Aprueban el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2023 en el Distrito de Comas
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 639/MDC
Comas, 17 de mayo de 2022
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE COMAS
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de mayo de 2022, los siguientes documentos: El Informe Nº 37A-2022-GDS/MDC de la Gerencia de Desarrollo Social; el Informe Nº 126-2022-GPP/MDC de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe 390-2022-GAJ/MDC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el Memorando Nº 465-2022-GM/MDC de la Gerencia Municipal; concernientes al PROYECTO DE ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2023 EN EL DISTRITO DE COMAS;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, señala que los Órganos de Gobierno Local son las Municipalidades Provinciales y Distritales, las cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al Ordenamiento Jurídico;
Que, los Artículos 18º y 20º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establecen que “Los planes y presupuestos participativos son de carácter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector público como privado, de las sociedades regionales y locales y de la cooperación internacional”; y que dichas herramientas de inversión se elaboran y ejecutan en función a los planes de desarrollo y programas de inversiones debidamente concertados conforme a lo previsto en esta Ley, sujetándose a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública (ahora Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones);
Que, Artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con los vecinos; y que los artículos 9o, 53º, 97º y la Décimo Sexta Disposición Complementaria, prescriben que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado; asimismo, las municipalidades regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos;
Que, los Artículos 53º, 104º y 112º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señalan respectivamente que, las municipalidades se rigen por sus presupuestos participativos anuales como instrumento de administración y de gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción; y que, corresponde al Consejo de Coordinación Local Distrital, el coordinar y concretar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital; y, los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión;
Que, mediante la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modificatoria Ley Nº 29298, se establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado;
Que, de conformidad a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 29298, y el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 132-2010-EF, se establecen los criterios de alcance de cobertura y montos de ejecución para delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en sus respectivos Presupuestos;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/50.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el marco de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, que establece los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11º de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Estado. Asimismo, en los artículos 85º y 86º de la citada Ley General, se establece como marco referencial el Presupuesto Multianual de Inversión Pública y la continuidad de gastos de inversiones, con alcance a los Gobierno Locales; que permitan asegurar la asignación presupuestaria en inversiones por el periodo de tres años;
Que, de acuerdo con el Decreto Legislativo Nº 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, establece los criterios de priorización de la cartera de proyectos, incluidos aquellos en continuidad de inversiones, y las brechas identificadas, a considerarse en el Programa Multianual de Inversiones (PMI) regional o local, los cuales deben tener en consideración los objetivos nacionales, los planes de desarrollo concertados regionales o locales y ser concordante con las proyecciones del Marco Macroeconómico Multianual cuya desagregación coincide con la asignación total de gastos de inversión establecida por el Sistema Nacional de Presupuesto;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 004-2019-EF/50.01, se aprueba la Directiva Nº 002-2019- EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual y Formulación Presupuestaria”, estableciéndose los lineamientos para la adecuada formulación de la Programación Multianual de Inversiones;
Que, con Ordenanza Municipal Nº 480/MC, se aprueba el Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 del Distrito de Comas, el mismo que se constituye en un Instrumento de gestión estratégica, concertado entre las autoridades y la sociedad civil, que establece las orientaciones y prioridades estratégicas de desarrollo del territorio, contiene la visión de desarrollo, sus objetivos estratégicos y las metas por cumplir a corto, mediano y largo plazo; así como las actividades y proyectos a realizar, el mismo que fuera ampliado a través de la Ordenanza Nº634/MDC, Ordenanza Municipal que Aprueba la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 del Distrito De Comas Hasta El Año 2025
Que, mediante Informe Nº 126-2022-GPP/MDC, la Gerencia de Planificación y Presupuesto sustenta y remite a la Gerencia de Asuntos Jurídicos el Proyecto de Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Comas 2023;
Que, mediante Informe Nº 390-2022-GAJ/MDC, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, emite opinión favorable para la aprobación del proyecto de Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Comas;
Que, estando a lo expuesto y, con el informe técnico y legal favorable en uso de las facultades conferidas en los artículos 9º Inciso 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2023 EN EL DISTRITO DE COMAS
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2023 en el Distrito de Comas, el mismo que consta de tres (03) Títulos, tres (03) Capítulos, veintiséis (26) Artículos y cinco (05) Disposiciones Complementarias Finales, de acuerdo con el texto que se publicará de manera íntegra en el portal web de la Municipalidad
Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que emita las disposiciones legales complementarias, que sean necesarias para la efectiva implementación de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico.
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Todo asunto no previsto en el presente Reglamento, será resuelto por el Equipo Técnico, en estricto cumplimiento de la normatividad vigente.
Segunda.- El Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Año Fiscal 2023 se realizará de acuerdo al cronograma que se presenta en el Anexo Nº 03, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza.
Tercera.- El Gerente de Planificación y Presupuesto en coordinación con los Gerentes competentes en el proceso, queda encargado del cumplimiento y logros de los fines y objetos del presente Reglamento; para tal efecto, recibirá las facilidades logísticas, financieras y el soporte técnico legal que sean necesarias para el cumplimiento de las acciones del Proceso del Presupuesto Participativo.
Cuarta.- La Gerencia de Planificación y Presupuesto elabora la documentación del proceso para su presentación a la Gerencia Municipal quien remitirá al Presidente del CCLD para su posterior aprobación por el Concejo Municipal, mediante Acuerdo de Concejo; asimismo realizará el registro de la información del Proceso del Presupuesto Participativo en el aplicativo informático del Ministerio de Economía y Finanzas-MEF.
Quinta.- Los resultados del Proceso del Presupuesto Participativo, se publicará en la página web de la Municipalidad Distrital de Comas, en el marco de la transparencia y participación ciudadana.
POR TANTO
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RAÚL DÍAZ PÉREZ
Alcalde
ANEXO Nº 03
CRONOGRAMA DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS
PARA EL AÑO FISCAL 2023
DISTRITO DE COMAS
FASES / ACTIVIDADES |
FECHAS |
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Del |
Hasta |
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I. FASE DE PREPARACIÓN |
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1.1 |
Convocatoria Pública y Difusión |
20 de mayo |
03 de junio |
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1.2 |
Identificación y Registro de Agentes Participantes |
21 de mayo |
26 de mayo |
|
1.3 |
Capacitación de Agentes Participantes: Presupuesto participativo, INVIERTE.PE, Diagnostico distrital de brechas y otros |
27 al 28 de mayo |
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1.4 |
Presentación de Iniciativas de Inversión |
30 de mayo |
03 de junio |
|
II. FASE DE CONCERTACIÓN |
||||
2.1 |
Evaluación Técnica y Priorización de Proyectos |
06 al 08 de junio |
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2.2 |
Rendición de Cuentas |
09 de Junio |
||
III. FASE COORDINACION ENTRE NIVELES DE GOBIERNO |
||||
3.1 |
Articulación Interinstitucional de Proyectos |
19 de mayo |
11 de Junio |
|
IV. FASE DE FORMALIZACIÓN |
||||
4.1 |
Taller Distrital de Validación y Aprobación de Acuerdos y Compromisos |
11 de Junio |
||
4.2 |
Elección del Comité de Vigilancia |
11 de Junio |
2068605-1