Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Los Negritos de Yauyos, en la provincia de Yauyos, departamento de Lima

RESOLUCIóN VICEMINISTERIAL

N° 000104-2022-VMPCIC/MC

San Borja, 26 de abril del 2022

VISTOS; el Informe N° 000237-2022-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe N° 000306-2022-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; la Hoja de Elevación N° 000228-2022-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;

Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”;

Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias, señala que integran el patrimonio inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural;

Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;

Que, mediante el Expediente N° 2020-0097085, el señor Porfirio Percy Vilchez Hilario, solicita la declaratoria de la Danza Los Negritos de Yauyos, provincia de Yauyos, departamento de Lima como Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, mediante el Informe N° 000237-2022-DGPC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural remite el Informe Nº 000306-2022-DPI/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, por el cual recomendó declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Danza Los Negritos de Yauyos, provincia de Yauyos, departamento de Lima;

Que, la provincia de Yauyos está ubicada en el sureste del departamento de Lima, donde colinda con las provincias de Cañete y Huarochirí. Por el norte limita con la provincia de Jauja y por el este con las provincias de Concepción, Chupaca y Huancayo, del departamento de Junín; por el este, limita con la provincia de Huancavelica del departamento del mismo nombre; por el sur limita con las provincias de Castrovirreyna del departamento de Huancavelica y con Chincha del departamento de Ica. Su territorio, situado en la vertiente occidental de la Cordillera de los Andes, está conformado por treinta y tres distritos donde radican 20,463 habitantes. Los centros poblados de la provincia de Yauyos se sitúan por lo general en la región natural quechua, entre los 2300 y 3500 m.s.n.m., no obstante, su territorio también está integrado por las regiones naturales yunga, quechua, suni, puna y janca;

Que, el territorio de la provincia de Yauyos, desde la época preinca, formó parte de una gran red de intercambio cultural, social y económico de sociedades circunscritas en el espacio geográfico que comprende en la actualidad los departamentos de Lima, Ica, Huancavelica y Junín. Posteriormente, como aliados de los Incas, la región estuvo conformada por Hanan Yauyos o región del Alto Yauyos, actual región noreste de la provincia de Yauyos; Hatun Yauyos o región Central de Yauyos, actuales territorios del norte y centro de la provincia; y Hurin Yauyos o región del Bajo Yauyos, al sur de la provincia. Durante el Virreinato pasó a convertirse en el corregimiento de Hatun Yauyos, administración colonial que configuró en gran medida la demarcación actual de su territorio y que, en la República, se constituyó de manera oficial como una de las provincias del departamento de Lima;

Que, la danza Los Negritos de Yauyos, de la provincia de Yauyos, también conocida como Negrería yauyina, forma parte de una expresión cultural vigente en los andes peruanos y que cuenta con una amplia representación en la sierra central del Perú, espacio donde se practica una gran diversidad de versiones denominadas Negreadas, Negrerías, Negritos, Morenadas o Morenos; expresiones que tienen como antecedente una larga tradición de villancicos y danzas de procedencia española, arraigadas en el Perú desde el siglo XVII y relacionadas generalmente con la veneración al Niño Jesús;

Que, las danzas de Negritos simbolizan la particular visión andina acerca de las diversas condiciones en las que trabajaban y vivían las poblaciones afrodescendientes esclavizadas en las minas y haciendas durante la época colonial y las estrategias que trazaban para subsistir. En ese sentido, representan las relaciones que existían entre las comunidades de afrodescendientes en condición de esclavitud, sus celadores y sus amos, con el propósito de venerar las imágenes religiosas y las fuentes de agua en el contexto de las festividades locales y los sistemas de cargo, ambos de amplia presencia en la organización social andina actual;

Que, la danza de Los Negritos de Yauyos se practica en veinticinco de los treinta y tres distritos de la provincia de Yauyos, área donde se pueden identificar tres variantes generales de la danza a partir de la agrupación de los distritos de la provincia en las zonas norte y noreste, zona centro y zona sur, áreas geográficas donde se practica la danza con variantes y características propias que responden a sus desarrollos históricos independientes, así como a sus interrelaciones particulares con otras regiones próximas a la provincia de Yauyos. De esta manera, la zona norte está conformada por los distritos de Tanta, Huancaya, Tomas, Vitis, Miraflores, Alis, Carania y Laraos; la zona noroeste por los distritos de San Joaquín, Cochas, Huañec, Huampará, Quinocay, Quinches, Ayaviri y San Pedro de Pilas. La zona centro por los distritos de Colonia, Huantán y Putinza. Y la zona sur por los distritos de Cacra, Hongos, Lincha, Viñac, Chocos y Madeán;

