelas y hogares (Le y otros, 2019). El hábito es definido como una acción central no autómata “precisamente porque hay que construir el sentido del mensaje y ello, solo es posible, mediante una actitud de compromiso consciente con el texto” (Salazar y Ponce, 1999, p. 60).
Modelo del problema público
Esta sección presenta el modelo del problema público, el cual incorpora la estructuración conceptual y operativa del “Limitado ejercicio del derecho a la lectura por parte de la población”. Este problema público se sustenta en tres componentes al ser un derecho cultural: el desarrollo del hábito lector, el acceso al libro, y la producción y circulación bibliodiversa.
En esta línea, la estructuración operativa del problema público se expresa en tres causas directas y cinco indirectas. En este sentido, las primeras son las siguientes: i) escasas condiciones para el desarrollo del hábito lector en la población peruana según el ciclo de vida y de acuerdo con la diversidad cultural, ii) limitado acceso al libro como bien cultural, y iii) limitado desarrollo sostenible de la producción y circulación bibliodiversa6. Asimismo, se ha evidenciado que este problema público tiene efectos en el desarrollo académico profesional, la alfabetización y la cultura ciudadana de las personas en su diversidad.
En la figura 1, se presenta el árbol de problemas de la PNLLB al 2030:
Figura 1. Árbol de problemas de la Política Nacional de la Lectura el Libro y las Bibliotecas al 2030
Fuente: Dirección del Libro y la Lectura – Ministerio de Cultura
Elaboración: Dirección del Libro y la Lectura – Ministerio de Cultura.
Causa directa 1. Escasas condiciones para el desarrollo del hábito lector de la población peruana según ciclo de vida y de acuerdo con la diversidad cultural
Esta causa directa identifica las siguientes causas indirectas: 1.1. Baja valoración social de la lectura; y 1.2. Escasas condiciones y capacidades para fomentar la lectura y escritura en bibliotecas y espacios no convencionales e inclusivos.
La baja valoración que las personas tienen de la actividad de leer como práctica cultural satisfactoria o gratificante viene arraigada en cada generación y se expresa en la asistencia a bibliotecas y/o salas de lectura. En 2012, según un estudio comparativo realizado en varios países de América Latina, Perú registraba tan solo el 2% de asistencia de la población a bibliotecas públicas, porcentaje también muy asociado a la reducida cantidad de bibliotecas públicas disponibles en el país (CERLAC, 2012).
Desde entonces, las bibliotecas y otros espacios de lectura han mantenido un bajo nivel de apropiación por parte de la población como espacios culturales. Este hecho se constata con los datos recogidos en la Encuesta Nacional de Programas Presupuestales durante el periodo 2016 – 2019, donde se observa una reducción sostenida en la proporción de personas que no asiste a una biblioteca o espacio de lectura. En promedio, este porcentaje es ligeramente menor en las mujeres (93,6%) que en los hombres (92,9%).
Esta tendencia se confirma con la tasa cada vez más baja de asistencia de las personas de diversos rangos de edad a bibliotecas y espacios culturales similares. En el año 2019, el grupo de edad comprendido entre 14 y 17 años, al cual le correspondería estar inmerso en un nivel de la educación básica regular, registra una caída de más de 3 puntos porcentuales con respecto al 2016. Esta caída es más crítica entre los ámbitos urbano (7,7%) y rural (2,9%), al igual que entre regiones naturales. En la costa se registra una asistencia de 6,7%, en la sierra 7,7% y en la selva 4,4% (INEI-ENAPRES, 2016 - 2019).
Estas cifras confirman una significativa caída en la asistencia a este tipo de espacios culturales, lo que también se corresponde con el cierre paulatino de bibliotecas públicas en las municipalidades (INEI-ENAPRES, 2016 - 2019).
En esa línea, son diversos los estudios que concuerdan respecto a la gran influencia que ejercen las familias en el desarrollo de valores y patrones de disfrute en el proceso de lectura, sobre todo en la infancia y la adolescencia, puesto que son los primeros sujetos de socialización lectora, además de los docentes en las escuelas (Yubero Jimenez & Larrañaga Rubio, 2010; Córdoba Rey, E.M., Quijano Martínez, M.C. & Cadavid Ruiz, N, 2013, p.61; Lemos, 2006).
