Reemplazan los valores contenidos en el Cuadro N° 1 del Artículo 1 de la Resolución N° 059-2022-OS/CD

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN

N° 131-2022-OS/CD

Lima, 17 de junio de 2022

CONSIDERANDO:

Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración interpuestos contra la Resolución N° 059-2022-OS/CD, mediante la cual se modificaron los Peajes y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmisión (“SST”) de las empresas Red Eléctrica del Sur S.A. (en adelante “REDESUR”) e Interconexión Eléctrica ISA Perú S.A. (en adelante “ISA PERÚ”), como consecuencia de la liquidación anual de los Ingresos de los Contratos tipo BOOT–SST para el periodo mayo 2022 – abril 2023, se han expedido las Resoluciones N° 112-2022-OS/CD y N° 128-2022-OS/CD que resuelven los recursos de las empresas REDESUR e ISA PERÚ, respectivamente, contra la Resolución N° 059-2022-OS/CD;

Que, en la parte resolutiva de determinadas decisiones señaladas en el considerando anterior, se ha dispuesto que las modificaciones Peajes y Compensaciones para los SST de las empresas REDESUR e ISA PERÚ de la Resolución N° 059-2022-OS/CD, que motiven los extremos declarados fundados y fundados en parte, deberán aprobarse mediante resolución complementaria;

Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración presentados y de revisiones posteriores efectuadas por Osinergmin, sobre los temas incluidos en dicha resolución, se ha determinado la necesidad de corregir de oficio rubros a ser subsanados por Osinergmin;

Que, se ha emitido el Informe N° 384-2022-GRT de la División de Generación y Transmisión Eléctrica de la Gerencia de Regulación de Tarifas, el cual complementa la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin para la emisión de la presente resolución, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 28832, Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la Generación Eléctrica; en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modificatorias y complementarias;

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 19-2022.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Reemplazar los valores contenidos en el Cuadro N° 1, del Artículo 1 de la Resolución N° 059-2022-OS/CD, por los valores siguientes:

Cuadro Nº 1.- Peaje del SST de ISA PERÚ y REDESUR

Titular de Transmisión

Subesta-

ciones

Base

Tensión

kV

Sistemas Eléctricos a los que se aplica el cargo [1]

Instalaciones

del SST

Peaje

Ctm. S//kWh

(…)

(…)

(…)

(…)

(…)

(…)

ISA-PERÚ

Pucallpa

60

Pucallpa, Campo Verde

SST Aguaytía-Pucallpa, S.E. Aguaytía 220/138/22,9 kV, S.E. Pucallpa 138/60/10 kV, Reactor 8 MVAR [2]

1,6328

(…)

Artículo 2.- Incorporar el Informe N° 384-2022-GRT, como parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, y consignarla junto con el Informe N° 384-2022-GRT y las hojas de cálculo que sustentan los resultados de la liquidación, en el Portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2022.aspx.

Omar Chambergo Rodríguez

Presidente del Consejo Directivo

2078867-1