Aprueban la Guía Técnica: Procedimiento para la determinación de la hemoglobina mediante hemoglobinómetro portátil

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 363-2022/minsa

Lima, 18 de mayo del 2022

Visto, el Expediente N° 21-162977-001, que contiene el Oficio N° 3850-2021-JEF-OPE/INS, los Informes N° 052-2021-TLLVH-OGAJ/INS, N° 171-2021-EN-DEVAN-CENAN/INS y N° 040-2021-CBQ-DEVAN-CENAN/INS, y el Memorando N° 611-2021-CENAN/INS del Instituto Nacional de Salud, y el Informe Nº 286-2022-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establecen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, los numerales 1) y 9) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, señala como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas, así como la investigación y tecnologías en salud, respectivamente;

Que, los literales b) y h) del artículo 5 del acotado Decreto Legislativo, modificado por Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, establecen que son funciones rectoras del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, entre otros;

Que, los literales b) y c) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2003-SA, contemplan que dicho organismo público tiene como objetivos funcionales institucionales fortalecer la capacidad de diagnóstico a nivel nacional para la prevención y control de riesgos y daños asociados a las enfermedades transmisibles y no trasmisibles; y, ejecutar la vigilancia alimentaria y nutricional para la prevención y control de los riesgos y daños nutricionales en la población;

Que, el artículo 39 del precitado Reglamento ha previsto que el Centro Nacional de Alimentación y Nutrición es el órgano de línea del Instituto Nacional de Salud, encargado de programar, ejecutar y evaluar las investigaciones y el desarrollo de tecnologías apropiadas en el ámbito de la alimentación y nutrición humana; asimismo, conduce el sistema de vigilancia nutricional y es responsable de realizar el control de calidad de alimentos;

Que, en ese sentido, el Instituto Nacional de Salud ha propuesto la Guía Técnica: Procedimiento para la determinación de la hemoglobina mediante hemoglobinómetro portátil, cuya finalidad es contribuir a la prevención y control de la anemia mediante la adecuada determinación de la hemoglobina en niños/as, adolescentes, mujeres gestantes y puérperas en el marco de la atención integral de salud;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 286-2022-OGAJ/MINSA emite opinión legal señalando que resulta legalmente procedente la firma de la Resolución Ministerial que aprueba la Guía Técnica precitada;

Estando a lo propuesto por el Instituto Nacional de Salud;

Con el visado del Jefe del Instituto Nacional de Salud, del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Directora General de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, de la Directora General de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, de la Directora General de la Dirección General de Personal de la Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por los Decretos Supremos Nº 011-2017-SA y N° 032-2017-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Guía Técnica: Procedimiento para la determinación de la hemoglobina mediante hemoglobinómetro portátil, que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar al Instituto Nacional de Salud, a través del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición, realice la asistencia técnica y la difusión de lo dispuesto en la Guía Técnica aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en coordinación con la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, en el marco de sus competencias.

Artículo 3.- Derogar la Resolución Jefatural N° 090-2012-J-OPE/INS, que aprueba la Guía Técnica denominada Procedimiento para la determinación de la hemoglobina mediante hemoglobinómetro portátil.

Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA

Ministro de Salud

2068796-1