En este contexto, los enfoques de ciclo de vida e inclusión social en el fomento de la lectura cobran mayor relevancia, dado que “se debe contemplar las distintas etapas de crecimiento físico y mental para todas las niñas y niños, en las cuales no solo hay diferencias en las habilidades y necesidades, sino también en las formas de estimulación” (MIMP, 2012).
Otro de los factores que influyen positivamente en el hábito lector es el número de libros leídos por año. Según una encuesta realizada por el Instituto de Opinión Pública de la PUCP (IOP, PUCP, 2015)7, en Perú, se leen en promedio solo 3.3 libros al año. Asimismo, la edad se configura en un condicionante significativo debido al mayor porcentaje de personas mayores que no lee o casi nunca lee libros (31,1%) frente a jóvenes entre 18 y 20 años (15,6%) en similar situación.
Los bajos niveles de hábito lector no solo son propios de Perú, sino también en muchos países de la región. Por ejemplo, según un estudio comparativo realizado por el CERLALC en 2012, se señala que “el placer o gusto por la lectura marca la diferencia entre un lector asiduo y uno esporádico”. En tal sentido, en promedio, el índice de lectura de libros de la población de los países estudiados se encuentra en alrededor de 41%, con una medición de frecuencia de entre al menos una vez al mes hasta una vez al año. Después de México, el porcentaje más alto de no lectores de libros lo registra Perú (65%); sin embargo, registra un alto porcentaje (71%) como consumidor de periódicos después de Portugal (83%) y España (78%) (CERLAC, 2012).
Estos hechos, entre otros, influirían en la falta de voluntad de leer como actividad satisfactoria o gratificante, manifiesta tanto en el contexto social que facilita el hábito de la lectura, como en la socialización familiar de la lectura (Schiefele et al., 2012).
Causa directa 2. Limitado acceso al libro como bien cultural
Esta causa directa identifica la siguiente causa indirecta: 2.1. Desigualdad de condiciones en el acceso a la cultura escrita en bibliotecas, espacios no convencionales de lectura, librerías y ferias del libro.
La magnitud del problema del acceso al libro como bien cultural se encuentra asociada, entre otros factores, a la demanda de libros expresada por las preferencias y motivación del/la lector/a y/o consumidor/a. En el país, esta demanda es aún incipiente, no solo por el precio de los libros, sino también por la influencia de tendencias, como el consumo de productos de entretenimiento al alcance de la población (conciertos, televisión, redes sociales, cine, entre otros); sin contar el desinterés de la población por la lectura o la práctica creciente de copias ilegales de libros (Chumbiauca Sanchez, 2016).
Esta hipótesis se constata con la información reportada sobre el consumo de bienes y servicios culturales para los años 2016-2019. El desinterés, la falta de tiempo y la falta de dinero se encuentran entre las principales razones que argumentan los encuestados para no acceder al libro físico (INEI-ENAPRES, 2016 - 2019).
Por otra parte, la diferencia de consumo de dichos bienes, entre los ámbitos urbano y rural, es significativa. Solo en 2018, un escaso 16,6% de la población en el ámbito rural afirmó haber adquirido dichos bienes en contraste con el 31,1% del ámbito urbano (INEI-ENAPRES, 2016 - 2019).
Un comportamiento similar se encuentra en el acceso al libro digital, sin embargo, sobresale que, en promedio, el 42,2% de la población no logra acceder a este formato por la falta de internet, dato no menor en el contexto actual de emergencia sanitaria e innovación tecnológica, donde la inclusión y atención a la diversidad son piezas clave en procesos de aprendizaje y espacios culturales.
La complejidad de esta situación se asocia también a la debilidad del tejido de la distribución, la comercialización de obras ilegales y la escasez de recursos humanos calificados que mantiene un crecimiento desigual de la cadena de valor del libro (Casas, Medina & Pérez, 2018).
En ese sentido, no se puede concebir el fomento de la lectura sin incluir dos elementos esenciales: el acceso a la lectura como manifestación inmaterial y el acceso al libro como manifestación material (Romainville, 2015). Empero, es importante entender “la lectura como una práctica sociocultural, en donde las escuelas y las bibliotecas se conjugan en el sentido de ampliar el campo de experiencias de las personas sin atentar contra su lengua o identidad (De Souza, 2016).
