Renuevan acreditación y acreditan a representantes titulares y alternos de la CONFIEP y la CGTP ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 145-2022-TR

Lima, 27 de mayo de 2022

VISTOS: La Carta S/N de fecha 07 de marzo de 2022 de la Confederación General de Trabajadores del Perú – CGTP; la Carta CONFIEP VPE 084/22 del 12 de mayo de 2022, rectificada mediante Carta CONFIEP VPE 098/22 del 26 de mayo de 2022, de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP; la Hoja de Elevación Nº 010-2022-MTPE/1/27 de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; y el Informe Nº 0430-2022-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 10 de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, modificada por la Ley Nº 30222, se crea el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, como instancia máxima de concertación en materia de seguridad y salud en el trabajo, de naturaleza tripartita y adscrita al Sector Trabajo y Promoción del Empleo, que está integrado entre otros, por cuatro representantes de los gremios de empleadores a propuesta de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP) y por cuatro representantes de las centrales sindicales a propuesta de la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), la Central Unitaria de Trabajadores del Perú (CUT), la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP) y la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP);

Que, el citado artículo dispone que la acreditación de la designación de los representantes de los gremios de la CONFIEP y de las centrales sindicales es efectuada mediante resolución ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a propuesta de las referidas organizaciones, siendo el plazo de la designación por dos años, pudiendo ser renovable;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 320-2016-TR y modificado por Resolución Ministerial Nº 298-2020-TR, establece en el artículo 22 que cada representante podrá acreditar un miembro alterno;

Que, mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 098-2020-TR de fecha 25 de mayo de 2020, se renovó la acreditación de los señores RAUL MIGUEL NIÑO CORONADO, FELIPE ALBERTO RUIZ HUIDOBRO GILES, y de la señora CECILIA ADRIANA BIENVENIDA ROSARIO ROSELL GRIJALBA, como representantes titulares; y, la acreditación de la señora ANGELICA MARIA RISCO ROBALINO, como representante alterna de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Que, con el artículo 5 de la Resolución Ministerial Nº 098-2020-TR, se acreditó a la señora GRETA PAMELA MONGE DEL VALLE como representante alterna de la Confederación General de Trabajadores del Perú – CGTP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Que, mediante el artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 098-2020-TR, se renovó la acreditación del señor DOMINGO ANTONIO CABRERA TORO como representante titular de la Confederación General de Trabajadores del Perú – CGTP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Que, a través del artículo 6 de la Resolución Ministerial Nº 098-2020-TR, se acreditó al señor JHON IRENE GONZALES CRUZ como representante alterno de la Confederación General de Trabajadores del Perú – CGTP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Que, a través de la Carta S/N del 07 de marzo de 2022, la Confederación General de Trabajadores del Perú – CGTP ratifica como representante titular al señor DOMINGO ANTONIO CABRERA TORO y al señor JHON IRENE GONZALES CRUZ como su representante alterno, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Que, mediante Carta CONFIEP VPE 084/22 del 12 de mayo de 2022, rectificada mediante Carta CONFIEP VPE 098/22 del 26 de mayo de 2022, la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP ratifica a los señores RAUL MIGUEL NIÑO CORONADO, FELIPE ALBERTO RUIZ HUIDOBRO GILES, y a la señora CECILIA ADRIANA BIENVENIDA ROSARIO ROSELL GRIJALBA, como representantes titulares; y, a las señoras GRETA PAMELA MONGE DEL VALLE y ANGELICA MARIA RISCO ROBALINO, como representantes alternas de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; asimismo, propone acreditar al señor EDWIN CÓRDOVA PÉREZ como representante alterno de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Que, mediante Hoja de Elevación Nº 010-2022-MTPE/1/27, la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, solicita la emisión de la resolución ministerial que formalice la solicitud de representación efectuada por la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP y por la Confederación General de Trabajadores del Perú - CGTP;

Que, en atención a los documentos de vistos y acorde al contexto normativo enunciado, corresponde actualizar las designaciones de los integrantes ante el referido Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley 29381, Ley de Organización y Funciones de Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Supremo Nº 019-2019-TR, Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Resolución Ministerial Nº 285-2019-TR, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1. RENOVAR la acreditación de los señores RAUL MIGUEL NIÑO CORONADO, FELIPE ALBERTO RUIZ HUIDOBRO GILES, y de la señora CECILIA ADRIANA BIENVENIDA ROSARIO ROSELL GRIJALBA, como representantes titulares, y la acreditación de las señoras GRETA PAMELA MONGE DEL VALLE y ANGELICA MARIA RISCO ROBALINO como representantes alternas de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 2. ACREDITAR al señor EDWIN CORDOVA PEREZ como representante alterno de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 3. RENOVAR la acreditación del señor DOMINGO ANTONIO CABRERA TORO como representante titular y del señor JHON IRENE GONZALES CRUZ como representante alterno de la Confederación General de Trabajadores del Perú - CGTP ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 4. DISPONER la publicación de la presente resolución ministerial en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el/la Jefe/a de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO

Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

2071851-1