Aprueban el Reglamento del sorteo público de premios por el pago puntual de obligaciones tributarias en el distrito de San Juan de Miraflores
ORDENANZA N° 466/MDSJM
San Juan de Miraflores, 28 de junio de 2022
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN
DE MIRAFLORES
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 600-2022-MDSJM-GAT-SGRT de la Subgerencia de Recaudación Tributaria, con la propuesta para el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el procedimiento del Sorteo Público de premios por el pago puntual de Obligaciones Tributarias en el distrito de San Juan de Miraflores y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, mediante Informe N.º 600-2022-SGRT-GAT/MDSJM la Subgerencia de Recaudación Tributaria, presenta la propuesta de ordenanza, justificada dentro de la actual coyuntura económica y social que atraviesa el país por la vigencia del Estado de Emergencia Sanitaria y Estado de Emergencia Nacional dispuesto por el Ejecutivo, la cual sigue prorrogándose por las graves circunstancias que viene originando la pandemia del COVID-19, y que ha generado el incumplimiento de las obligaciones formales de pago; razón por la cual resulta necesario incentivar a los vecinos del distrito, que cumplan con sus obligaciones tributarias pendientes de cancelación, con el fin de mitigar el impacto económico.
Que, siendo una política de gestión municipal promover, impulsar e incentivar el pago de impuesto predial y arbitrios municipales de los contribuyentes en el distrito de San Juan de Miraflores, acorde a las necesidades del distrito, es necesario establecer en la jurisdicción del distrito el reconocimiento a los vecinos que cumplen puntualmente con el pago de sus obligaciones tributarias, de las cuales son sujetos pasivos en esta jurisdicción.
Que, la presente Administración considera pertinente disminuir el grado de morosidad de las obligaciones tributarias de los contribuyentes del Distrito de San Juan de Miraflores, incentivando a través del sorteo tributario, la disminución de la brecha de morosidad.
Que, el artículo 20º del Texto Único ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, modificado por el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1286, señala que el rendimiento del impuesto constituye renta de la Municipalidad Distrital respectiva en cuya jurisdicción se encuentren ubicados los predios materia del impuesto estando a su cargo la administración del mismo; el 5% (cinco por ciento) del rendimiento del Impuesto, se destina exclusivamente a financiar el desarrollo y mantenimiento del catastro distrital, así como a las acciones que realice la administración tributaria, destinadas a reforzar su gestión y mejorar la recaudación.
Que, mediante Memorándum Nº 204-2022-GPP/MDSJM la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, señala que, habiendo revisado y evaluado el Proyecto de ordenanza propuesto, precisa que este contribuye al objetivo estratégico de disminuir la morosidad en los tributos municipales, así como impulsa el cumplimiento de la Meta 2 del Programa de Incentivos a la modernización Municipal del año 2022.
Que, mediante Informe N° 131-2022-GAJ/MDSJM, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente la aprobación del Proyecto de Ordenanza que aprueba el procedimiento del sorteo público de premios por el pago puntual de obligaciones tributarias en el distrito de San Juan de Miraflores.
Que, estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por los numerales 8 y 9 del artículo 9º y los artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto por UNANIMIDAD del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DEL SORTEO PÚBLICO DE PREMIOS POR EL PAGO PUNTUAL DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES”
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Sorteo para los Vecinos Puntuales de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (SORTEOS 2022), el mismo que consta de dieciséis (16) artículos y un Anexo, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- CONFORMAR la Comisión Organizadora del Sorteo para los Vecinos Puntuales de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (SORTEOS 2022), que estará integrada por los funcionarios de las unidades orgánicas mencionadas en el artículo 9º del Reglamento, precisándose que dicha comisión se encargará de organizar, controlar y ejecutar el sorteo, así como de las acciones necesarias para tal efecto.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Registro, Control y Orientación al Contribuyente, Subgerencia de Recaudación Tributaria, Subgerencia de Administración Documentaria, Archivo y Transparencia, y Subgerencia de Tecnología de la Información y Soporte Informático.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza y el reglamento correspondiente en el Diario Oficial “El Peruano”, a la Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico su publicación en el Portal Institucional: www.munisjm.gob.pe
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
DANIEL CASTRO SEGURA
Alcalde
REGLAMENTO DEL SORTEO PÚBLICO DE PREMIOS POR EL PAGO PUNTUAL DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
1. FINALIDAD:
Reconocer y premiar la puntualidad en el cumplimiento de obligaciones tributarias de los vecinos del distrito de San Juan de Miraflores, tales como el pago oportuno del impuesto predial y arbitrios municipales, así como incentivar a aquellos contribuyentes a adoptar una cultura de pago puntual, con lo cual se consolida las políticas de gestión tributaria municipal y se reduce los índices de morosidad.
2. OBJETO:
Establecer las disposiciones que regulen el desarrollo de los Sorteos para los Vecinos Puntuales de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores para el Año 2022 (en adelante SORTEOS 2022), el mismo que se encuentra destinado a premiar a los contribuyentes que cumplieron oportunamente con sus obligaciones tributarias.