Causa directa 3. Limitado desarrollo sostenible de la producción y circulación bibliodiversa
Esta causa directa identifica las siguientes causas indirectas: 3.1. Limitadas condiciones para el desarrollo de la cadena de valor y uso de contenidos editoriales diversos e inclusivos; y 3.2. Alta concentración territorial y económica del mercado libro.
Sin duda, un espacio que acerca la valoración de la lectura a la comunidad es la realización de ferias y festivales del libro. Además de ser un escenario de difusión y comercialización, las ferias pueden contribuir en la promoción de la lectura en diversos soportes, democratizando su acceso a través de la mediación de lectura, sobre todo, en la población infantil (Ramírez, 2015). De acuerdo con esto, durante el 2020, se han realizado en el ámbito nacional 44 festivales del libro con la participación de 1 100 agentes culturales. Esta participación ha significado tanto la venta de productos como formar parte de la programación cultural en cuanto a talleres, conversatorios y presentaciones de libros (Ministerio de Cultura, 2020).
Por otra parte, un aspecto que limita la pluralidad de contenidos a través de los libros es la baja profesionalización de la gestión editorial. Por añadidura, la escasa oferta formativa debilita al sector para estimular un proceso de internacionalización del libro peruano de forma competitiva en los mercados extranjeros, que cuentan con modelos de negocio editorial más desarrollados (CPL & CERLALC, 2017).
Esta problemática se amplifica en las editoriales independientes, puesto que recién a partir del año 2000 transitan de los talleres de imprenta hacia la profesionalización (Chumbiauca Sanchez, 2016)8. Un dato alentador con respecto a ese progreso da cuenta que, en 2019, 545 de las editoriales independientes beneficiarias del programa “La Independiente”, promovido por el Ministerio de Cultura, participaron en alguna feria internacional. De igual forma, el 74% de estas editoriales han publicado más de un título en alianza con otras instituciones o editoriales.
Desde el Ministerio de Cultura, se promueve la participación de sellos editoriales nacionales en importantes ferias internacionales, con lo que se apoya el posicionamiento de las marcas peruanas en mercados como Bogotá, Santiago y Guadalajara. Sin embargo, la profesionalización de las y los agentes de la cadena productiva del libro tiene un largo camino aún por recorrer.
Otro aspecto relevante que desfavorece la sostenibilidad de la industria editorial peruana es la poca circulación del libro peruano en la región latinoamericana y otros continentes. Esto se debe al poco impulso y/o fomento de las traducciones, la comercialización de derechos de autor y coedición, así como por la escasa difusión e internacionalización de la producción editorial peruana en el exterior por no contar con un catálogo nacional y mayor promoción de actoras y actores del ecosistema del libro en ferias y otros eventos internacionales relacionados al tema. A esto se aúna la escasez de plataformas digitales para la difusión de producciones editoriales del país y las pocas estrategias de incorporación de nuevas tecnologías en los procesos de producción y circulación de libros.
Otro tanto son las barreras en el mercado editorial nacional e internacional altamente competitivo y que además enfrentan grandes desafíos tecnológicos, más aún a partir del rápido crecimiento del consumo de bienes y servicios culturales digitales producido por efecto de la pandemia de la COVID-19. En esta línea, posar la mirada en el comercio electrónico toma cada vez más importancia en las transacciones de libros impresos y en las nuevas formas de distribución de contenidos (CPL & CERLALC, 2017).
Además, de acuerdo con el Ministerio de Cultura (2015), en el 2007, el valor agregado bruto cultural de los sectores y subsectores culturales, entre los que se encuentra el sector libros y publicaciones, representó el 0.87% del valor agregado bruto del país. Así, el sector cultural libros y publicaciones se encuentra entre los que más aportan al PBI Cultural con el 23,7% de participación.
Así, la forma en cómo se distribuyen los ingresos generados entre las y los agentes involucradas/os en la producción de libros y publicaciones brinda una aproximación en el avance de dicho sector. Además, es importante mencionar que, en 2015, la producción interna del sector libros y publicaciones alcanzó 2 984 000 soles y las exportaciones FOB a 311 000 soles.
