Disponen, como medida excepcional, que el día lunes 13 de junio de 2022 se realicen de forma virtual las audiencias, vistas de causa, juicios orales y otras actuaciones judiciales, programadas en dicho día por los órganos jurisdiccionales del país

Presidencia del Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000061-2022-P-CE-PJ

Lima, 11 de junio del 2022

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2022-PCM publicado en el Diario Oficial del Bicentenario El Peruano con fecha 11 de junio del año en curso, se declara día no laborable sujeto a compensación, a nivel nacional, para los trabajadores del sector público, el día lunes 13 de junio de 2022; estableciéndose que los titulares de las entidades públicas adoptarán las medidas necesarias, para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean esenciales e indispensables para la sociedad.

Segundo. Que, en el marco de la autonomía e independencia del Poder Judicial para el ejercicio de la función jurisdiccional, es preciso emitir disposiciones que permitan hacer viable el cumplimiento de los principios establecidos en el artículo 6º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, entre ellos, los de celeridad y de economía procesal, cuando se producen acontecimientos que de algún modo afecten dichos principios.

Tercero. Que, en la línea de lo expuesto precedentemente, la emisión del Decreto Supremo Nº 068-2022-PCM ocasiona al interno del Poder Judicial diversas consecuencias procesales, como el quiebre (dejar sin efecto lo avanzado) de juicios orales de juzgamiento (materia penal) y la reprogramación de actos procesales previamente agendados, con el consiguiente perjuicio de la actividad jurisdiccional; así como a las partes procesales.

Cuarto. Que, considerando el retraso de las actividades jurisdiccionales ocasionado por la pandemia del COVID-19, y teniendo en cuenta que en armonía con lo establecido por el artículo 122º de la mencionada ley orgánica, la actividad jurisdiccional comprende todo el año calendario y no puede ser interrumpida por ningún motivo, salvo las excepciones que establece la ley y los reglamentos; esta presidencia, considera necesario dictar medidas administrativas que coadyuven al impulso de los procesos en general, garantizando así la tutela procesal efectiva a los justiciables.

Quinto. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de éste Órgano de Gobierno; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer, como medida excepcional, que el día lunes 13 de junio de 2022 se realicen de forma virtual las audiencias, vistas de causa, juicios orales y otras actuaciones judiciales, programadas en dicho día por los órganos jurisdiccionales del país; habilitándose la referida fecha para tales efectos.

La presente disposición no afecta el cómputo de los plazos procesales.

Artículo Segundo.- Delegar a los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país a dictar medidas complementarias, de acuerdo a cada realidad de los Distritos Judiciales.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidenta del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Presidentes y Presidentas de las Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ministerio Público, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ELVIA BARRIOS ALVARADO

Presidenta

2077296-1