Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Arequipa

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 164-2022-MINEM/DM

Lima, 4 de mayo de 2022

VISTOS: Los Informes N° 027-2022/MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto y N° 101-2022-MINEM-OGPP/ODICR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 222-2022-MINEM-OGA/OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; el Informe N° 0395-2022-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el acápite i del literal ñ) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza de manera excepcional la transferencia financiera que realice el Ministerio de Energía y Minas, en adelante el MINEM, a favor de los Gobiernos Regionales, cuyos recursos son destinados a financiar exclusivamente, a las direcciones o gerencias regionales de Energía y Minas de dichos gobiernos regionales para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en las materias de energía y minería, en el marco del proceso de descentralización, hasta por la suma de S/ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 soles);

Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se financian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas – Central, para el caso de los acápites i), ii), iii) y iv); así también, se dispone que las transferencias financieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades involucradas;

Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario oficial “El Peruano”;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 039-2022-MINEM/DM, de fecha 31 de enero de 2022, se autorizó la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 soles) por la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados;

Que, en atención a lo dispuesto en la Ley N° 31365, el MINEM y el Gobierno Regional de Arequipa, suscribieron el Convenio de Cooperación y Gestión con el objeto de fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económica y técnicamente a su dirección y/o gerencia regional de Energía y Minas, para realizar las competencias y atribuciones en las materias de energía y de minería del referido gobierno regional, a fin de que cuenten con las competencias y los recursos humanos necesarios que le permitan ejercer las funciones que han sido y serán materia de transferencia; asimismo, realizar el seguimiento del ejercicio de las funciones materia de transferencia mediante los Informes de Avances y Logros del Convenio y la Evaluación de Indicadores de Gestión establecido en el Anexo 1 del citado Convenio;

Que, a través del mencionado Convenio de Cooperación y Gestión, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales al citado Gobierno Regional, por el monto de S/ 200 000,00 (Doscientos mil y 00/100 soles), para la contratación de profesionales especializados a propuesta de la dirección o gerencia regional de Energía y Minas, según el detalle establecido en el convenio;

Que, mediante el Informe N° 027-2022/MINEM-OGPP-OPRE la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar las transferencias financieras a favor del citado Gobierno Regional;

Que, a través del Informe N° 101-2022-MINEM-OGPP/ODICR, la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que el Gobierno Regional de Arequipa cumplió con presentar el Informe de Avances y Logros correspondiente al tercer y cuarto trimestre del año 2021, por lo que, brinda su conformidad para ejecutar la transferencia del año 2022; asimismo, indica que la Oficina de Presupuesto con fecha 07 de febrero de 2022, aprobó la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2022-00347-001 con cargo a la Meta N° 0056 y SIAF N° 000343, por el monto de hasta S/ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 soles), por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados;

Que, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración, mediante el Informe N° 222-2022-MINEM-OGA/OFIN, concluye que el MINEM dispone de los recursos financieros necesarios en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados así como los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia financiera de recursos a favor del citado Gobierno Regional, en el marco de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, por lo que resulta pertinente su aprobación;

Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley N° 31365, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos del MINEM, hasta por la suma de S/ 200 000,00 (Doscientos mil y 00/100 Soles), a favor del Gobierno Regional de Arequipa;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora: 001 Ministerio de Energía y Minas-Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, a favor del Gobierno Regional de Arequipa

Autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora: 001 Ministerio de Energía y Minas – Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 200 000,00 (Doscientos mil y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Arequipa, para ser destinado exclusivamente a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle:

Fuente de financiamiento: Recursos Directamente Recaudados

Gastos Corrientes: (En Soles)

2.4 : Donaciones y Transferencias

2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 200 000,00

Artículo 2.- Detalle de la transferencia

La transferencia autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle:

A LA: (En soles)

SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS

Pliego 443 : Gobierno Regional de Arequipa 200 000,00

Unidad Ejecutora : N° 001 Región Arequipa - Sede Central

Unidad Ejecutora SIAF : N° 0757

Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT

RUC : N° 20498390570

Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia

Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión celebrado, entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Arequipa, respectivamente, correspondiente al año 2022.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS SABINO PALACIOS PÉREZ

Ministro de Energía y Minas

2064790-1