Aprueban modificación del Manual de Clasificador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
N° 000102-2022-SUNAT/800000
APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS
Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SUNAT
Lima, 4 de julio de 2022
VISTO:
El Informe Técnico N° 0098-2022-SUNAT/8A0200 emitido por la Oficina de Planificación y Coordinación de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 015-2016/SUNAT, se aprobó el Clasificador de Cargos del grupo ocupacional Especialista de la SUNAT;
Que, con Resolución de Superintendencia N° 033-2017/SUNAT, modificada por Resolución de Superintendencia N° 174-2017/SUNAT y Resoluciones de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N° 010-2019- SUNAT/800000, N° 092-2021-SUNAT/800000 y N° 051-2022-SUNAT/800000, se aprobó el Clasificador de Cargos considerados como Funcionario Público, Empleado de Confianza y Servidor Público – Directivo Superior de la SUNAT;
Que, mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N° 074-2022-SUNAT/800000, se aprobó el Manual de Clasificador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT;
Que, la Autoridad Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE, formalizó la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”;
Que, el numeral 6.1.10 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH indica lo siguiente: “Las modificaciones que se den en el MCC, motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4, 6.1.6 y 6.1.11 de la presente directiva, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7, 6.1.8 y 6.1.9 de la presente Directiva”;
Que, mediante Informe Técnico de Visto, la Oficina de Planificación y Coordinación de Recursos Humanos, en su calidad de unidad orgánica responsable de la elaboración del Manual de Clasificador de Cargos, sustenta la propuesta de modificación del citado instrumento de gestión, a fin de considerar la inclusión de dos (2) clasificaciones adicionales de Supervisor, la primera para un cargo de Supervisor clasificado como Empleado de Confianza (EC) y la otra para un cargo de Supervisor clasificado como Servidor Público - Ejecutivo (SP-EJ);
Que, al respecto, cabe precisar que los cargos de Supervisor ocupados actualmente, permanecerán clasificados como Servidor Público - Directivo Superior (SP-DS), siendo que cuando cambien a situación de previsto se deberán clasificar, a través de reordenamientos de cargos, como Servidor Público - Ejecutivo (SP-EJ);
Que, asimismo, el citado Informe Técnico sustenta la modificación del nombre del cargo de “Superintendente Nacional”, el cual debe cambiar al de “Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria”; la modificación de los requisitos adicionales requeridos para el cargo de Superintendente Nacional Adjunto, así como también de los requisitos para los cargos incluidos en el Grupo Ocupacional de Apoyo como Línea de Apoyo Técnica y que cumplan funciones de chofer;
Que, la Gerencia de Organización y Procesos de la Oficina Nacional de Planeamiento y Estudios Económicos, mediante Informe Nº 017-2022-SUNAT/1V2000, opina favorablemente respecto del alineamiento de la propuesta de modificación del Manual de Clasificador de Cargos con la estructura orgánica de la SUNAT contenida en el Documento de Organización y Funciones Provisional (DOFP) vigente, de acuerdo a lo previsto en el numeral 6.1.7 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH;
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 5.2.2. de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE; lo señalado en el Informe Técnico N° 098-2022-SUNAT/8A0200 de la Oficina de Planificación y Coordinación de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, y en uso de las facultades conferidas por los incisos a) y c) del artículo 16 del Documento de Organización y Funciones Provisional - DOFP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 000065-2021/SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la modificación del Manual de Clasificador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria- SUNAT, de conformidad con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Derogar la Nota al Pie N° 12 del Manual de Clasificador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria- SUNAT.
Artículo 3.- Aprobar el cambio en la denominación del actual cargo de “Superintendente Nacional”, por el de “Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria”.
