LEY Nº 31471
LA PRESIDENTA DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DEL CORREDOR TURÍSTICO DE LAS PLAYAS DE AREQUIPA, MOQUEGUA
Y TACNA, DEL LITORAL SURPERUANO
Artículo 1. Declaración de interés nacional y necesidad pública
Declárase de interés nacional y necesidad pública la promoción y desarrollo del corredor turístico de las playas de Arequipa, Moquegua y Tacna, del litoral surperuano; con la finalidad de fomentar el turismo, posibilitar el desarrollo de esta actividad, haciendo que este corredor sea considerado zona de desarrollo turístico prioritario de alcance regional y nacional.
Artículo 2. Entidades ejecutoras competentes
Encárgase al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a los gobiernos regionales de Arequipa, Moquegua y Tacna, a las municipalidades provinciales de Caravelí, Camaná, Islay, Ilo, Jorge Basadre y Tacna, que prioricen la ejecución de las acciones que coadyuven al cumplimiento de los objetivos de la presente ley.
POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.
En Lima, a los trece días del mes de mayo de dos mil vientidós.
MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO
Presidenta del Congreso de la República
LADY MERCEDES CAMONES SORIANO
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
2067281-1