Aprueban el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2022 - 2026 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente

Resolución Ministerial

Nº 110-2022-MINAM

Lima, 8 de mayo de 2022

VISTOS; el Oficio Nº D000317-2022-CEPLAN-DNCP de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; el Memorando Nº 00444-2022-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00044-2022-MINAM/SG/OGPP/OP de la Oficina de Planeamiento; el Informe Nº 00207-2022-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; estableciéndose su ámbito de competencia sectorial, su estructura orgánica y sus funciones; y constituyéndose en un pliego presupuestal;

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, entre otros aspectos;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y se establece al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN como su ente rector;

Que, con Resolución Ministerial Nº 092-2019-MINAM, se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019-2022 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente; modificado mediante Resoluciones de Secretaría General Nº 030-2020-MINAM y Nº 039-2021-MINAM, que amplían su horizonte temporal hasta el 2024;

Que, el segundo párrafo del numeral 4.1 Guía para el Planeamiento Institucional aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD y modificatorias, señala que el PEI es un instrumento de gestión que define la estrategia del pliego para lograr sus objetivos, para un periodo mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población, debiendo los objetivos reflejarse en resultados

Que, por su parte, el numeral 5.7 de la citada Guía, dispone que el Pliego debe remitir su PEI por correo electrónico al CEPLAN, precisando que corresponde al CEPLAN verificar y validar la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Política General de Gobierno, y emitir un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño del PEI. Luego de contar con dicho informe, el Titular del Pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; asimismo, el numeral 5.8 de la citada Guía precisa que si se requiere contar con un Plan Estratégico Institucional con otro periodo de vigencia se considerará como elaboración de un nuevo PEI;

Que, con Acta Nº 003-2021-MINAM/CPE de fecha 21 de diciembre de 2021, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio del Ambiente, conformada mediante Resolución Ministerial Nº 175-2021-MINAM, validó la propuesta del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, para el periodo 2022 - 2026;

Que, en ese marco, con Oficio Nº D000317-2022-CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN remite al Ministerio del Ambiente el Informe Técnico Nº D000122-2022-CEPLAN-DNCPPEI, que verifica y valida el Plan Estratégico Institucional del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, para el periodo 2022 – 2026, precisando que el mismo ha sido elaborado en aplicación de las orientaciones que establece la Guía para el Planeamiento Institucional;

Que, mediante Memorando Nº 00444-2022-MINAM/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite y hace suyo el Informe Nº 00044-2022-MINAM/SG/OGPP/OP, elaborado por su Oficina de Planeamiento, que presenta y sustenta la propuesta de Plan Estratégico Institucional del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, para el periodo 2022 – 2026;

Que, con Informe Nº 00207-2022-MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para continuar con el procedimiento de aprobación del Plan Estratégico Institucional del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, para el periodo 2022 – 2026; por lo que corresponde emitir el acto resolutivo respectivo;

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial Nº 167-2021-MINAM; y, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD y modificatorias:

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2022 – 2026 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 092-2019-MINAM y las Resoluciones de Secretaría General Nº 030-2020-MINAM y Nº 039-2021-MINAM.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente, el seguimiento y evaluación del PEI 2022 – 2026, informando anualmente los avances y metas cumplidas.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MODESTO MONTOYA ZAVALETA

Ministro del Ambiente

2065925-2