Convocan a ciudadanos para que asuman los cargos de vicegobernador del Gobierno Regional de Huancavelica y consejero del Consejo Regional de Huancavelica, a fin de completar el periodo de gobierno regional 2019-2022
Resolución Nº 0463-2022-JNE
Expediente Nº JNE.2022005138
HUANCAVELICA
RENUNCIA
ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022
Lima, seis de mayo de dos mil veintidós
VISTOS: los Oficios Nºs 234, 248 y 092-2022/GOB.REG.HVCA/CR-P, recibidos el 13, 22 y 25 de abril de 2022, respectivamente, mediante los cuales don Hugo Romel Espinoza Ancalle, presidente del Consejo Regional de Huancavelica (en adelante, señor presidente), remitió documentación relacionada con la renuncia presentada por don Guillermo Quispe Torres, vicegobernador del Gobierno Regional de Huancavelica (en adelante, señor vicegobernador).
PRIMERO. ANTECEDENTES
1.1. Con el Oficio Nº 234-2022/GOB.REG.HVCA/CR-P, el señor presidente elevó los actuados del expediente administrativo, tramitado a raíz de la renuncia del señor vicegobernador, a fin de que se convoque al reemplazo correspondiente, de conformidad con lo establecido en numeral 6 de la parte resolutiva de la Resolución Nº 0919-2021-JNE1; para tal efecto, anexó la carta de renuncia, del 4 de abril de 2022, presentada por el señor vicegobernador, y el Acuerdo de Consejo Regional Nº 041-2022-GOB.REG.HVCA/CR, del 8 del mismo mes y año, mediante el cual se aceptó dicha renuncia; sin embargo, no anexó el acta de la sesión ordinaria de consejo y el comprobante de pago de la tasa electoral respectiva.
1.2. Mediante el Oficio Nº 01996-2022-SG/JNE, del 19 de abril de 2022, la Secretaría General de este órgano electoral solicitó que el consejo regional remita los documentos antes precitados.
1.3. A través del Oficio Nº 248-2022/GOB.REG.HVCA/CR-P, del 22 de abril de 2022, el señor presidente remitió el Acuerdo de Consejo Regional Nº 044-2022-GOB.REG.HVCA/CR, del 18 del mismo mes y año, mediante el cual se resolvió elegir al consejero regional don Jaime Escobar García en el cargo de vicegobernador del Gobierno Regional de Huancavelica.
1.4. Por medio del Oficio Nº 092-2022/GOB.REG.HVCA/CR-P, del 25 de abril de 2022, el secretario del Consejo Regional de Huancavelica remitió el acta de la sesión ordinaria de consejo y la copia del comprobante de pago, conforme al requerimiento efectuado con el Oficio Nº 01996-2022-SG/JNE.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)
En la Constitución Política del Perú
1.1. El artículo 194 establece que, para postular a presidente de la República, vicepresidente, congresista, gobernador o vicegobernador del gobierno regional, los alcaldes deben renunciar al cargo seis (6) meses antes de la elección respectiva.
En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM
1.2. Mediante dicho decreto supremo, publicado en el diario oficial El Peruano, el 4 de enero de 2022, el presidente de la República convocó a Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022) para el domingo 2 de octubre del mismo año, con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales de los departamentos de toda la República y la Provincia Constitucional del Callao, así como alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de la República.
En la Resolución Nº 0918-2021-JNE2
1.3. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó, entre otros, el plazo para que los gobernadores y vicegobernadores presenten su renuncia con el propósito de participar en las ERM 2022. Así, en el numeral 3, acápite 3.1., de la parte resolutiva, dispuso que:
3.1. Las renuncias tienen que ser presentadas ante el consejo regional o concejo municipal, según corresponda, hasta el 4 de abril de 2022 (seis meses antes de las elecciones).
