Aprueban en 1,049 el Factor de Recargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica aplicable a los cargos tarifarios de los usuarios del servicio público de electricidad de los sistemas interconectados a que se refiere el Artículo 2 de la Ley N° 27510, aplicable en la facturación del periodo del 1 de mayo de 2022 al 3 de agosto de 2022

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN

N° 075-2022-OS/CD

Lima, 28 de abril de 2022

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 27510, se creó el Fondo de Compensación Social Eléctrica (en adelante FOSE), a efectos de favorecer el acceso y permanencia del servicio eléctrico a usuarios residenciales, de la opción tarifaria BT5, cuyo consumo mensual sea menor a 100 kW.h mes;

Que, la Ley N° 28307, Ley que modifica y amplía los factores de reducción tarifaria de la Ley N° 27510, otorga vigencia indefinida al FOSE y sustituye la Tabla contenida en el Artículo 3 de la Ley N° 27510, determinando así una ampliación del universo de beneficiarios del FOSE;

Que, la Ley N° 30319, Ley que amplía y modifica los factores de reducción tarifaria de la Ley N° 27510, adecuó los parámetros de aplicación del FOSE para los usuarios de los Sistemas Eléctricos Urbano-Rural y Rural de los Sectores Típicos 3 y 4;

Que, a partir del año 2023, de acuerdo con la Ley N° 31429, publicada en el diario oficial El Peruano el día 26 de febrero de 2022, el rango de beneficiados se amplía hasta 140 kW.h mes y para el financiamiento se incorpora a los usuarios libres. Asimismo, la nueva norma establece criterios de exclusión de usuarios del beneficio del FOSE, como la ubicación del punto de entrega del suministro, pues si este se encuentra en zonas calificadas como estrato alto y medio alto, no podrían acogerse a este beneficio, lo cual también será aplicable a partir de la fecha indicada;

Que, con Resolución Osinergmin N° 2123-2001-OS/CD, se aprobó la norma denominada “Procedimientos de Aplicación del FOSE”, en la cual se definen los criterios y procedimientos para la administración y aplicación del FOSE, habiéndose aprobado el Texto Único Ordenado de la referida norma, mediante la Resolución Osinergmin N° 689-2007-OS/CD;

Que, de conformidad con lo expuesto en el Artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Norma Procedimiento de Aplicación del FOSE, Osinergmin trimestralmente fija el recargo que se aplica en la facturación en los cargos tarifarios de potencia, energía y cargo fijo de los usuarios del servicio público de electricidad a que se refiere el Artículo 2 de la Ley N° 27510;

Que, con Resolución Osinergmin N° 010-2022-OS/CD, se aprobó el factor de recargo del FOSE y el Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondientes al periodo del 4 de febrero de 2022 al 30 de abril de 2022, siendo por tanto necesaria la fijación del factor de recargo del FOSE y el Programa de Transferencias Externas para el trimestre siguiente;

Que, se ha considerado para el cálculo del factor de recargo del FOSE, la información de los sistemas fotovoltaicos, de conformidad con el numeral 16.2 del Artículo 16 del Reglamento para la Promoción de la Inversión Eléctrica en Áreas No Conectadas a Red, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2013-EM, así como lo dispuesto por el numeral 1 del Artículo 4 de la Resolución Osinergmin N° 122-2018-OS/CD, según el cual las empresas operadoras de sistemas fotovoltaicos para la atención de suministros de energía eléctrica, a efectos de la aplicación y uso del FOSE, deberán seguir los criterios y procedimientos dispuestos por el Texto Único Ordenado de la Norma Procedimiento de Aplicación del Fondo de Compensación Social Eléctrica;

Que, la vigencia del factor de recargo del FOSE y el Programa de Transferencias Externas que se establece mediante la presente resolución corresponde al periodo comprendido del 1 de mayo de 2022 al 3 de agosto de 2022, toda vez que el 1 de mayo de 2022 se producirá la actualización de las tarifas eléctricas, por lo que a efectos de evitar recálculos continuos y de conformidad con el principio de simplicidad, previsto en el numeral 1.13 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en virtud del cual se deben eliminar complejidades innecesarias, resulta conveniente en esta oportunidad que el factor del recargo del FOSE y el programa de transferencias externas tengan vigencia a partir del día de actualización, es decir, el día 1 de mayo de 2022;

Que, se ha emitido el Informe Técnico N° 205-2022-GRT y el Informe Legal N° 207-2022-GRT de la División de Distribución Eléctrica y de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, respectivamente. Los mencionados informes complementan la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, en la Ley N° 27510 que creó el Fondo de Compensación Social Eléctrica, en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y en la Ley N° 30468, Ley que crea el Mecanismo de Compensación de la Tarifa Eléctrica Residencial y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modificatorias y complementarias.