Artículo 4.- Aprobar la modificación de los requisitos adicionales para el cargo de Superintendente Nacional Adjunto en lo correspondiente al literal b), en los siguientes términos: “Ser director, funcionario, asesor o trabajador de entidades privadas o de empresas del Estado. Este impedimento no aplica en el caso del cargo de director o miembro de un directorio donde la SUNAT tenga representatividad institucional”.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de su Anexo en el Diario Oficial “El Peruano”, en la Sede Digital de la SUNAT (www.gob.pe/sunat) y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERRER ANÍVAR RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
Superintendente Nacional Adjunto de
Administración y Finanzas
ANEXO
Clasificación |
Sigla |
Cargo estructural |
Empleado de Confianza |
EC |
SUPERVISOR 1 |
Funciones del cargo estructural: |
||
- Apoyar las labores de control y seguimiento al cumplimiento de las metas y objetivos establecidos en el Plan Operativo Institucional, de acuerdo a su competencia funcional. - Efectuar la distribución de las tareas entre el personal bajo su supervisión. - Realizar y reportar las acciones de supervisión y control de las tareas asignadas al personal bajo su supervisión. - Proponer mejoras inherentes a sus funciones específicas, orientadas a mejorar la productividad del equipo a su cargo y los objetivos estratégicos correspondientes a su órgano y a otros vinculados. |
||
Requisitos del cargo estructural: |
||
Formación académica |
||
a) Nivel educativo |
||
Universitario completo. |
||
b) Grado/situación académica |
||
- Título profesional, o grado de bachiller1 con maestría concluida6. - Haber aprobado el Curso Aduanero y Tributario o equivalente, cuando corresponda7. |
||
Experiencia |
||
a) Experiencia general |
||
- Experiencia profesional no menor de cuatro (04) años, pudiendo incluir experiencia profesional específica relacionada a las funciones del cargo. |
||
b) Experiencia específica (desarrollando funciones similares y/o en cargos similares y/o en el Sector Público) |
||
- Experiencia profesional relacionada a las funciones del cargo no menor de tres (3) años, dentro de los ocho (8) últimos años13.10 |
||
Requisitos adicionales |
||
- Conocimientos de ofimática a nivel usuario. |
Clasificación |
Sigla |
Cargo estructural |
Servidor Público - Ejecutivo |
SP - EJ |
SUPERVISOR 211 |
Funciones del cargo estructural: |
||
- Apoyar las labores de control y seguimiento al cumplimiento de las metas y objetivos establecidos en el Plan Operativo Institucional, de acuerdo a su competencia funcional. - Efectuar la distribución de las tareas entre el personal bajo su supervisión. - Realizar y reportar las acciones de supervisión y control de las tareas asignadas al personal bajo su supervisión. - Proponer mejoras inherentes a sus funciones específicas, orientadas a mejorar la productividad del equipo a su cargo y los objetivos estratégicos correspondientes a su órgano y a otros vinculados. |
||
Requisitos del cargo estructural: |
||
Formación académica |
||
a) Nivel educativo |
||
Universitario completo. |
||
b) Grado/situación académica |
||
- Título profesional, o grado de bachiller1 con maestría concluida6. - Haber aprobado el Curso Aduanero y Tributario o equivalente, cuando corresponda7. |
||
Experiencia |
||
a) Experiencia general |
||
- Experiencia profesional no menor de tres (03) años, en la SUNAT, pudiendo incluir experiencia profesional específica relacionada a las funciones del cargo. |
||
b) Experiencia específica (desarrollando funciones similares y/o en cargos similares y/o en el Sector Público) |
||
- Experiencia profesional relacionada a las funciones del cargo no menor de dos (2) años, dentro de los ocho (8) últimos años13.10 |
||
Requisitos adicionales |
||
- Conocimientos de ofimática a nivel usuario. |
||
Notas al Pie: |
||
(…) |
||
11/ Supervisor 2: |
||
El cargo de Supervisor 2 comprende también al coordinador administrativo encargado del Centro Binacional de Atención en Frontera - CEBAF. |
||
(…) 16/ Para los cargos incluidos en el Grupo Ocupacional De Apoyo como Línea de Apoyo Técnica y que cumplan funciones de chofer, los requisitos a considerar serán los establecidos como Requisitos del cargo estructural, para el cargo de Auxiliar, en reemplazo de los que correspondan a dichos cargos de la Línea de Apoyo Técnica. |
2083175-1