Disponen la publicación del proyecto de los “ESTÁNDARES TÉCNICOS PARA PROYECTOS DE RIEGO EN EL PERÚ”, en la sede digital del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0184-2022-midagri
Lima, 19 de mayo de 2022
VISTOS:
Memorándum N° 306-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGIRH-DG de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego sobre aprobación de documento denominado “ESTÁNDARES TÉCNICOS PARA PROYECTOS DE RIEGO EN EL PERÚ”, el Informe N° 82-MIDAGRI-DVDAFIR/DGIHR-EMP y el Informe N° 673-2022-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, los literales a) y b) del numeral 2 del artículo 6 de la Ley 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, establece como funciones técnico normativas aprobar las disposiciones normativas de su competencia y cumplir y hacer cumplir la normativa en materia agraria y de riego;
Que, asimismo, en el literal c) del artículo 7 de la citada Ley, se señala como funciones específicas del MIDAGRI, regular y gestionar la infraestructura de uso agrario y de riego de carácter y alcance nacional;
Que, el literal a) del artículo 101 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del MIDAGRI, establece que la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego tiene, entre otras, funciones la de proponer planes, estrategias, y documentos técnico normativos para el diseño y ejecución de obras de infraestructura hidráulica y riego, de acuerdo con las políticas nacionales y la normatividad vigente;
Que, en el marco de sus competencias la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego - DGIHR, y responsable del Programa Presupuestal 0042 Aprovechamiento de los recursos hídricos para uso agrario, a través del Informe 82-MIDAGRI-DVDAFIR/DGIHR-EMP propone y sustenta la aprobación de 57 Estándares Técnicos para Proyectos de Riego, los cuales constituyen el conjunto de normas y recomendaciones técnicas que regulan el diseño y construcción de la infraestructura de riego, dirigido a los profesionales, especialistas encargados de la formulación y evaluación de proyectos de riego nuevos (creación), ampliación, mejoramiento o rehabilitación en la fase de i) formulación y evaluación, y ii) ejecución;
Que, los 57 Estándares Técnicos para Proyectos de Riego, propuestos tienen el objetivo de mejorar los diseños de infraestructura de riego en las fases de (formulación y evaluación) y ejecución de inversiones, en razón a la consideración de aspectos específicos de ingeniería que permite el sustento del dimensionamiento de las estructuras conformantes del sistema de riego y su consecuente tamaño presupuestal, cubriendo la demanda de necesidad de aspectos técnicos uniformes requeridos en el sector agricultura para agilizar la elaboración de estudios de la cartera de inversiones programadas en el Programa Multianual de Inversiones;
Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, a efectos que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;
Que, es necesario realizar la publicación del proyecto del documento denominado Estándares Técnicos para Proyectos de Riego en el Perú, con la finalidad de difundirlo y recibir de las entidades públicas y privadas y de la ciudadanía en general las opiniones, comentarios y/o sugerencias por vía electrónica a la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego - DGIHR;
Que, con el Informe N° 673 - MIDAGRI-SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que corresponde se disponga la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el documento denominado “ESTÁNDARES TÉCNICOS PARA PROYECTOS DE RIEGO EN EL PERÚ”;
Con las visaciones del Viceministro de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, del Director General de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
Que, de conformidad con la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación del Proyecto
Dispóngase la publicación del proyecto de los “ESTÁNDARES TÉCNICOS PARA PROYECTOS DE RIEGO EN EL PERÚ”, que en Anexo forman parte de esta Resolución, en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de las entidades públicas y privadas y de la ciudadanía en general, por un plazo de treinta (30) días calendario contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Mecanismos de recepción de comentarios
Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego con atención a la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego - DGIHR, a través de la dirección de correo electrónico: emartinezp@midagri.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR ZEA CHOQUECHAMBI
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
2068808-2