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 13-2022, de fecha 28 de abril de 2022.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Factor de Recargo

Aprobar en 1,049 el Factor de Recargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica aplicable a los cargos tarifarios de los usuarios del servicio público de electricidad de los sistemas interconectados a que se refiere el Artículo 2 de la Ley N° 27510, aplicable en la facturación del periodo del 1 de mayo de 2022 al 3 de agosto de 2022.

Artículo 2.- Aprobación del Programa de Transferencia

Aprobar el Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondiente al periodo del 1 de mayo de 2022 al 3 de agosto de 2022, de acuerdo a los siguientes cuadros:

Programa de Transferencias Externas

(En Soles)

Empresas Aportantes

Enel Distribución

Luz del Sur

Fecha Límite de

15/06/2022

15/07/2022

15/08/2022

15/06/2022

15/07/2022

15/08/2022

Transferencia

Receptoras

Adinelsa

275,573

275,028

274,485

381,863

382,212

382,563

Chavimochic

6,627

6,527

6,426

9,182

9,070

8,956

Edelsa

20,769

20,743

20,717

28,780

28,828

28,875

Egepsa

6,813

6,799

6,786

9,440

9,449

9,458

Electro Oriente

915,626

913,358

911,087

1,268,790

1,269,312

1,269,822

Electro Pangoa

12,509

12,516

12,523

17,335

17,394

17,455

Electro Puno

518,975

517,542

516,108

719,149

719,239

719,324

Electro Sur Este

550,193

547,826

545,462

762,408

761,324

760,235

Electro Tocache

128,080

127,995

127,908

177,482

177,876

178,272

Electrocentro

550,492

549,220

547,931

762,822

763,261

763,677

Electronoroeste

215,466

213,980

212,491

298,574

297,371

296,158

Electronorte

56,506

55,535

54,566

78,301

77,179

76,051

Emseusa

11,166

11,114

11,061

15,474

15,445

15,416

Hidrandina

178,215

177,882

177,545

246,954

247,206

247,453

Seal

17,981

23,143

28,334

24,916

32,162

39,490

Sersa

5,061

5,030

4,998

7,014

6,990

6,967

Acciona.org Perú

127,408

127,210

127,010

176,550

176,787

177,020

Eilhicha

20,101

20,055

20,007

27,854

27,870

27,884

Esempat

4,952

4,941

4,930

6,862

6,866

6,870

Entelin

164,041

163,941

163,841

227,313

227,833

228,353

Fideicomiso Fotovoltaico Minem-Ergon

3,409,100

3,403,379

3,397,655

4,724,020

4,729,741

4,735,465

Tre Perú

194,649

197,337

200,049

269,726

274,242

278,818

Empresas Aportantes

Coelvisac

Electro Dunas

Fecha Límite de

Transferencia

15/06/2022

15/07/2022

15/08/2022

15/06/2022

15/07/2022

15/08/2022

Empresas

Receptoras

Electrocentro

214 344

215 280

216 222

649 885

646 721

643 564

Empresas Aportantes

Empresas Aportantes

Electro Ucayali

Electrosur

Fecha Límite de

Transferencia

15/06/2022

15/07/2022

15/08/2022

15/06/2022

15/07/2022

15/08/2022

Empresas

Electrocentro

398 249

398 130

398 015

30 019

28 797

27 574

Receptoras

Artículo 3.- Publicación de la Resolución

Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2022.aspx, conjuntamente con el Informe Técnico N° 205-2022-GRT y el Informe Legal N° 207-2022-GRT, que forman parte integrante de esta resolución.

Omar Chambergo Rodríguez

Presidente del Consejo Directivo

2062799-1