3. ALCANCE:
La presente ordenanza tendrá alcance a todas las unidades orgánicas de esta Corporación Edil, quienes se encargarán de su debida ejecución, así como para las personas que sean consideradas en el presente Reglamento.
4. BASE LEGAL:
Constitución Política del Perú.
- Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.
- Decreto Supremo Nº 156-2004-EF
- Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal.
- Ordenanza N° 417-2019 “Ordenanza que Aprueba la Modificación Parcial Del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad de San Juan de Miraflores”.
- Decreto Supremo N° 3667-2021-EF, ‘’Aprueban los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2022, y dictan otras disposiciones’’.
- Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, modificado por el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1286.
5. FECHA DEL SORTEO:
Los sorteos se realizarán en dos fechas, el primero en el mes de setiembre del 2022 y el segundo en el mes de diciembre de 2022, ambos se realizarán en las instalaciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores.
6. VIGENCIA:
El presente Reglamento rige a partir del día siguiente de su aprobación y promulgación en el Diario Oficial “El Peruano”.
7. ACOGIMIENTO Y PARTICIPANTES:
Participarán en los SORTEOS 2022, aquellos contribuyentes de la Municipalidad de Distrital de San Juan de Miraflores inscritos en la base de datos del Sistema de Administración Tributaria de acuerdo al siguiente detalle:
7.1 Personas naturales.
7.2 Los representantes acreditados de las Sucesiones Intestadas, siempre que se trate de persona natural y sea parte de la Sucesión Intestada (debidamente inscritas en Registros Públicos).
7.3 Los representantes acreditados de las Sucesiones Indivisas, siempre que se trate de persona natural y que sea parte de la Sucesión Indivisa.
Los cuales deben de cumplir simultáneamente los siguientes requisitos:
- Registrar un (01) predio con uso de casa habitación. La utilización parcial del predio con fines productivos (solo Comercio 1) no afecta el derecho de participar en los sorteos. Serán considerados como elementos accesorios del predio: los estacionamientos, depósitos, tendales, etc.
- No registren obligación tributaria vencida pendiente de pago o fraccionada, tanto del ejercicio fiscal corriente, como de períodos anteriores. Asimismo, no deberán registrar deuda por derecho de emisión, multas tributarias, costas y gastos administrativos.
7.4 Que deberán contar con cualquiera de las siguientes condiciones:
- Si el contribuyente ha cancelado el total del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2022, con fecha de pago al 30 de abril del 2022 y no presentan deudas tributarias de años anteriores, estos contribuyentes tendrán cinco (05) opciones en el sorteo.
- Si el contribuyente ha cancelado el Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2022 dentro de los plazos de vencimientos trimestrales del año 2022 y no presentan deudas de años anteriores, estos contribuyentes tendrán cuatro (04) opciones en el sorteo.
- Si el contribuyente ha cancelado el Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales hasta el 31 de Julio del año 2022 y no presentan deudas de años anteriores, tendrá tres (3) opciones en el sorteo.
- Si el contribuyente ha cancelado el Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales, hasta el último día hábil del mes anterior al sorteo, estos contribuyentes tendrán dos (02) opciones en el sorteo.
Además, independientemente de que el Contribuyente califique en los numerales 7.1, 7.2, 7.3 o 7.4 éste no deberá contar con algún proceso contencioso o no contencioso, en materia de deuda, contra la municipalidad y que éste se encuentre en trámite, debiendo desistirse de ellos, si lo tuvieran. Los contribuyentes que cumplan con los requisitos señalados, integrarán el padrón de contribuyentes hábiles para los sorteos 2022.
8. DE LAS EXCLUSIONES:
Se encuentran excluidos de participar en los SORTEOS 2022:
8.1. El Alcalde del Distrito.
8.2. Los Regidores del Concejo.
8.3. Los funcionarios, trabajadores nombrados, así como el personal contratado cualquiera fuera la modalidad de su contrato.
8.4. Cónyuges y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad de las personas señaladas en los incisos 8.1., 8.2. y 8.3. 8.4. Sucesiones Intestadas no inscritas en los Registros Públicos.
9. COMISIÓN ORGANIZADORA
La Comisión Organizadora de los SORTEOS 2022, estará encargada de organizar, controlar y ejecutar los sorteos a que hace referencia el presente Decreto y estará integrada por las siguientes unidades orgánicas:
- Gerencia de Administración Tributaria. Presidente.
- Subgerencia de Registro, Control y Orientación al Contribuyente, como Secretario.
- Gerencia de Planeamiento y Presupuesto.
- Gerencia de Administración y Finanzas.
- Subgerencia de Recaudación Tributaria.
- Subgerencia de Presupuesto y Programación de Inversiones.
- Subgerencia de Tecnología de la Información y Soporte Informático.
- Subgerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial.
- Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional.
10. FINANCIAMIENTO:
Para los fines de financiamiento de los premios la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto dispondrá las acciones administrativas y presupuestarias que correspondan a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ordenanza.
