Designan funcionarios responsables de entregar la información de acceso público en las jurisdicciones de su competencia, a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000109-2022/JNAC/RENIEC
Lima, 13 de junio de 2022
VISTOS:
Los Informes N° 000001-2022/SGEN/OGD/RENIEC (07ABR2022) y N° 000010-2022/SGEN/OGD/RENIEC (26MAY2022) de la Oficina de Gestión Documental; la Hoja de Elevación N° 000030-2022/DSR/RENIEC (22ABR2022) de la Dirección de Servicios Registrales; el Informe N° 000003-2022/OIR/RENIEC (25MAY2022) de la Oficina de Integridad y Riesgos; los Informes N° 000119-2022/OAJ/RENIEC (27ABR2022) y 000273-2022/OAJ/RENIEC (01JUN2022) y la Hoja de Elevación N° 000009-2022/OAJ/RENIEC (13ABR2022) de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, con arreglo a los artículos 177 y 183 de la Constitución Política del Perú, como un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil, entre otras;
Que el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, tiene como finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú;
Que en el artículo 3 del citado Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se establece que el Estado debe adoptar medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública; asimismo, se encuentra obligado a entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, para lo cual cada Entidad de la Administración Pública deberá designar a un responsable de entregar la información solicitada, así como al funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia, bajo responsabilidad de su máximo representante, conforme lo establece el artículo 8 de la citada norma;
Que por su parte, el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM y sus modificatorias, dispone en su artículo 4 que las Entidades que cuenten con oficinas desconcentradas o descentralizadas, designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo de la Ley, con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad. La designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas;
Que a través de la Resolución Jefatural N° 000012-2022/JNAC/RENIEC (25ENE2022) se designó a los funcionarios responsables del RENIEC, encargados de proporcionar la información de acceso público en las jurisdicciones de su competencia;
Que ahora bien, estando a la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC, dispuesta mediante Resolución Jefatural N° 086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021), la institución ha aprobado cambios sustanciales en la organización y funciones de diferentes órganos y unidades orgánicas, lo que involucra la realización de modificaciones en las responsabilidades asignadas a determinados servidores;
Que en ese sentido, a través de los documentos de vistos, los órganos involucrados solicitan la actualización de la designación de los funcionarios responsables de proporcionar la información de acceso público en las jurisdicciones de su competencia, referidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, para lo cual, resulta preciso dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 000012-2022/JNAC/RENIEC (25ENE2022);
Que por su parte, la Oficina de Asesoría Jurídica, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, emite opinión favorable respecto a formalizar la designación de los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público en las jurisdicciones de su competencia; y,
Estando a lo opinado favorablemente por la Oficina de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 86-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y su modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo Primero: Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 000012-2022/JNAC/RENIEC (25ENE2022) por la cual se designó a los funcionarios responsables del RENIEC, encargados de proporcionar la información de acceso público en las jurisdicciones de su competencia.
Artículo Segundo: Designar como funcionarios responsables de entregar la información de acceso público en las jurisdicciones de su competencia, a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a las siguientes personas:
- Señor Juan Manuel Merino Medina, Jefe de la Oficina de Gestión Documental, representante en el departamento de Lima; además de las solicitudes que se reciban en forma virtual a través del aplicativo de Acceso a la Información Pública – AIP.
- Señora Carmen Haydee Rivera Melendres, representante de la Oficina Regional 1 Piura.
- Señor José Tomás Terrones Arteaga, representante de la Oficina Regional 2 - Trujillo.
- Señor Manuel Jesús Valdez Andía, representante de la Oficina Regional 3 - Tarapoto.
- Señor Temístocles Alcides Noriega Zavala, representante de la Oficina Regional 4 -Iquitos.
- Señor Carlos Humberto Lino Marchena, representante de la Oficina Regional 5 – Chimbote
- Señor Enrique Santiago Fortun De La Cruz, representante de la Oficina Regional 6 - Huancayo.
- Señora Maria del Carmen Cuadros Salas Goytendía, representante de la Oficina Regional 7 - Ayacucho.
- Señora Ana Gissel Rendón Delgado, representante de la Oficina Regional 8 – Arequipa.
- Señora Rosa Maritza Quirita Béjar, representante de la Oficina Regional 9 – Cusco.
- Señora Nilda Isabel Quilla Tipula, representante de la Oficina Regional 11 – Puno.
- Señor Marco Antonio Garrido Bodero, representante de la Oficina Regional 12 – Ica.
- Señor Ivan Rubén Herrera Saldaña, representante de la Oficina Regional 13 – Pucallpa.
- Señor Raúl Huallpa Rodríguez, representante de la Oficina Regional 14 – Huancavelica.
- Señora Liliana Alarcón Carrión, representante de la Oficina Regional 15 – Huánuco.
- Señor Luis Enrique Solano Arroyo, representante de la Oficina Regional 16 – Amazonas.
Artículo Tercero: Hacer de conocimiento de los funcionarios designados, el contenido de la presente Resolución Jefatural.
Artículo Cuarto: Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Web Institucional del RENIEC (www.reniec.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN
Jefa Nacional
2077145-1