Nombran Representante Permanente del Perú ante la Organización Mundial del Turismo (OMT), con sede en España

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 083-2022-RE

Lima, 11 de julio de 2022

VISTOS:

La Hoja de Trámite (GAC) Nº 2016 del Despacho Viceministerial, de 17 de junio de 2022; y el Memorándum (PRO) Nº PRO00443/2022 de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de15 de junio de 2022;

CONSIDERANDO:

Que, la Resolución Suprema Nº 065-2022-RE, de 1 de junio de 2022, nombra Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de España al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Oscar José Ricardo Maúrtua de Romaña;

Que, la Resolución Ministerial Nº 0341-2022-RE, fija el 21 de junio de 2022 como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumirá funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de España;

Que, el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;

De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE que aprueba el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de España, Embajador en el Servicio Diplomático de la República, en situación de retiro, Oscar José Ricardo Maúrtua de Romaña, como Representante Permanente del Perú ante la Organización Mundial del Turismo (OMT), con sede en la ciudad de Madrid, Reino de España.

Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes.

Artículo 3.- La presente resolución no irrogará gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES

Presidente de la República

CÉSAR LANDA ARROYO

Ministro de Relaciones Exteriores

2085429-8