Acuerdan la constitución de 18 Facultades estructuradas con sus Departamentos Académicos y Escuelas Profesionales

UNIVERSIDAD NACIONAL DE

SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

RESOLUCIÓN Nº AU-001-2022-UNSAAC

Cusco, 12 de enero de 2022

LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO:

VISTA La Resolución Nro. CU-418-2021-UNSAAC, de fecha 31 de diciembre de 2021 con el que el Consejo Universitario de la UNSAAC, propone ante la Asamblea Universitaria la constitución de 17 Facultades con sus respectivos Departamentos Académicos y Escuelas Profesionales, que se detalla en el Anexo de la misma Resolución y;

CONSIDERANDO

Que, mediante Resolución Nº 14 de fecha 17 de noviembre de 2016, recaído en el expediente 00174-0-1001-SP-CI-01, la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco, declara fundada en parte la demanda de Acción Popular, declarando ilegal y sin efecto el artículo 71º del Estatuto de la UNSAAC respecto a la fusión y creación de 10 facultades en la UNSAAC, por infracción de los artículos 31, 57.8 y 59.2 de la Ley Universitaria, por cuanto la Asamblea Estatutaria ejerció atribuciones que no le corresponde legalmente.

Que la referida resolución judicial, señala que el Consejo Universitario de la UNSAAC, debe ejercer la atribución legal establecida en el artículo 59.4 de la Ley Nº30220 Ley Universitaria, ante la Asamblea Universitaria, para que esta ejerza a su vez, la atribución legal establecida en el artículo 57.8 de la Ley Universitaria respecto al régimen académico de la UNSAAC;

Que, mediante Auto de fecha 28 de octubre de 2019, en el Recurso de Apelación sin efecto suspensivo Nº 06898-2019, accionado dentro del proceso de la Acción Popular, la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, revocó el auto apelado contenido en la Resolución Nº 25 de fecha 25 de enero de 2019 que declaró cumplido por parte de la UNSAAC el requerimiento contenido en la Resolución Nº 22 de fecha 20 de diciembre de 2018 emitido por la Corte Superior de Justicia de Cusco, reformándolo declararon no cumplido el requerimiento en mención, debiendo la Sala Superior de Cusco, dictar los apremios correspondientes a efectos que se ejecute la sentencia de Acción Popular en sus propios términos;

Que, mediante Resolución Nº 30 de fecha 25 de junio de 2021, la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco, ha requerido a la Universidad Nacional de San Antonio Abad de Cusco, concediendo el plazo de 30 días, para hacer saber al colegiado sobre las acciones adoptadas a fin de hacer efectiva el cumplimiento de la Sentencia, bajo apercibimiento de imponerse multa de cinco unidades de referencia procesal, así mismo de incrementarse en forma progresiva en caso de incumplimiento;

Que, mediante Resolución Nº AU-004-2021-UNSAAC de fecha 06 de agosto de 2021, la Asamblea Universitaria, concede al Consejo Universitario de la UNSAAC, un plazo de noventa (90) para que, conforme a su atribución establecida en el artículo 59.4 de la Ley 30220 Ley Universitaria, proponga a la Asamblea Universitaria la constitución de las Facultades en el marco de la sentencia emitida por el Poder Judicial consecuencia de la Acción Popular;

Que, con Resolución Nº CU-248-2021-UNSAAC de fecha 13 de agosto de 2021, el Consejo Universitario conformó la Comisión Especial, encargada de elaborar la propuesta de constitución de las Facultades de la UNSAAC, en el marco de la emitida por el Poder Judicial en el proceso de Acción Popular, la misma que está integrada por la Vicerrectora Académica, que lo preside y conformada por el Vicerrector de Investigación, los Decanos de las 10 Facultades y los Directores de los Departamentos Académicos de las diferentes Facultades de la UNSAAC;

Que, mediante Resolución Nº CU-418-2021-UNSAAC de fecha 31 de diciembre de 2021, precisada con Resolución Nro. CU-001-2022-UNSAAC con fecha 04 de enero de 2022, el Consejo Universitario aprueba las conclusiones de la Comisión Especial del Consejo Universitario y propone a la Asamblea Universitaria la constitución de diecisiete (17) Facultades de la UNSAAC, conforme al detalle del Anexo de la misma Resolución;

Que, en Sesión Extraordinaria virtual de la Asamblea Universitaria, realizado el día viernes 07 de enero de 2022, los miembros de la Asamblea Universitaria tomaron conocimiento de la propuesta del Consejo Universitario contenida en la Resolución NºCU-418-2021-UNSAAC precisada con Resolución Nº CU-001-2022-UNSAAC, sobre la constitución de las Facultades en la UNSAAC, el cual motivó el debate e intervención de los señores asambleístas, acordando la constitución de 18 Facultades tomando en cuenta la propuesta del Consejo Universitario, las precisiones y aclaraciones respecto a los Departamentos Académicos y Escuelas Profesionales de cada Facultad, en este estado se suspendió la Sesión con cargo a continuar con la sesión el día martes 11 de enero 2022 a hrs 9:00 am;