En la Resolución Nº 0919-2021-JNE3
1.4. El Supremo Tribunal Electoral precisó, entre otros, el mecanismo de remplazo en los casos en que autoridades regionales y municipales renuncien o soliciten licencia con el propósito de participar en las ERM 2022. Así, en el numeral 6 de la parte resolutiva, dispuso que:
6. ESTABLECER que en el caso de que el gobernador y el vicegobernador regional renuncien o soliciten licencia simultáneamente, el consejo regional deberá elegir, entre los consejeros hábiles, a los que ocuparán los cargos de gobernador y vicegobernador regional.
El consejero regional delegado debe solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la expedición de las credenciales que formalicen la referida elección, así como la credencial del consejero accesitario que se incorporará al consejo, en el plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la efectividad de la renuncia o presentación de la solicitud de licencia, según sea el caso.
En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones4 (en adelante, Reglamento)
1.5. El artículo 16 contempla lo siguiente:
Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica
Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán notificadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas.
En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación [resaltado agregado].
[...].
SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, con el Oficio Nº 234-2022/GOB.REG.HVCA/CR-P, el señor presidente comunicó al JNE que, mediante carta, del 4 de abril de 2022, el señor vicegobernador presentó su renuncia al cargo ante el consejo regional, debido a que tiene el propósito de participar como candidato en las ERM 2022.
2.2. En mérito a dicha renuncia, el consejo regional, posteriormente, a través del Acuerdo de Consejo Regional Nº 044-2022-GOB.REG.HVCA/CR, eligió al consejero don Jaime Escobar García como vicegobernador del Gobierno Regional de Huancavelica.
2.3. Así, dado que el señor vicegobernador presentó su renuncia dentro del plazo legal –4 de abril de 2022– (ver SN 1.3.), corresponde dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada y convocar a don Jaime Escobar García, identificado con DNI Nº 40722608, para que asuma el cargo de vicegobernador del Gobierno Regional de Huancavelica (ver SN 1.4.), a fin de completar el periodo de gobierno regional 2019-2022.
2.4. Por consiguiente, con la finalidad de mantener representación de la provincia de Acobamba, corresponde convocar a don Justino Reymundo Sotacuro, identificado con DNI Nº 41195348, accesitario inscrito no proclamado de la organización política Movimiento Independiente Trabajando Para Todos, para que asuma el cargo de consejero del Consejo Regional de Huancavelica (ver SN 1.4.), a fin de completar el periodo de gobierno regional 2019-2022, de conformidad con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Regionales Electas, de fecha 22 de noviembre de 2018, la cual fue remitida por el Jurado Electoral Especial de Huancavelica, con motivo de la celebración de las Elecciones Regionales 20185.
2.5. La notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.5.).
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Guillermo Quispe Torres en el cargo de vicegobernador del Gobierno Regional de Huancavelica, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018.
2. CONVOCAR a don Jaime Escobar García, identificado con DNI Nº 40722608, para que asuma el cargo de vicegobernador del Gobierno Regional de Huancavelica, a fin de que complete el periodo de gobierno regional 2019-2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.
3. CONVOCAR a don Justino Reymundo Sotacuro, identificado con DNI Nº 41195348, para que asuma el cargo de consejero del Consejo Regional de Huancavelica, a fin de completar el periodo de gobierno regional 2019-2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.
4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
SALAS ARENAS
MAISCH MOLINA
RAMÍREZ CHÁVARRY
SANJINEZ SALAZAR
SÁNCHEZ VILLANUEVA
Gómez Valverde
Secretario General (e)
1 Aprobada por Resolución Nº 0919-2021-JNE, publicada el 26 de noviembre de 2021, en el diario oficial El Peruano.
2 Aprobada por Resolución Nº 0918-2021-JNE, publicada el 26 de noviembre de 2021, en el diario oficial El Peruano.
3 Aprobada por Resolución Nº 0919-2021-JNE, publicada el 26 de noviembre de 2021, en el diario oficial El Peruano.
4 Aprobado por Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario oficial El Peruano.
5 <https://cej.jne.gob.pe/Autoridades>
2073650-1