Aprueban la Directiva General N° 0001-2022-MTPE/2/14 denominada “Normas para el uso del Sistema de Alerta Temprana”

Resolución Ministerial

Nº 131-2022-TR

Lima, 20 de mayo de 2022

VISTOS: El Proveído Nº 3900-2021-MTPE/4/13 de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones; el Proveído Nº 0187-2022-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo; el Memorando Nº 0056-2022-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; el Memorando Nº 0039-2022-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 0162-2022-MTPE/4/8 y la Hoja de Elevación Nº 0064-2022-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, atribuye al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y a los Gobiernos Regionales competencias compartidas en materia de trabajo y promoción del empleo;

Que, asimismo, el numeral 18.2 del artículo 18 de la citada Ley, determina que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo presta a los gobiernos regionales la cooperación, capacitación y asistencia técnica que estos requieran respecto de las competencias transferidas;

Que, en el marco de los conflictos laborales de naturaleza colectiva, se ha incorporado un mecanismo que permite registrar las solicitudes referidas a pliegos de reclamos, convenios colectivos, huelgas, paralizaciones intempestivas, entre otros aspectos, que reporten las Direcciones y Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo a nivel nacional, con la finalidad de alcanzar una oportuna intervención que garantice la prevención y solución de conflictos;

Que, en dicho contexto el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 308-2009-TR, Oficializan componentes del Sistema de Prevención y Solución de Conflictos Socio-Laborales del Ministerio y aprueban formato de seguimiento y monitoreo, dispone: “Oficializar los componentes del Sistema de Prevención y Solución de Conflictos Socio-Laborales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, referidos a la utilización del formato para efectuar el seguimiento y monitoreo de los conflictos socio-laborales, y del software de alerta temprana de prevención y solución de conflictos, cuya implementación está a cargo de las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo a nivel nacional.”;

Que, a su vez, el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial establece: “Aprobar el formato de seguimiento y monitoreo de los Conflictos Socio-Laborales, el mismo que en anexo adjunta forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial”;

Que, el Sistema de Alerta Temprana constituye un software dirigido a registrar la información relevante proveniente de las Direcciones y Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, viabilizando de ese modo el seguimiento y monitoreo del grado de conflictividad en materia laboral del país;

Que, por lo expuesto, resulta pertinente establecer las pautas a seguir con relación al uso del Sistema de Alerta Temprana, y las pautas generales para el registro de una alerta en el referido Sistema, a efectos de garantizar y precisar la información proveniente de las Direcciones y Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo a nivel nacional;

Que, siendo así, se requiere de una Directiva General que garantice y precise el contenido de la información que debe registrarse, para fortalecer las capacidades de las Autoridades Administrativas de Trabajo del país, permitiendo el frecuente seguimiento de los conflictos laborales de naturaleza colectiva;

Que, mediante Memorando Nº 0039-2022-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, remite y hace suyo el Informe Nº 0019-2022-MTPE/4/9.3 de la Oficina de Organización y Modernización, que emite opinión favorable a la propuesta de Directiva General denominada “Normas para el uso del Sistema de Alerta Temprana”, propuesta por la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos Laborales y Responsabilidad Social Empresarial Laboral de la Dirección General de Trabajo;

Que, asimismo, a través del Proveído Nº 3900-2021-MTPE/4/13, la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones remite y hace suyo el Informe Nº 2366-2021-MTPE/4/13.2 de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, que emite opinión técnica favorable a la propuesta de Directiva General antes citada;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Dirección General de Trabajo, de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Supremo Nº 019-2019-TR, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Resolución Ministerial Nº 285-2019-TR, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, la Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobación

Apruébase la Directiva General Nº 0001-2022-MTPE/2/14 denominada “Normas para el uso del Sistema de Alerta Temprana”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2. Publicación

Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial y de su Anexo a que hace referencia el artículo 1 en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el/la jefe/a de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO

Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

2071884-1