Decreto Supremo que ratifica el Acta de Ginebra del Arreglo de Lisboa relativo a las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas

DECRETO SUPREMO

Nº 040-2022-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el “Acta de Ginebra del Arreglo de Lisboa relativo a las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas” fue adoptada, el 20 de mayo de 2015, en el marco de la Conferencia Diplomática convocada por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) que se celebró en Ginebra (Suiza) del 11 al 21 de mayo del mismo año; y, aprobada mediante la Resolución Legislativa Nº 31444, de 6 de abril de 2022;

Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación interna del citado tratado;

Estando al Informe (DGT) Nº 044-2018; y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 56º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y por el primer párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647;

DECRETA:

Artículo 1º.- Ratifícase el “Acta de Ginebra del Arreglo de Lisboa relativo a las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas”, adoptada el 20 de mayo de 2015, en el marco de la Conferencia Diplomática convocada por la OMPI que se celebró en Ginebra (Suiza) del 11 al 21 de mayo del mismo año; y, aprobada mediante la Resolución Legislativa Nº 31444, de 6 de abril de 2022.

Artículo 2º.- El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el texto íntegro del referido tratado y la fecha de su entrada en vigor.

Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de junio del año dos mil veintidós.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES

Presidente de la República

CÉSAR LANDA ARROYO

Ministro de Relaciones Exteriores

2079319-3