Aprueban la “Estrategia de Lucha Contra la Minería Ilegal en Áreas Naturales Protegidas de Administración Nacional 2022-2027”

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL

N° 128-2022-SERNANP

Lima, 17 de mayo de 2022

VISTO:

El Informe N° 0243-2022-SERNANP-DGANP del 27 de abril del 2022, emitido por la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas de la Institución, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa;

Que, de conformidad con el artículo 1º de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, dichas áreas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país;

Que, el artículo 2° de la referida Ley señala que las áreas naturales protegidas tienen como objetivos, entre otros, asegurar la continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos en áreas extensas y representativas de unidades ecológicas del país; así como mantener el entorno natural de los recursos culturales, arqueológicos e históricos ubicados en su interior;

Que, asimismo, el artículo 8° de la Ley Nº 26834, en concordancia con el artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM, establece que el SERNANP está encargado de gestionar las áreas naturales protegidas de administración nacional; aprobar los instrumentos de gestión y planificación; coordinar con las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales que actúan, intervienen o participan, directa o indirectamente, en la gestión de las áreas; entre otras funciones relacionadas;

Que, con Decreto Legislativo Nº 1293 se declara de interés nacional la formalización de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal, el cual tiene como objetivo la restructuración del proceso de formalización a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 1105;

Que, de acuerdo al artículo 4° del Decreto Legislativo Nº 1336, que establece las disposiciones para el proceso de formalización minera integral, no pueden acogerse a este proceso aquellas actividades desarrolladas en áreas no permitidas, tales como zonas arqueológicas, áreas naturales protegidas, reservas indígenas, reservas territoriales en proceso de adecuación y otras según la legislación vigente;

Que, en atención a todo lo expuesto, mediante Resolución Presidencial N° 249-2017-SERNANP de fecha 17 de octubre de 2017, se aprobó la “Estrategia de Lucha Contra la Minería Ilegal en Áreas Naturales Protegidas de Administración Nacional 2017-2021”;

Que, mediante el informe del visto se desarrollan los resultados obtenidos en la implementación de dicho documento hasta el año 2021, señalando que, se logró liberar de la minería ilegal a tres Áreas Naturales Protegidas (ANP): Reserva Nacional Tambopata, Reserva Comunal El Sira y Parque Nacional Yaguas, mediante esfuerzos y acciones coordinadas con la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental, la Policía Nacional del Perú y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas;

Que, señala también que, si bien se liberó de la minería ilegal del interior de las ANP mencionadas, se tienen zonas donde se viene asentando la minería ilegal, a la cual se denomina efecto globo, instalándose en zonas de la provincia del Manu, en particular en las Zonas de Amortiguamiento de la Reserva Comunal Amarakaeri, el Parque Nacional Bahuaja Sonene y en la Reserva Nacional Tambopata, de acuerdo a los reportes de las jefaturas de las ANP, concluyendo en la necesidad de actualizar e implementar la estrategia para la erradicación de la minería ilegal y continuar con las acciones que articule el accionar de las diversas entidades del Estado;

Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el acto que apruebe la “Estrategia de Lucha Contra la Minería Ilegal en ANP de Administración Nacional 2022 – 2027”;

Con las visaciones de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, y;

De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal b) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, aprobado por Decreto Supremo N°006-2008-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la “Estrategia de Lucha Contra la Minería Ilegal en Áreas Naturales Protegidas de Administración Nacional 2022-2027”, cuyo Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- La Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas deberá dar seguimiento a la implementación de la referida Estrategia, de acuerdo a lo dispuesto en la misma.

Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución Presidencial en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal institucional del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado www.gob.pe/sernanp, así como la publicación de su Anexo en el citado portal web del SERNANP.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

José Del Carmen Ramírez Maldonado

Jefe

2068410-1