11. PREMIOS:
Los premios que se otorgarán para cada uno de los SORTEOS 2022 son los siguientes:
a) Un (1) vehículo minivan.
b) Cinco (5) TV de 55’ pulgadas.
c) Cinco (5) refrigeradoras.
d) Dos (2) motos eléctricas.
e) Diez (10) Kits de 3 artefactos (Plancha, olla arrocera, licuadora).
12. DEL SORTEO DE LOS PREMIOS:
El Sorteo de los Premios se realizará previa emisión del Padrón de Contribuyentes Aptos, elaborado por la Subgerencia de Tecnología de la Información y Soporte Informático y de la Gerencia de Administración Tributaria, quien brindará conformidad al mismo, ello con la finalidad de que éste se encuentre debidamente actualizado donde se determinará una lista de contribuyentes que tengan la condición de Aptos para entrar a dicho Sorteo, siendo el ultimo día hábil del mes anterior al sorteo el cierre del Padrón en mención.
Las opciones serán asignadas virtualmente a cada contribuyente de acuerdo a la fecha de cumplimiento total de sus obligaciones, asimismo se señalará los códigos de los integrantes del referido Padrón, a efectos de que sean insertos al procedimiento del sorteo virtual de todos los premios estipulados en el presente reglamento, el cual estará a cargo de la Comisión Organizadora de los SORTEOS 2022, previa verificación por el Notario Público, para luego proceder a efectuar el respectivo Sorteo.
13. REGLAS DEL SORTEO:
El Sorteo se llevará a cabo en acto público, contando además con la presencia de un Notario Público, quién se encargará de dar fe de los actos de cada Sorteo y de la actuación de la Comisión Organizadora de los SORTEOS 2022.
14. PARA LOS PREMIOS:
Los premios para los SORTEOS 2022 se llevará a cabo entre todos los contribuyentes puntuales que se establezcan en el Padrón a que hace referencia el numeral 11 del presente Reglamento, no requiriendo que se encuentren presentes al momento y durante la realización del Sorteo, precisándose a su vez que habrá un ganador (01) por cada premio sorteado.
La entrega de los premios estará a cargo del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, este hará entrega del premio al contribuyente (beneficiario) o representante del mismo, debidamente acreditado mediante carta poder con firma legalizada ante notario, quien deberá suscribir el Acta de Entrega del premio en señal de conformidad, en presencia del Notario Público, Alcalde y Comisión Organizadora del Sorteo.
La notificación al ganador del premio, estará a cargo de la Comisión Organizadora de los SORTEOS 2022, luego de haberse determinado su condición de ganador, realizando la debida notificación al día siguiente de realizado el Sorteo, para que haga efectivo el recojo del premio especial en la sede de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores.
Cuando el día del plazo o la fecha determinada para notificar es inhábil o por cualquier otra circunstancia, la atención al público ese día no funcione durante el horario normal, se entiende que el plazo para notificar es prorrogado hasta el primer día hábil siguiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 134º, numeral 134.2) de la Ley de Procedimiento Administrativo General.
Finalmente, si fuera que por causas atribuibles a, caso fortuito o fuerza mayor, el sorteo de premios tuviera que suspenderse, la Comisión Organizadora de los SORTEOS 2022, oportunamente comunicará en coordinación con la Subgerencia de Tecnología de la Información y Soporte Informático, nueva fecha y hora para llevar a cabo el sorteo de los premios pendientes de sortear.
15. PLAZO PARA RECLAMAR LOS PREMIOS:
El plazo para reclamar el premio especial culminará a los treinta (30) días calendarios, contados a partir de la notificación del ganador por la Comisión Organizadora de los SORTEOS 2022, siendo el caso que, mientras el premio no sea reclamado, la Gerencia de Administración Tributaria fungirá en calidad de custodio, para tal efecto una vez vencido el plazo este perderá el derecho a reclamarlo.
Asimismo, si el ganador hubiera cumplido con reclamar el premio, y éste no cumpliera con las exigencias del artículo 7º y/o se encontrará incurso en las causales de exclusión del artículo 8º del presente Reglamento y/o hubiera vulnerado el plazo para reclamar el premio en cuestión, no habrá lugar a reclamo alguno, dicho premio será incorporado al próximo sorteo, debiendo la Comisión Organizadora de los SORTEOS 2022, dejar constancia de tal situación en la correspondiente Acta.
16. DIFUSIÓN DE LOS RESULTADOS DEL SORTEO
La difusión de los resultados conteniendo los ganadores de los SORTEOS 2022, estará a cargo de la Subgerencia de Tecnología de la Información y Soporte Informático quien los publicará en la página web de esta Corporación Edil, inmediatamente después de realizado el Sorteo.
Los resultados permanecerán publicados por un lapso de treinta (30) días hábiles posteriores al sorteo en la página web institucional de la Municipalidad.
ANEXO
Cuadro N° 01 - Precios estimados de los
premios a sortear
2082566-1