Encargan el puesto de Gerente General de la Autoridad Portuaria Nacional, a tiempo completo y con duración indeterminada

Resolución de Acuerdo de Directorio

Nº 0030-2022-APN-DIR

Callao, 9 de mayo de 2022

VISTO:

La Carta Nº 0324-2022-APN-GG del 30 de mayo de 2022 emitida por la Gerencia General, el Memorando Nº 0025-2022-APN-PD del 03 de mayo de 2022 emitido por la Presidencia del Directorio, el Informe Nº 0035-2022-APN-OGA del 04 de mayo de 2022 de la Oficina General de Administración (OGA) y el Informe Legal Nº 0141-2022-APN-UAJ del 04 de mayo de 2019 de la Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ),

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 19 de la Ley Nº 27943 – Ley del Sistema Portuario Nacional, crea la de la Autoridad Portuaria Nacional (APN) como Organismo Público Descentralizado (ahora Organismo Técnico Especializado, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM), encargada del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, financiera y facultad normativa por delegación del referido Ministro;

Que, el numeral 5) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC, establece como atribución y función del Directorio, el designar y remover al Gerente General;

Que, conforme al artículo 10 del ROF de la APN, la Gerencia General es el órgano de Dirección dependiente del Directorio, encargado de conducir las actividades de competencia de la APN, de su administración y de la implementación de las políticas aprobadas por el Directorio;

Que, el Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de la APN, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 917-2018-MTC/01, determina que el cargo de Gerente General está clasificado como Empleado de Confianza, con código 214.02.00.2.

Que, el literal c) del artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil prescribe que, el Funcionario Público de Libre Designación y Remoción es aquel cuyo acceso al Servicio Civil se realiza por libre decisión del funcionario público que lo designa, basada en la confianza para realizar funciones de naturaleza política, normativa o administrativa.

Que el artículo 84 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS (en adelante TUO LPAG), establece que en caso de vacancia o ausencia justificada de los titulares de los órganos administrativos, éstos pueden ser suplidos temporalmente por quien designe la autoridad competente para su nombramiento; asimismo, se indica que el suplente sustituirá al titular para todo efecto legal, ejerciendo las funciones del órgano con la plenitud de los poderes y deberes que las mismas contienen;

Que, el numeral 5 de la Directiva General Nº 005-2015-APN/GG (en adelante Directiva General 005-2015), aprobada por la Resolución de Gerencia General Nº 487-2015-APN/GG del 14 de octubre de 2015, prevé que el Encargo de Puesto es la acción administrativa que autoriza mediante resolución a un trabajador del régimen laboral regulado por el Decreto Legislativo Nº 728, para que asuma a tiempo completo y temporalmente un puesto que se encuentra establecido en la estructura orgánica de la APN, por un periodo igual o mayor a 7 días calendario; mientras que el numeral 5.6 prevé como Pago de la Diferencial, al resultante entre la remuneración prevista para el puesto de origen y el puesto materia del encargo, con la remuneración del personal del régimen laboral de la actividad privada que asume el Encargo de Puesto;

Que, de acuerdo con el numeral 6.5 de la Directiva General Nº 005-2015, el personal propuesto para el Encargo del Puesto deberá reunir los requisitos mínimos señalados en el Clasificador de Cargos vigente a la fecha de la expedición del documento, resolución o contrato correspondiente, salvo que la Alta Dirección, por conveniencia o necesidad institucional, disponga lo contrario;

Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 0051-2019- APN/DIR del 30 de mayo de 2019, se designó como empleado de confianza, en el cargo de Gerente General de la APN, al señor Guillermo Alfredo Bouroncle Calixto;

Que, a través de la Carta del visto el señor Guillermo Alfredo Bouroncle Calixto pone a disposición del Presidente del Directorio su cargo de Gerente General;

Que, con el Memorando del visto, el Presidente del Directorio de la APN solicitó a la OGA y a la UAJ emitir los informes respectivos para la aceptación de la Carta del Visto y la encargatura de la Gerencia General al señor Edgar Elmo Álvarez Llerena;

Que, mediante el informe del Visto, la OGA señaló que resulta procedente dar por concluida la designación, como Empleado de Confianza en el cargo de Gerente General, al señor Guillermo Alfredo Bouroncle Calixto; asimismo, indicó que el señor Edgar Elmo Álvarez Llerena cumple con los requisitos previstos para el puesto de Gerente General de la APN, establecidos en el clasificador de cargos de la APN, aprobado por la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 034-2018-APN/DIR del 7 de junio de 2018;

Que, mediante el informe del Visto, la UAJ, teniendo en consideración la evaluación realizada por la OGA, recomendó al Presidente del Directorio, proponer al máximo colegiado de la institución, la decisión de dar por concluida la designación del señor Guillermo Alfredo Bouroncle Calixto en el puesto de Gerente General y que proceda con encargar el referido puesto al señor Edgar Elmo Álvarez Llerena, debiendo disponer la publicación del resolutivo correspondiente en el diario oficial El Peruano y en la Sede Digital de la APN;

Que, en la sesión Nº 593 del 06 de mayo del 2022, el Directorio de la APN ha considerado pertinente dar por concluida la designación señalada en el considerando precedente y encargar al señor Edgar Elmo Álvarez Llerena para ocupar el cargo de confianza de Gerente General de la APN;

Que, a efectos de materializar el acuerdo adoptado por el Directorio de la APN, resulta necesario emitir el acto administrativo correspondiente;

De conformidad con la Ley Nº 27943 – Ley del Sistema Portuario Nacional y su respectivo reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional, aprobado con Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Guillermo Alfredo Bouroncle Calixto en el cargo de Gerente General de la Autoridad Portuaria Nacional, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Encargar el Puesto de Gerente General de la Autoridad Portuaria Nacional, a tiempo completo y con duración indeterminada hasta la designación del titular del referido puesto, al servidor Edgar Elmo Alvarez Llerena.

Artículo 3.- Disponer el pago de la diferencial por encargo de las funciones que corresponden al puesto de Gerente General de la Autoridad Portuaria Nacional, a favor del servidor Edgar Elmo Alvarez Llerena, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la presente resolución

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la Sede Digital de la Autoridad Portuaria Nacional.

Artículo 5.- Comunicar, la presente resolución a todas las Direcciones y Unidades que conforman la Autoridad Portuaria Nacional, a efectos que tomen conocimiento de lo dispuesto en ella.

Disponer la publicación del resolutivo correspondiente en el diario oficial El Peruano y en la sede digital de la Autoridad Portuaria Nacional.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL GILBERTO HINOJOSA LÓPEZ

Presidente de Directorio

2065369-1