Autorizan emisión de duplicado de diploma de Bachiller en Educación con Especialidad de Matemática e Informática, de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco

UNIVERSIDAD NACIONAL

DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

RESOLUCIÓN Nº CU-141-2022-UNSAAC

Cusco, 6 de junio de 2022

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD

NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO:

VISTO, el Expediente Nº 413719, presentado por Don ABEL HUILLCA CONDOR, egresado de la Escuela Profesional de Educación de la Facultad de Educación y Ciencias de la Comunicación de la Institución, solicitando la emisión de duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Educación con Especialidad de Matemática e Informática, por motivo de pérdida, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 28626 y la modificatoria del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país, aprobado por Resolución Nº 1256-2013-ANR, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grado s y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación; siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; norma concordante con el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/ CD, de fecha 18 de diciembre de 2015 y modificado por Resolución del Consejo Directivo Nº 038-2016-SUNEDU/CD de fecha 11 de noviembre de 2016 y Resolución de Consejo Directivo Nº 010-2017-SUNEDU/CD de fecha 16 de marzo de 2017;

Que, el otorgamiento de Duplicado de Diploma de Grados y Títulos Profesionales emitidos por la Universidad Nacional de San Antonio Abad de Cusco, está regulado por la Directiva aprobada por Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC, de 09 de febrero de 2006, actualizada por Resolución Nº R-1152-2017-UNSAAC, de fecha 19 de setiembre de 2017;

Que, el administrado mediante expediente del Visto, solicita emisión duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Educación con Especialidad de Matemática e Informática, por la causal pérdida del original, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos exigidos en la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Grados y títulos Profesionales emitidos por la UNSAAC;

Que, mediante Informe Nº 023-2022-GT-UNSAAC, el Equipo de Grados y Títulos de Secretaría General, en atención al Oficio Nº 259-2022-FEDyCs.C.-UNSAAC cursado por el Decano de la Facultad de Educación y Ciencias de la Comunicación, hace de conocimiento que, en la Escuela Profesional de Educación, obra la resolución Nº 001-D-2007-FED-UNSAAC de fecha 28 de febrero de 2007 que aprueba el expediente de Don Abel Huillca Condor para optar al Grado Académico de Bachiller Educación con Especialidad de Matemática e Informática;

Que, asimismo señala, de acuerdo a la Base de Datos y el Libro de Registros del Equipo de Grados y Títulos, el administrado ha optado al Grado Académico de Bachiller en Educación con Especialidad de Matemática e Informática, según consta de la Resolución Nº CU-0582-2007-GT-UNSAAC de fecha 19 de febrero de 2007, inscrito en el Libro 11-B, Folio 740, de la Oficina de Secretaria General. Asimismo, se verificó que el diploma se encuentra inscrito en el Registro de Grados y Títulos de la SUNEDU;

Que, la petición formulada por el administrado ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria Virtual efectuada el día miércoles 01 de junio de 2022, siendo aprobada por unanimidad;

Estando a lo referido, al acuerdo adoptado por el Consejo Universitario y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario;

RESUELVE:

Primero.- AUTORIZAR a la Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA de Grado Académico de Bachiller en Educación con Especialidad de Matemática e Informática, a favor de Don ABEL HUILLCA CONDOR egresado de la Escuela Profesional de Educación de la Facultad de Educación y Ciencias de la Comunicación de la Institución, por motivo de perdida y por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, anulándose el diploma otorgado anteriormente.

Segundo.- DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU.

Tercero.- DISPONER que la Oficina de Trámite Documentario y Comunicaciones de la UNSAAC, notifique bajo cargo la presente Resolución a la interesada.

Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, bajo responsabilidad.

La Secretaría General deberá adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

ELEAZAR CRUCINTA UGARTE

Rector

MYLUSKA VILLAGARCIA ZERECEDA

Secretaria General (e)

2081679-1