Decreto Supremo que ratifica el “Acuerdo de Cooperación entre la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para la Lucha contra la Corrupción”
decreto supremo
Nº 023-2022-re
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el “Acuerdo de Cooperación entre la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para la Lucha contra la Corrupción” fue suscrito el 25 de febrero de 2022 en Lima, Perú;
Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación interna del citado instrumento jurídico internacional;
Que, conforme con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º numeral 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, el Presidente de la República se encuentra facultado a celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;
Estando al Informe (DGT) N° 3-2022; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo de Cooperación entre la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para la Lucha contra la Corrupción”, suscrito el 25 de febrero de 2022 en Lima, Perú.
Artículo 2°.- El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el texto íntegro del referido Acuerdo y la fecha de su entrada en vigor.
Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República.
Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil veintidós.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
CÉSAR LANDA ARROYO
Ministro de Relaciones Exteriores
2064254-1