Aprueban la conformación de la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio de Energía y Minas encargada de realizar coordinaciones para la transferencia de competencias sectoriales a los gobiernos regionales y/o locales

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 161-2022-MINEM/DM

Lima, 29 de abril de 2022

VISTOS: El Informe N° 090-2022-MINEM/OGPP-ODICR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional; el Memorando N° 00332-2022/MINEM-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 373-2022-MINEM-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y

CONSIDERANDO:

Que, la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que el proceso de descentralización se ejecuta en forma progresiva y ordenada, siendo una de las etapas, la transferencia y recepción de competencias sectoriales;

Que, el artículo 83 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que para asegurar que el proceso de transferencia se realice en forma progresiva y ordenada el Poder Ejecutivo constituye Comisiones Sectoriales de Transferencia, presididas por el viceministro correspondiente;

Que, el artículo 4 de la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, establece que el Ministerio de Energía y Minas ejerce competencias en materia de energía, que comprende electricidad e hidrocarburos, y de minería;

Que, el numeral 21.1 del artículo 21 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, señala que la comisión es un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica y se crean para cumplir con funciones de seguimiento, supervisión, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que sirven de base para la toma de decisiones de otras entidades. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos frente a terceros;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 570-2002-EM/DM, modificada por las Resoluciones Ministeriales N° 052-2005-MEM/DM y N° 316-2007-MEM/DM, se nombró la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio ante la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de realizar las coordinaciones para la transferencia de competencias sectoriales a los gobiernos regionales y/o locales conforme a lo establecido por la Ley de Bases de la Descentralización;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 324-2011-MEM/DM, modificada por Resolución Ministerial N° 027-2019-MEM/DM, se conformó la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio de Energía y Minas ante la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de realizar las coordinaciones para la transferencia de competencias sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima;

Que, según el literal g) del artículo 40 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias (en adelante, Reglamento), la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto coordina la ejecución de las acciones sectoriales correspondientes al proceso de descentralización en coordinación con las diferentes dependencias de la institución, los órganos desconcentrados, Gobiernos Regionales y Locales;

Que, asimismo, el literal b) del artículo 45 del Reglamento señala que, la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto coordina las acciones correspondientes al proceso de descentralización y de la transferencia de las competencias a los Gobiernos Regionales, en coordinación con las Direcciones Generales;

Que, la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional en el Informe N° 090-2022-MINEM/OGPP-ODICR señala que la función de la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio de Energía y Minas, es la de realizar las coordinaciones para la transferencia de competencias sectoriales a los gobiernos regionales y/o locales y otras acciones que se deriven esta, según las normas emitidas por la autoridad técnico normativa a nivel nacional en materia de descentralización;

Que, la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional señala que se requiere de una sola Comisión Sectorial; en ese sentido, propone dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales N° 316-2007-MEM/DM y N° 324-2011-MEM/DM a fin de conformar la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio de Energía y Minas encargada de realizar coordinaciones para la transferencia de competencias sectoriales a los gobiernos regionales y/o locales;

Que, el literal n) del artículo 13 del Reglamento, establece que el Ministro de Energía y Minas, tiene como funciones, entre otras, expedir resoluciones ministeriales relativas al Sector Energía y Minas;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la conformación de la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio de Energía y Minas encargada de realizar coordinaciones para la transferencia de competencias sectoriales a los gobiernos regionales y/o locales, el cual queda integrado por:

- El/la Viceministro/a de Electricidad, el/la Viceministro/a de Hidrocarburos y el/la Viceministro/a de Minas, quienes presidirán en su respectivo subsector.

- El/la Secretario/a General.

- El/la Director/a General de Electricidad.

- El/la Director/a General de Electrificación Rural.

- El/la Director/a General de Eficiencia Energética.

- El/la Director/a General de Asuntos Ambientales de Electricidad.

- El/la Director/a General de Hidrocarburos.

- El/la Director/a General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos.

- El/la Director/a General de Minería.

- El/la Director/a General de Formalización Minera.

- El/la Director/a General de Asuntos Ambientales Mineros.

- El/la Jefe/a de la Oficina General de Administración.

- El/la Jefe/a de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto

Artículo 2.- La función de la Comisión señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial será realizar las coordinaciones para la transferencia de competencias sectoriales a los gobiernos regionales y/o locales y otras acciones que se deriven esta, según las normas emitidas por la autoridad técnico normativa a nivel nacional en materia de descentralización.

Artículo 3.- La Comisión debe instalarse a más tardar al tercer día de aprobada la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales N° 316-2007-MEM/DM y N° 324-2011-MEM/DM, sus modificatorias y todas aquellas Resoluciones que se opongan a la presente Resolución.

Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial, a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, así como a las unidades orgánicas de Línea orgánicas del Ministerio de Energía y Minas, para los fines pertinentes.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS SABINO PALACIOS PEREZ

Ministro de Energía y Minas

2063124-1