Los efectos derivados del análisis del problema público y sus causas directas son los siguientes:
Efecto 1. Bajo desarrollo académico y laboral
Diferentes estudios prueban el efecto de aspectos vinculados al limitado ejercicio de la lectura sobre el éxito académico y éxito laboral. Respecto al éxito académico, los niños que provienen de hogares con bibliotecas domésticas medianas o grandes obtienen mejores calificaciones y se desempeñan a un nivel más alto en las pruebas estandarizadas que otros niños similares en estratificación y características demográficas (Bodovski y Farkas, 2008; Cheung y Andersen, 2003; Comber y Keeves, 1973; Heyneman y Loxley, 1983; Jæger, 2011), incluso sin guardar relación con las actividades de alfabetización realizadas con los padres ni las actitudes de los padres hacia la alfabetización (Park, 2008).
Más allá de la infancia, la evidencia indica que las bibliotecas domésticas continúan facilitando el rendimiento académico de los estudiantes en la adolescencia (De Graaf, 1988; Evans et al., 2014; Evans y Kelley, 2002) e influyen en el número de años de educación en general y en la probabilidad de realizar todas las transiciones educativas importantes (De Graaf, 1986; Teachman, 1987; De Graaf, 1988; Crook, 1997; De Graaf et al., 2000; Georg, 2004; Evans, et al. 2010).
En esa línea, la lectura como una forma de capital cultural, en comparación con la participación en eventos culturales, está fuertemente asociada con el rendimiento académico y la alfabetización de adultos que conduce a la movilidad social, independientemente de los antecedentes de las y los participantes (De Graaf et al., 2000; Chiu y Chow, 2010; Tramonte y Willms, 2010; Araujo y Costa, Jæger, 2011; 2015; Sullivan y Brown, 2015; Sikora, Evans y Kelley, 2019). A su vez, se evidenció que, en 27 sociedades de diversos países, la socialización en la cultura académica se asocia con un mayor logro educativo y un mayor logro ocupacional (éxito laboral), sobre todo de manera indirecta (Evans et al., 2015).
En suma, el inadecuado acceso al libro y la lectura —causas directas del problema público— afecta significativamente al éxito escolar y académico.
Efecto 2. Baja alfabetización
Metaanálisis han apoyado la hipótesis de que las actividades de alfabetización en el hogar desde una edad temprana contribuyen sustancialmente al lenguaje y comprensión lectora de los niños pequeños (Mol y Bus, 2011). Las niñas y los niños a quienes se les han leído libros de cuentos con frecuencia y cuyas/os madres/padres leen ellas/os mismas/os y poseen muchos libros ingresan a la escuela con un vocabulario más amplio y habilidades de comprensión más avanzadas que sus compañeras/os que crecen en entornos de alfabetización de hogares más pobres. Es decir, la socialización en la lectura a través de las/os cuidadoras/es genera una mayor y mejor alfabetización en las/os más jóvenes.
«Los niños que crecen en sociedades alfabetizadas, rodeados por la palabra impresa, comienzan a leer y escribir mucho antes de iniciarse la escolaridad. Adquieren conciencia de muchos de los usos de la lengua escrita, desarrollan un sentido de las formas escritas, comienzan a dar sentido al texto impreso y empiezan a descifrar el sentido de la palabra impresa y a experimentar con la comunicación a través de la escritura. Hasta hace poco, ni siquiera los educadores profesionales habían previsto ni apreciado este desarrollo hacia la alfabetización» (Goodman, 1985, p. 57).
Efecto 3. Baja cultura ciudadana
Se ha demostrado que la lectura afecta diferentes aspectos de la ciudadanía democrática, como la atención, el conocimiento y la participación en asuntos públicos, así como la tolerancia hacia grupos impopulares (Bennett, Rhine y Flickinger, 2000). De acuerdo a Nussbaum (2008), el rol de las artes y la literatura, en particular, es central para cultivar la imaginación y, en consecuencia, el tipo de juicio y sensibilidad que es necesaria para ejercer una ciudadanía responsable. En este sentido, Nussbaum (2005) plantea que una ciudadanía educada no aprendió una serie de hechos y maneja técnicas de razonamiento, sino también aprendió a ser un humano capaz de imaginar. A partir de esta ciudadanía, que también es crítica, se construyen valores democráticos.
