Aprueban “Lineamientos para optimizar los procesos de certificación del crédito presupuestario y del compromiso”

Resolución Directoral

Nº 0013-2022-EF/50.01

Lima, 30 de mayo de 2022

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene las funciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, emitir opinión autorizada en materia presupuestaria de manera exclusiva y excluyente en el Sector Público, emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; así como promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria;

Que, conforme al artículo 40 del Decreto Legislativo N° 1440, la ejecución del gasto comprende las etapas, entre otras, de certificación del crédito presupuestario y de compromiso, las mismas que se encuentran reguladas por el citado Decreto Legislativo y por las directivas que emite la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, asimismo, el artículo 36 de la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01, establece alcances generales sobre el registro de la Ejecución Presupuestaria en los sistemas SIAF-SP, SEACE y SIGA MEF;

Que, para efectos de incrementar el nivel de seguridad en las operaciones del registro de la ejecución del gasto, en las etapas de certificación del crédito presupuestario y de compromiso, que contribuya al uso adecuado de los recursos públicos, resulta necesario establecer mejoras en los procedimientos de los citados registros en el SIAF-SP;

Que, en el marco de las facultades de la Dirección General de Presupuesto Público, establecidas por el inciso 4 del numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, referidas a promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria, es necesario aprobar los Lineamientos para optimizar los procesos de certificación del crédito presupuestario y del compromiso, a fin de establecer las pautas que permitan implementar lo señalado en el considerando precedente;

En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para optimizar los procesos de certificación del crédito presupuestario y del compromiso” que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Directoral y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano, así como en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LISSETH PILAR RAMSDEN RAMOS

Directora General

Dirección General de Presupuesto Público

ANEXO

LINEAMIENTOS PARA OPTIMIZAR LOS PROCESOS DE CERTIFICACIÓN DEL CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y DEL COMPROMISO

1. Objeto y alcance

1.1 Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer pautas que permitan incrementar el nivel de seguridad en las operaciones de autorización y registro de certificación del crédito presupuestario y del compromiso.

1.2 Lo establecido en los presentes Lineamientos es de aplicación a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales (En adelante entidades).

2. De la Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera

2.1 Es el procedimiento mediante el cual se registra los datos de los responsables de la entidad para autorizar el registro de la Certificación del Crédito Presupuestario y del Compromiso, en el aplicativo informático “Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera” del SIAF-SP.

2.2 El titular de la entidad registra, para el caso de la Certificación del Crédito Presupuestario, al(los) responsable(s) de la administración del presupuesto de las Unidades Ejecutoras y, en el caso de Gobiernos Locales, al Jefe de la Oficina de Presupuesto o el que haga sus veces y, para el caso del compromiso, registra al funcionario facultado de contratar y comprometer el presupuesto en el aplicativo “Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera” del SIAF-SP utilizando su DNIe.

2.3 Con respecto a la Certificación del Crédito Presupuestario el responsable de la administración del presupuesto de las Unidades Ejecutoras y, en el caso de Gobiernos Locales, el Jefe de la Oficina de Presupuesto o el que haga sus veces, determina al(los) responsable(s) titular(es) y suplente(s) encargado(s) de autorizar el registro de la Certificación del Crédito Presupuestario y registra los datos de los mismos en el aplicativo “Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera” del SIAF-SP utilizando su DNIe.

2.4 Con respecto al Compromiso el funcionario facultado de contratar y comprometer el presupuesto a nombre de la entidad determina al(los) responsable(s) titular(es) y suplente(s) encargado(s) de autorizar el registro del Compromiso y registra los datos de los mismos en el aplicativo “Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera” del SIAF-SP utilizando su DNIe.

2.5 Los responsables de la acreditación mencionados en los numerales precedentes están facultados de actualizar los datos e inactivar el registro de los responsables titulares y suplentes de autorizar el registro de la Certificación del Crédito Presupuestario y del Compromiso, en el aplicativo de “Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera” del SIAF-SP utilizando su DNIe.

2.6 Lo señalado en los numerales 2.2, 2.3 y 2.4 es requisito indispensable para que las entidades puedan realizar el registro de la Certificación del Crédito Presupuestario y del Compromiso en el SIAF-SP.

3. De la Autorización de Responsables de autorizar la Certificación del Crédito Presupuestario y del Compromiso

3.1 Es el procedimiento mediante el cual los responsables de autorizar los registros de la Certificación del Crédito Presupuestario y del Compromiso, que han sido acreditados en el aplicativo informático “Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera”, acceden al aplicativo informático “Módulo de Autorización de la Administración Financiera” del SIAF-SP, utilizando su Documento Nacional de Identidad electrónico (DNIe), y mediante este autorizan dichos registros utilizando una clave dinámica que es enviada al correo electrónico del responsable.

3.2 Los responsables de autorizar los registros de la Certificación del Crédito Presupuestario y del Compromiso realizan dicho procedimiento a través del aplicativo informático “Módulo de Autorización de la Administración Financiera” del SIAF-SP.

3.3 Los responsables de autorizar los registros de la Certificación del Crédito Presupuestario y del Compromiso, para realizar el procedimiento de Autorización, acceden al aplicativo informático mencionado en el numeral precedente utilizando su DNIe, y proceden con la autorización respectiva utilizando una clave dinámica generada por dicho aplicativo y que es enviada al correo electrónico del responsable.

4. Plazos de implementación

4.1 Las entidades sujetas a lo establecido en la presente norma tienen los siguientes plazos para la implementación de los lineamientos:

- Para las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, hasta el 01 de julio de 2022

- Para los Gobiernos Locales, hasta el 01 de agosto de 2022.

4.2 Las entidades, en tanto no implementen el procedimiento de Acreditación Electrónica, continúan realizando el registro de la Certificación del Crédito Presupuestario y del Compromiso en el SIAF-SP de la misma manera en la que realizan el registro de dichas etapas de ejecución del gasto antes de la vigencia de los presentes Lineamientos.

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