Que, el día martes 11 de enero de 2022, continuando con la Sesión del 07 de enero y con quorum reglamentario, los miembros de la Asamblea Universitaria, proceden con debatir la situación del Departamento Académico de Geografía, en razón que no estaba adscrita a ninguna Facultad, por lo que se acordó incorporar el Departamento Académico de Geografía a la Facultad de Ciencias Químicas, Físicas y Matemáticas. Seguidamente, a petición de los asambleístas se puso en consideración el funcionamiento inmediato o mediato de las 18 Facultades, generando el debate correspondiente. Finalmente, el colegiado acordó, que el funcionamiento de la constitución de las 18 facultades será a partir del día siguiente de la elección de los Decanos, cumpliendo el procedimiento previsto en la Ley Universitaria y Estatuto institucional. Con lo que se dio por concluida la Sesión extraordinaria de la Asamblea Universitaria;

Estando a la atribución establecida en el artículo 57.8 de la Ley Nº 30220 Ley Universitaria y Artículo 17º literal m. del Estatuto Universitario;

RESUELVE

Primero.- ACORDAR la constitución de 18 Facultades estructuradas con sus Departamentos Académicos y Escuelas Profesionales, conforme al detalle que en Anexo es parte integrante de la presente resolución, en el marco de la sentencia judicial contenida en la Resolución Nº 14, recaído en la demanda de Acción Popular signado con el expediente Nº 00174-0-1001-SP-CI-01, expedido por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco.

Segundo.- DISPONER que el funcionamiento de las 18 Facultades constituidas en el primer numeral de la presente resolución, entra en vigencia real y efectiva a partir del día siguiente de la elección de Decanos, conforme al procedimiento establecido en la Ley Universitaria y Estatuto de la UNSAAC.

Tercero.- ENCARGAR a los de Órganos de Gobierno, Vicerrectorado Académico y Vicerrectorado de Investigación de la UNSAAC, adoptar las acciones complementarias para el cumplimiento de la presente resolución.

Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Red de Comunicaciones, proceda con la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en la página Web de la UNSAAC, sin perjuicio de su trascripción a la diferentes Unidades Académicas y dependencias administrativas de la UNSAAC.

Regístrese, comuníquese y archívese.

ELEAZAR CRUCINTA UGARTE

Rector

Anexo:

CONSTITUCION DE FACULTADES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO EN EL MARCO DE LA SENTENCIA JUDICIAL RECAIDA EN EL PROCESO DE ACCION POPULAR:

1. FACULTAD DE AGRONOMÍA Y ZOOTECNIA. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Ganadería.

- Agricultura.

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Zootecnia.

- Agronomía.

- Medicina Veterinaria – Espinar.

- Medicina Veterinaria Sicuani.

- Ingeniería Agropecuaria – Andahuaylas.

- Ingeniería Agropecuaria – Santo Tomás.

- Ingeniería Forestal y Medio Ambiente – Puerto Maldonado.

2. FACULTAD DE ARQUITECTURA Y ARTES PLÁSTICAS.

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Arquitectura y Urbanismo.

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Arquitectura.

3. FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Ciencias Administrativas.

- Turismo.

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Ciencias Administrativas.

- Turismo.

4. FACULTAD DE CIENCIAS BIOLÓGICAS. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Biología

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Biología.

5. FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS.

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Contabilidad.

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Contabilidad.

6. FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS, FÍSICAS Y MATEMÁTICAS.

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Química.

- Física.

- Matemática y Estadística.

- Geografía.

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Química.

- Física.

- Matemática.

7. FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Antropología y Sociología.

- Arqueología

- Historia.

- Filosofía y Psicología.

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Antropología.

- Arqueología.

- Historia.

- Filosofía.

- Psicología.

8. FACULTAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL E IDIOMAS. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Ciencias de la Comunicación.

- Lingüística.

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Ciencias de la Comunicación.

9. FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS.

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Derecho.

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Derecho.

10. FACULTAD DE ECONOMÍA.

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Economía.

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Economía.

11. FACULTAD DE EDUCACIÓN.

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Educación.

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Educación – Cusco.

- Educación – Canas.

- Educación – Espinar.

12. FACULTAD DE ENFERMERÍA.

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Enfermería.

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Enfermería.

13. FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Ingeniería Civil.

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Ingeniería Civil.

14. FACULTAD DE INGENIERÍA ELÉCTRICA, ELECTRÓNICA, INFORMÁTICA Y MECÁNICA.

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Ingeniería Eléctrica.

- Ingeniería Electrónica.

- Ingeniería Informática.

- Ingeniería Mecánica.

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Ingeniería Eléctrica.

- Ingeniería Electrónica.

- Ingeniería Informática y de Sistemas.

- Ingeniería Mecánica.

15. FACULTAD DE INGENIERÍA DE PROCESOS. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Ingeniería Química.

- Ingeniería Agroindustrial – Sicuani.

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Ingeniería Química.

- Ingeniería Agroindustrial – Sicuani.

- Petroquímica.

16. FACULTAD DE MEDICINA HUMANA. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Medicina Humana.

- Odontología.

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Medicina Humana.

- Odontología.

17. FACULTAD DE INGENIERÍA GEOLÓGICA, MINAS Y METALÚRGICA.

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Ingeniería Geológica.

- Ingeniería de Minas.

- Ingeniería Metalúrgica.

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Ingeniería Geológica.

- Ingeniería de Minas.

- Ingeniería Metalúrgica.

18. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE:

- Farmacia.

ESCUELA PROFESIONAL DE:

- Farmacia y Bioquímica.

- Obstetricia.

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