Otorgan a favor de ELECTRONORTE S.A. la concesión definitiva para desarrollar actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 60 kV S.E.P. Lambayeque - S.E.P. Illimo”, ubicada en el departamento de Lambayeque

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 214-2022-MINEM/DM

Lima, 8 de junio de 2022

VISTOS: El Expediente Nº 14395921, relacionado a la solicitud de otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 60 kV S.E.P. Lambayeque – S.E.P. Illimo” presentada por Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. – ELECTRONORTE S.A.; el Informe Nº 257-2022-MINEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 0503-2022-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento con registro Nº 3107800 de fecha 31 de diciembre de 2020, la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. – ELECTRONORTE S.A. solicita el otorgamiento de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 60 kV S.E.P. Lambayeque – S.E.P. Illimo”, ubicada en los distritos de Lambayeque e Illimo, provincia y departamento de Lambayeque;

Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomiendan otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 60 kV S.E.P. Lambayeque – S.E.P. Illimo”, presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. – ELECTRONORTE S.A.;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y sus normas modificatorias; el Reglamento de la Ley de Concesiones aprobado con Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 038-2014-EM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. – ELECTRONORTE S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 60 kV S.E.P. Lambayeque – S.E.P. Illimo”, ubicada en los distritos de Lambayeque e Illimo, provincia y departamento de Lambayeque, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:

Salida/Llegada de la

Línea de Transmisión

Tensión

(kV)

Nº de

Ternas

Longitud

(km)

Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m)

SEP Lambayeque – SEP Illimo

60

01

27,63 - aéreo

16

0,12 - subterráneo

Subestaciones

Características técnicas

Ampliación de SEP Lambayeque

Comprenderá la implementación de una celda de barra en 60 kV que contará con 03 Transformadores de tensión capacitivo de 72,5 kV, 03 transformadores de corriente de 72,5 kV, 01 seccionador de barra Tripolar de disposición vertical, 01 Interruptor de Potencia Trifásico a gas SF6 72,5 kV, 01 seccionador de Línea Tripolar con cuchilla de puesta a tierra, Tablero de Protección, control y medición y Sistema de Servicios Auxiliares.

Ampliación de SEP Illimo

Comprenderá la implementación de una celda de barra en 60 kV que contará con 03 Transformadores de tensión capacitivo de 72,5 kV, 03 transformadores de corriente de 72,5 kV, 01 seccionador de barra Tripolar de disposición vertical, 01 Interruptor de Potencia Trifásico a gas SF6 72,5 kV, 01 seccionador de Línea Tripolar con cuchilla de puesta a tierra, Tablero de Protección, control y medición y Sistema de Servicios Auxiliares.

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 573-2022 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. – ELECTRONORTE S.A. el cual consta de 19 cláusulas y 3 anexos.

Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión Nº 573-2022 aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión Nº 573-2022, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial “El Peruano”, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. – ELECTRONORTE S.A. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALESSANDRA G. HERRERA JARA

Ministra de Energía y Minas

2077471-1