Crean la Comisión de transferencia encargada de la recepción del Registro Nacional de Hogares (RNH) del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS
Resolución Ministerial
Nº 100-2022-MIDIS
Lima, 11 de julio de 2022
VISTOS:
Los Memorandos Nros. D000243 y D000255-2022-MIDIS-VMPES, emitidos por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; los Informes Nros. D000068 y D000075-2022-MIDIS-DGFIS, emitidos por la Dirección General de Focalización e Información Social; los Informes Nros. D000104 y D000113-2022-MIDIS-OGPPM, emitidos por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº D000368-2022-MIDIS-OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; los Informes Nros. D000172 y D000195-2022-MIDIS-DDM, emitidos por la Dirección de Diseño y Metodología; y, los Informes Nros. D000060 y D000068-2022-MIDIS-OM, emitidos por la Oficina de Modernización; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el Sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;
Que, asimismo, mediante la Ley Nº 29792, se crea el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS) como sistema funcional, encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado, destinada a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales; siendo su ente rector el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
Que, mediante la Ley Nº 30435, se crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO) especificando sus funciones en concordancia con la Política Social y en articulación con el SINADIS; con el objeto de lograr una adecuada asignación de los recursos públicos de las intervenciones públicas definidas en el marco de la política social del Estado, y con la finalidad de contribuir al cierre de brechas relativas a los problemas o necesidades que dichas intervenciones buscan resolver;
Que, mediante la Ley Nº 31493, se modificó la Ley Nº 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización, para fortalecer el SINAFO mejorando el proceso de focalización, fortaleciendo los mecanismos de control y maximizando el uso de los recursos asignados en el cumplimiento de sus competencias;
Que, en el numeral 19.3 del artículo 19, de la Ley Nº 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO), modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 31493, se estableció entre otros aspectos que el Registro Nacional para medidas COVID-19, pasa a formar parte del Mecanismo de Intercambio de Información Social (Miis) con la denominación de Registro Nacional de Hogares (RNH), quedando bajo la administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS);
Que, en la segunda disposición complementaria de la Ley Nº 31493, se estableció que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) transfiere al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), dentro de los ciento veinte (120) días calendario contados a partir de la publicación de la citada ley, el Registro Nacional de Hogares (antes denominado Registro Nacional para Medidas Covid-19), el cual incluye el traslado de las aplicaciones informáticas, bases y documentación técnica generadas por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) en su calidad de encargado de la operatividad, administración y soporte tecnológico para la implementación de los Decretos de Urgencia Nros. 052-2020, 098-2020, 010-2021, 023-2021 y 080-2021; asimismo, se estableció que, para tal fin, el RENIEC y el MIDIS, de manera consensuada, establecen los mecanismos que sean necesarios;
Que, de acuerdo con el artículo 58 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS, la Dirección General de Focalización e Información Social – DGFIS, es el órgano de línea dependiente del Viceministerio de Políticas y Evaluación Social, responsable de gestionar la implementación y operación del SINAFO, así como conducir las acciones para generar y gestionar información socioeconómica de los hogares; a fin de ponerla a disposición de las intervenciones que usen la clasificación socioeconómica como criterio de elegibilidad, en el ámbito de la información social bajo su custodia;
Que, en tal contexto, la Dirección General de Focalización e Información Social y la Dirección de Diseño y Metodología, en los Informes Nros. D000068 y D000075-2022-MIDIS-DGFIS y los Informes Nros. D000172 y D000195-2022-MIDIS-DDM, respectivamente, sustentan y proponen la conformación de una Comisión de transferencia encargada de la recepción del Registro Nacional de Hogares (RNH) del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS;
Que, por lo expuesto, se ha visto por conveniente constituir una Comisión de transferencia encargada de la recepción del Registro Nacional de Hogares (RNH) del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; de la Dirección General de Focalización e Información; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del MIDIS, aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Creación y objeto de la Comisión.
Créase la Comisión de transferencia encargada de la recepción del Registro Nacional de Hogares (RNH) del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS (En adelante, La Comisión).
La Comisión tiene por objeto coordinar y establecer los mecanismos necesarios para la recepción del Registro Nacional de Hogares (RNH) que será transferido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS, a fin de cumplir con lo establecido en la segunda disposición complementaria transitoria de la Ley Nº 31493, Ley que modifica la Ley Nº 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización.
Artículo 2.- Conformación de la Comisión.
La Comisión está conformada por los siguientes miembros:
1. El/La Viceministro/a de Políticas y Evaluación Social, quien lo preside;
2. El/La Director/a de la Dirección General de Focalización e Información Social, quien ejerce como Secretaría Técnica de la comisión;
3. El/La Jefe/a de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
4. El/La Jefe/a de la Oficina General de Administración;
5. El/La Jefe/a de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
6. El/La Jefe/a de la Oficina General de Tecnologías de la Información.
Artículo 3.- Funciones
La Comisión desarrolla las siguientes funciones:
3.1 Revisar y aprobar el plan de trabajo, con las tareas, responsabilidades y el cronograma para la ejecución y formalización de la transferencia.
3.2 Revisar, cuantificar y validar los recursos presupuestales, bienes muebles e inmuebles, personal, acervo documentario y otros recursos del Registro Nacional de Hogares (RNH) que recibirá el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social de la transferencia.
3.3 Revisar y aprobar el Acta de Entrega y Recepción a ser suscritas por los Titulares del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS.
3.4 Aprobar el informe final sobre la transferencia del Registro Nacional de Hogares (RNH).
3.5 Otras que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto.
Artículo 4.- Coordinación, asesoramiento y apoyo
La Comisión puede convocar al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, cuando su participación se estime necesaria para la consecución de su objeto, sin que ello genere gastos al Tesoro Público. Esta Entidad ejercerá su participación en calidad de invitado de la Comisión. Asimismo, de considerarse necesario, la Comisión podrá autorizar la organización de equipos técnicos con el objeto de dinamizar los mecanismos necesarios para la transferencia del Registro Nacional de Hogares (RNH) del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS.
Artículo 5.- Plazo de instalación y sesiones
La Comisión debe instalarse dentro del plazo máximo de cuatro (4) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución; y, sesionar de manera ordinaria una (1) vez cada dos (2) semanas, pudiendo sesionar de manera extraordinaria conforme sea convocado por la Presidencia de la Comisión.
Artículo 6.- Secretaría Técnica
La Comisión cuenta con una Secretaría Técnica a cargo de la Dirección General de Focalización e Información Social. La Secretaría Técnica convoca a las sesiones de la Comisión y es responsable del registro y custodia de las actas o los acuerdos en cada una de ellas, así como de toda documentación que se genere durante su período de vigencia.
Artículo 7.- Vigencia
La Comisión tiene un plazo de ochenta (80) días calendario, contados a partir del día siguiente de su instalación, para cumplir con el encargo conferido en el artículo 3 de la presente resolución.
Artículo 8.- Financiamiento
El cumplimiento de las funciones de la Comisión se sujeta al presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Los/las integrantes de la Comisión, así como sus representantes, desempeñan sus funciones ad honorem.
Artículo 9.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
2085327-1