Autorizan viaje de Ministros de Estado que integran la comitiva oficial que acompañará al Presidente de la República a la República del Ecuador, para participar en el Encuentro Presidencial y la XIV Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú - Ecuador
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 131-2022-PCM
Lima, 28 de abril de 2022
CONSIDERANDO:
Que, el Presidente de la República, señor JOSE PEDRO CASTILLO TERRONES, ha sido autorizado para salir del territorio nacional el día 29 de abril de 2022, con el objeto de participar en el Encuentro Presidencial y la XIV Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú - Ecuador que se realizará en la ciudad de Loja, República del Ecuador;
Que, el Encuentro Presidencial y la XIV Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú - Ecuador, es el espacio de diálogo político al más alto nivel, constituyéndose en el escenario ideal en el cual los sectores peruanos y ecuatorianos acuerdan compromisos concretos que beneficiarán a las poblaciones de ambos países, especialmente de los pueblos de las zonas fronterizas;
Que, por lo expuesto, y siendo de interés nacional, resulta necesario autorizar el viaje de los señores Ministros de Estado que integran la comitiva oficial que acompañará al señor Presidente de la República; y, por consiguiente, encargar las carteras de los citados Ministros;
Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros, se efectúa por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;
Que, los gastos por conceptos de viáticos serán asumidos con cargo al presupuesto institucional de cada sector;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Loja, República del Ecuador, el 29 de abril de 2022, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema, de los siguientes Ministros de Estado:
- Señor CESAR RODRIGO LANDA ARROYO, Ministro de Relaciones Exteriores.
- Señor ALFONSO GILBERTO CHAVARRY ESTRADA, Ministro del Interior.
- Señor JOSE LUIS GAVIDIA ARRASCUE, Ministro de Defensa.
- Señor JORGE ANTONIO LOPEZ PEÑA, Ministro de Salud.
- Señor MODESTO EDILBERTO MONTOYA ZAVALETA, Ministro del Ambiente.
- Señor NICOLAS BUSTAMANTE CORONADO, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
- Señor ROBERTO HELBERT SANCHEZ PALOMINO, Ministro de Comercio Exterior y Turismo.
- Señor OSCAR MIGUEL GRAHAM YAMAHUCHI, Ministro de Economía y Finanzas.
Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos por la suma de US$370.00 (1 día de viáticos), para cada uno de los Ministros de Estado autorizados en el artículo precedente, son cubiertos con cargo al presupuesto institucional de sus respectivos sectores.
Artículo 3.- Encargar al Ministro de Cultura, señor ALEJANDRO ANTONIO SALAS ZEGARRA, los Despachos de Defensa y del Ambiente, a partir del 29 de abril de 2022 y en tanto dure la ausencia de los Titulares.
Artículo 4.- Encargar al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, señor GEINER ALVARADO LOPEZ, los Despachos del Interior y de Transportes y Comunicaciones, a partir del 29 de abril de 2022 y en tanto dure la ausencia de los Titulares.
Artículo 5.- Encargar al Ministro de la Producción, señor JORGE LUIS PRADO PALOMINO, los Despachos de Comercio Exterior y Turismo, y de Economía y Finanzas, a partir del 29 de abril de 2022 y en tanto dure la ausencia de los Titulares.
Artículo 6.- Encargar al Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor FELIX INOCENTE CHERO MEDINA, los Despachos de Salud y de Relaciones Exteriores, a partir del 29 de abril de 2022 y en tanto dure la ausencia de los Titulares.
Artículo 7.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 8.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa, el Ministro de Salud, el Ministro del Ambiente, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, y el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ
Presidente del Consejo de Ministros
MODESTO MONTOYA ZAVALETA
Ministro del Ambiente
ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE
Ministro de Defensa
OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI
Ministro de Economía y Finanzas
ALFONSO CHÁVARRY ESTRADA
Ministro del Interior
CÉSAR LANDA ARROYO
Ministro de Relaciones Exteriores
JORGE ANTONIO LOPEZ PEÑA
Ministro de Salud
NICOLÁS BUSTAMANTE CORONADO
Ministro de Transportes y Comunicaciones
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