Crean la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores con sede en la ciudad de Huaraz, departamento de Ancash

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0391-2022-RE

Lima, 24 de junio de 2022

VISTOS:

La Hoja de Trámite (GAC) Nº 2786 de fecha 08 de noviembre de 2021 emitida por el Despacho Viceministerial; el Memorándum (DDF) Nº DDF006282021 de fecha 10 de diciembre de 2021 de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza de la Dirección General de América; el Memorándum (ORH) Nº ORH017692021 de fecha 20 de diciembre de 2021 de la Oficina General de Recursos Humanos; el Memorándum (LEG) Nº LEG00332022 de fecha 10 de enero de 2022 de la Oficina General de Asuntos Legales; el Memorándum (OPP) Nº OPP002242022 de fecha 07 de febrero de 2022 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el informe de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza de la Dirección General de América DDF Nº 005-2022 del 22 de febrero de 2022 y su informe complementario (Nº 024-2022, del 29 de abril de 2022);

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-2002-RE, se crean las Oficinas Descentralizadas del Ministerio de Relaciones Exteriores (actualmente oficinas desconcentradas) como órganos que impulsarán la ejecución de la estrategia de desarrollo fronterizo del país, la inserción de las capacidades locales en la economía regional y mundial y el aprovechamiento eficiente, en las zonas concernidas, de los acuerdos binacionales y regionales de integración y cooperación en los que participa el Perú, apoyando el proceso de descentralización del país;

Que, el artículo 135 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE (en adelante ROF), establece que las Oficinas de este Ministerio en diferentes puntos del país son órganos desconcentrados que dependen del Despacho Viceministerial y funcionalmente de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza de la Dirección General de América, la cual de acuerdo a lo establecido en el literal n) del artículo 69 del ROF, tiene como función específica el dirigir y supervisar a las Oficinas Desconcentradas de este Ministerio, en los ámbitos de su competencia, promoviendo las relaciones de dichas oficinas con los gobiernos regionales, locales y la sociedad civil. Asimismo, el citado artículo dispone que las Oficinas Desconcentradas estarán ubicadas en la ciudad capital de cada departamento y tendrán como circunscripción el territorio del mismo, pudiendo abarcar más de un departamento en forma concurrente;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 020-2002-RE que crea las Oficinas Descentralizadas del Ministerio (actualmente Oficinas Desconcentradas), en tanto las previsiones presupuestales lo permitan, progresivamente por Resolución Ministerial, se instalarán en otras ciudades del país;

Que, mediante Informe DDF Nº 005-2022 y su informe complementario (Nº 024-2022, del 29 de abril de 2022), ambos elaborados por la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza de la Dirección General de América, se recomienda la creación de una Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores con sede en la ciudad de Huaraz, departamento de Ancash, precisando que en el actual contexto de priorización de la descentralización y de impulso de una diplomacia descentralizada, la misma permitirá poner a disposición de un mayor número de ciudadanos los servicios que ofrecen las Oficinas Desconcentradas. Así como poner a disposición de las autoridades regionales y locales de la circunscripción, un asesoramiento más cercano en temas internacionales, especialmente de cooperación internacional y promoción económica, impulsando así una mayor inserción en las tendencias nacionales y globales, factor muy importante en el actual contexto de reactivación económica;

Que, de acuerdo con los referidos informes, se ha considerado la creación de una Oficina Desconcentrada en la ciudad de Huaraz, departamento de Ancash, teniendo en cuenta que es uno de los tres departamentos de mayor densidad poblacional que aún no cuenta con la presencia de este tipo de dependencia de Cancillería. En ese sentido, será posible atender una mayor demanda de servicios de legalización, apostilla y otros trámites;

Que, en atención a lo antes expuesto, es necesario reforzar la labor del Ministerio de Relaciones Exteriores en dicha circunscripción territorial mediante la creación de una Oficina Desconcentrada en la ciudad de Huaraz, departamento de Ancash;

Que, mediante Memorándum (OPP) Nº OPP002242022, de 07 de febrero de 2022, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informa que se han previsto los recursos presupuestales para financiar la creación y funcionamiento de la Oficina Desconcentrada en la ciudad de Huaraz, departamento de Ancash;

Con los visados de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asuntos Legales, de la Secretaría General, y de la Oficina General de Recursos Humanos;

Estando a lo expuesto, de conformidad con la Ley Nº. 29357 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Decreto Supremo Nº 020-2002-RE que crea Oficinas Descentralizadas del Ministerio;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Creación de la Oficina Desconcentrada en Ancash

Crear la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores con sede en la ciudad de Huaraz, departamento de Ancash.

Artículo 2.- Implementación

Encargar a la Oficina General de Administración, como a la Oficina General de Recursos Humanos, en coordinación con la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza de la Dirección General de América, conforme a sus competencias funcionales, la implementación de la Oficina Desconcentrada creada mediante la presente Resolución.

Artículo 3.- Oportunidad

La fecha de inicio del funcionamiento de la Oficina Desconcentrada en Ancash se determinará a través de Resolución de Secretaría General, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR LANDA ARROYO

Ministro de Relaciones Exteriores

2080959-4