Decreto Supremo que ratifica el “Acuerdo de Cooperación entre la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para la Lucha contra la Corrupción”

decreto supremo

Nº 023-2022-re

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el “Acuerdo de Cooperación entre la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para la Lucha contra la Corrupción” fue suscrito el 25 de febrero de 2022 en Lima, Perú;

Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación interna del citado instrumento jurídico internacional;

Que, conforme con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º numeral 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, el Presidente de la República se encuentra facultado a celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;

Estando al Informe (DGT) N° 3-2022; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647;

DECRETA:

Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo de Cooperación entre la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para la Lucha contra la Corrupción”, suscrito el 25 de febrero de 2022 en Lima, Perú.

Artículo 2°.- El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el texto íntegro del referido Acuerdo y la fecha de su entrada en vigor.

Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil veintidós.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES

Presidente de la República

CÉSAR LANDA ARROYO

Ministro de Relaciones Exteriores

2064254-1