Nussbaum dialoga sobre la cultura al discutir la identidad, diversidad, tradiciones, crítica, creencias, entre otros. Desde un enfoque de fortalecimiento de capacidades, Nussbaum (2010) señala que “cultivar la capacidad de reflexión y pensamiento crítico es fundamental para mantener a la democracia con vida y en estado de alerta. La facultad de pensar idóneamente sobre una gran variedad de culturas, grupos y naciones en el contexto de la economía global y de las numerosas interacciones entre grupos y países resulta esencial para que la democracia pueda afrontar de manera responsable los problemas que sufrimos hoy como integrantes de un mundo caracterizado por la interdependencia” (p. 29).
La lectura desarrolla la capacidad crítica del ser humano, que es un aspecto fundamental para la participación en la sociedad. El acto de leer no significa solo codificar y decodificar palabras, sino que es “comprender la relación dada entre el texto, el contexto y el lector, es llevar a los estudiantes a que lean para que entiendan sus derechos y conozcan sus deberes, es decir, que se vayan formando como ciudadanos activos dentro del contexto educativo y desde allí asuman una postura crítica frente a su entorno y se preparen para una ciudadanía en constante cambio” (Pineda & Castaño, 2015).
En el marco de la “literacidad” o cultura escrita, la lectura como ejercicio es una de las habilidades básicas para desempeñarse adecuadamente dentro de la sociedad, junto a otras como la escritura y la aritmética, asimismo la lectura se vincula al concepto de “literacidad informativa”, una habilidad básica en el mundo digital y de nuevos medios que consiste en poder evaluar, organizar y usar información (Correia, 2002). Así, existe un vínculo entre la capacidad para leer y evaluar textos y ejercicio de la participación ciudadana democrática, dado que la primera es un requisito para la participación como pensadoras/es críticas/es en el espacio público, incluyendo los nuevos medios digitales (Mihailidis y Thevenin, 2013).
Situación futura deseada
La situación futura deseada de la PNLLB, cuyo horizonte es el año 2030, ha sido formulada recogiendo las aspiraciones de la población en relación con el estado más favorable y factible que se desea lograr con la política y uso de otras herramientas prospectivas.
Considerando lo anterior, la situación futura deseada de la PNLLB al 2030, se expresa mediante los siguientes logros esperados:
Se extienden las oportunidades de las personas en relación con la lectura como una actividad inculcada culturalmente. Esto se refleja en un incremento anual de al menos un punto porcentual de asistencia a bibliotecas y/o salas de lectura en todos los rangos de edad, que va a la par de una mayor disponibilidad de estos espacios culturales en todo el territorio nacional. De igual forma, las personas leen más de 4 libros al año y hay un incremento del 20% en la tenencia de libros en el hogar.
El porcentaje de personas que acceden al menos una vez al año a servicios culturales relacionados con la cultura escrita, sobre todo las niñas, niños, adolescentes y jóvenes incrementa en 30% respecto a la estadística actual. Este incremento tiene una alta correlación con la mayor disponibilidad de espacios públicos y servicios de lectura, bibliotecas, ferias del libro y librerías a lo largo del país que responden cada vez más a las necesidades de la población en el territorio donde habitan.
La población lectora se beneficia con una amplia y rica gama de libros en diversos formatos, físico y digital, este último formato registra un repunte en el rango de 15 a 20 puntos porcentuales debido, por una parte, al incremento en el registro de títulos en forma desconcentrada lograda por la industria editorial peruana en el territorio nacional; y por la otra, a la creciente demanda de la población más joven. Este contexto va de la mano con una mayor diversidad de festivales, ferias y encuentros literarios que se han reinventado para responder a las necesidades de las personas.
El mercado editorial puesto a disposición de la población lectora incrementa su contribución al PBI cultura en forma sostenida, con destacada participación de las editoriales independientes; la producción intelectual en lenguas originarias representa un incremento del 20% respecto a las ediciones en español.
Alternativas de solución
Con base en la situación futura deseada, la PNLLB al 2030 identificó 15 alternativas de solución que abordan las causas del problema. Las mencionadas alternativas fueron diferenciadas entre aquellas que contenían acciones complementarias y excluyentes. De acuerdo con el análisis, agrupación y evaluación se definieron 15 alternativas de solución evaluadas a partir de los criterios establecidos por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, escogiendo aquellas con un puntaje mayor a dieciséis (Tabla 1).
Tabla 38. Alternativas de solución seleccionadas para atender el problema público establecido en la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030
Elaboración: Dirección del Libro y la Lectura – Ministerio de Cultura.
OBJETIVOS PRIORITARIOS Y LINEAMIENTOS
La PNLLB al 2030 identifica los siguientes objetivos prioritarios : 1) Incrementar el hábito de la lectura de la población peruana, 2) Asegurar las condiciones de acceso de la población a espacios y materiales de lectura y 3) Alcanzar el desarrollo sostenible de la producción y circulación bibliodiversa en beneficio de los actores de la cadena de valor del libro. A partir de la identificación de estos objetivos se definieron 16 lineamientos que permitirán alcanzarlos objetivos y se implementarán tomando en cuenta los enfoques transversales definidos para la política.
Tabla 2. Objetivos y lineamientos de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030
Elaboración: Dirección del Libro y la Lectura – Ministerio de Cultura.
PROVISIÓN DE SERVICIOS Y ESTÁNDARES
La PNLLB al 2030 establece 31 servicios para el cumplimiento de los lineamientos formulados que involucran a las siguientes instancias: Ministerio de Educación, Biblioteca Nacional del Perú, y Ministerio de Cultura. Cada uno de los servicios identifica estándares de cumplimiento e indicadores, así como las actividades operativas que contribuirán a su implementación.
Los objetivos, lineamientos y servicios son recogidos en la tabla 3.
Tabla 3. Objetivos prioritarios, lineamientos y servicios de la Política nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030
Elaboración: Dirección del Libro y la Lectura – Ministerio de Cultura, 2021.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
El seguimiento y la evaluación de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030 se llevarán a cabo por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP) o el que haga sus veces en el Ministerio de Cultura, oficina encargada del planeamiento estratégico sectorial del ministerio, en articulación con la Unidad de Estudios Económicos o el que haga sus veces en la entidad, responsable de la generación y conducción de la evidencia y la evaluación de las políticas públicas del sector cultura.
En el marco de la implementación de sus políticas nacionales, el Ministerio de Cultura implementará un sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación de políticas. Este consiste en un sistema de información consistente, oportuno y de calidad, que recoja información de todos los niveles de la cadena de valor de los resultados de las Políticas Nacionales; de un modelo de control de gestión permanente, sistémico y continuo, que genere alertas sobre el avance en el cumplimiento de las metas y los objetivos; de la evaluación de los impactos de las intervenciones de la Política, y de la incorporación y el seguimiento de las recomendaciones derivadas del monitoreo y la evaluación para una mejora continua.
Seguimiento
El Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales realiza el proceso de seguimiento de la Política de acuerdo con las pautas metodológicas establecidas en la guía para el seguimiento y la evaluación de políticas nacionales y planes del SINAPLAN (proceso, estructura de reporte, pautas y cronograma (CEPLAN, 2021. Posteriormente, la misma será remitida a la OGPP, en su versión final para el registro y/o verificación de la información en el Aplicativo CEPLAN.
Este proceso se cumple cuando la OGPP o el que haga sus veces en el Ministerio de Cultura realiza la emisión del Reporte de Seguimiento del Aplicativo CEPLAN de acuerdo con la información remitida. Además, asegura su publicación en el Portal de Transparencia Estándar (PTE) del Ministerio de Cultura y remite el reporte a los titulares de los ministerios intervinientes en la Política.
Evaluación
La Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030 será evaluada en cuanto a su diseño, implementación y resultados a través de las siguientes evaluaciones:
a) Evaluaciones de diseño. Implica la evaluación del CEPLAN sobre la coherencia interna y externa de la Política Nacional del Libro, la Lectura y las Bibliotecas al 2030.
b) Evaluaciones de implementación. Es liderada por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto o el que haga sus veces en el Ministerio de Cultura y se realiza de manera anual hasta el 31 de mayo. Consiste en la evaluación de la implementación a nivel nacional, regional y local a través de los instrumentos de gestión del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico: PESEM, PDC, PEI y POI.
c) Evaluación de resultados. “Consiste en analizar los cambios entre la situación inicial y final de cada año de los objetivos prioritarios establecidos en la política nacional a través de sus indicadores. De esta manera, es posible conocer los alcances, las limitaciones y las oportunidades de mejora de la política nacional” (CEPLAN, 2018, p. 46). La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP) o el que haga sus veces es la encargada de implementar esta evaluación, gracias a la remisión de un informe anual que contiene el análisis contextual, el análisis del cumplimiento de los logros esperados, y la propuesta para mejorar el desempeño de los indicadores.
d) Reporte de cumplimiento. De acuerdo con el artículo 25 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo Nº029-2018- PCM, se presenta un reporte anual de cumplimiento hacia el 30 de abril de cada año que incluye las evaluaciones de la implementación y de los resultados descritos anteriormente.
Por otro lado, los resultados de los próximos Censos de Población y Vivienda podrían motivar la actualización de la Política Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas, previo informe que lo sustente. Vale precisar que a partir de la Encuesta Nacional de Lectura 2022, en el marco de la Ley Nº 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el Libro, en su segunda disposición complementaria final, que se aplicará durante el primer semestre del año 2022, se prevé obtener información para aquellos objetivos y servicios que no cuenten con línea de base, valor actual y/o logros esperados en sus indicadores. Asimismo, serán evaluados de manera cuantitativa, cuando se implementen los instrumentos necesarios para su medición. Cabe precisar que la Dirección del Libro y la Lectura o el que haga sus veces en el Ministerio de Cultura, es la unidad orgánica responsable de elaborar la línea base de los objetivos o servicios que lo requieran.
1 Decreto Supremo Nº054-2011-PCM, que aprueba el Plan Bicentenario: el Perú hacia el 2021.
2 El detalle de esta articulación se describe en el Anexo 2 “Políticas Relacionadas”.
3 A nivel territorial, la función de las Direcciones Desconcentradas de Cultura (DDC) encargadas de actuar en representación y por delegación del ministerio en cada región ejercen funciones ejecutivas en concordancia con las políticas sectoriales (Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura).
4 Ley Nº 29565. Ley de creación del Ministerio de Cultura del 21 de julio de 2010.
5 Para la delimitación del problema se tomó en cuenta los siguientes criterios: i) exactitud en la información recolectada, que describa adecuadamente el problema público y facilite su comprensión; ii) objetividad, es decir considerar la calidad del proceso de generación de evidencia, así como la objetividad de sus fuentes; iii) credibilidad, en relación con la confiabilidad de la evidencia y el grado de dependencia de la información recolectada para el posterior seguimiento y la evaluación; iv) generalización en cuanto a recolectar evidencia extensa sobre el problema público y evitar ceñirse a un caso específico; v) relevancia de la información, que debe ser adecuada en relación con el contexto y la realidad del tema seleccionado; y vi) disponibilidad, que implica la existencia y evidencia manejable y de fácil acceso (CEPLAN, 2018, pp. 17 y 28).
6 En la actualidad, no se cuenta con un índice o referente de medición internacional que valore o cuantifique el ejercicio del derecho a la lectura por parte de la población. Por consiguiente, la dimensión del problema público se verá reflejada, dentro de lo posible, en la magnitud de sus causas.
7 En 2015, el Instituto de Opinión Pública de la PUCP contempló un módulo sobre libros y hábitos de la población peruana, con un tamaño de muestra de 1 203 encuestadas y encuestados, habitantes de 19 regiones del país, de 18 años a más.
8 A la fecha, la única institución en el país que ofrece formación especializada para el sector editorial es la Escuela de Edición de Lima. Asimismo, la Dirección del Libro y la Lectura del Ministerio de Cultura dispone de un ciclo de talleres de formación denominado “Conecta Editorial”, el mismo que se desarrolla en el marco del programa La Independiente (Ministerio de Cultura, 2020).
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