Que, la danza de Los Negritos de Yauyos se practica en diferentes épocas del año. Así, en los distritos de la zona norte de la provincia está asociada principalmente a las festividades de Navidad, Año Nuevo y Bajada de Reyes. En la zona noroeste, se practica como parte de las festividades de la Cruz en el mes de mayo, a veces combinándose con las limpiezas de acequias o fiestas del agua. En los distritos de la zona centro, la danza también se encuentra asociada a la limpieza de acequias o limpia sequia, actividad realizada entre los meses de setiembre y octubre; y en los distritos de la zona sur, a las festividades de Corpus Christi y Pascua en el mes de junio. No obstante, la práctica de la danza también forma parte de otras festividades patronales y cívicas, como aniversarios distritales de toda la provincia, habiéndose extendido a otras regiones como Lima y Junín bajo organizaciones asociativas distritales y provinciales;

Que, si bien la danza Negritos de Yauyos se practica con una amplia diversidad de características particulares, se pueden identificar una serie de personajes representativos que participan en las zonas norte y noreste, centro y sur de la provincia. En primer lugar, el mayordomo, persona con amplio conocimiento de la danza que se ubica al frente de la cuadrilla de danzantes para dirigir su recorrido. Cabe precisar que en los distritos del norte de la provincia, los mayordomos son también denominados mayú, mientras que en los distritos del centro y sur este rol suele ser asumido por una pareja de esposos (mayodomo y mayorala) quienes también se hacen cargo de la organización de las festividades en las que se representa la danza. Lo anterior llama la atención sobre el hecho de cómo la danza de los Negritos de Yauyos se da dentro de sistemas de cargos adscritos a distintos contextos festivos;

Que, los caporales, por otro lado, son dos personas que siguen al mayordomo o mayú y que dirigen cada una de las columnas de negritos que conforman la cuadrilla de la danza, manteniendo la disciplina entre los negritos. Su personaje representa al administrador de las haciendas de la época colonial y su participación únicamente se da en las zonas norte y noroeste de la provincia. En las zonas sur y centro de la provincia se prescinde de este personaje, siendo su función asumida por los negros mayores. Estos son negritos que encabezan las dos columnas de la cuadrilla, y que representan a los encargados de organizar los trabajos realizados por grupos de afrodescendientes en las haciendas agrícolas. Los negritos son todos los danzantes que integran las dos columnas dirigidas por los negros mayores, los caporales en las zonas norte y noroeste, y el mayordomo y mayorala principalmente en la zona sur. Representan a la población afrodescendiente durante la época colonial e inicios de la época republicana. Su participación se da en todas las zonas de la provincia donde se practica la danza;

Que, el personaje de la marica es particular de Huancaya y juega un papel ritual importante por su ubicación central en la cuadrilla, siendo considerado como la mamá de los negritos. Su vestimenta incluye sombrero blanco de paja barnizada de yeso, blusa blanca, lliclla y pollera larga. Asimismo, las cuadrillas de negritos de las zonas norte y noroeste de Yauyos gozan actualmente de una importante presencia femenina a través de las cuadrillas de negritas, correspondientes a asociaciones distritales y provinciales que han dinamizado no sólo la danza sino también la participación social de la población de sus respectivos distritos;

Que, la indumentaria que caracteriza la danza de Los Negritos de Yauyos representa la vestimenta que, según la interpretación actual de las comunidades de portadores, era utilizada por la población afrodescendiente en contextos festivos durante la época colonial y en especial durante la temporada de Navidad y Año Nuevo. Hoy en día, en las zonas norte y noroeste de la provincia, la indumentaria de los negritos se caracteriza por su minuciosa elaboración e influencia de las danzas de negritos de la sierra central del Perú. Está incluye sombrero de paño oscuro adornado con un espejo y plumaje; máscara de cuero con facciones exageradas; y según los distritos, ternos y corbata o sacones y cotonillas de pana de diferentes colores bordados con hilos dorados y plateados; pantalones de cabalgar, polainas o botas con o sin espuelas; chicotillo o látigo, pañuelos de colores y una campanilla. En la zona centro, la indumentaria se caracteriza por utilizar un sombrero adornado con plumas, cintas de colores y un espejo, así como un terno generalmente de color oscuro y zapatos negros. No obstante, en el distrito de Huantán se usan polainas hechas de mantas coloridas, mientras que en el distrito de Colonia se usan en el sombrero abundantes cintas coloridas. En la zona sur, la indumentaria está conformada por un sombrero de paño con plumas en la parte superior y una máscara barbada de cuero negro, blanco o combinado; túnica, terno, camisa y pantalones; pañuelos floridos y cintas multicolores; además de cascabeles de bronce en los tobillos de los negritos;

Que, la música de la danza de Los Negritos de Yauyos es ejecutada por agrupaciones de músicos especializados que conocen las diversas melodías correspondientes a cada momento de la danza. Actualmente, existen en la provincia tres tipos de agrupaciones musicales diferenciadas por su conformación instrumental correspondientes a las tres zonas de la provincia de Yauyos de donde son características. Así, los conjuntos de pinkullo o wawko y tinya, instrumentos ejecutados ampliamente hoy en día en la extensión territorial andina, por un mismo músico y concentran su práctica en los distritos de la zona sur de la provincia. Los conjuntos de arpa y violín, conformados en algunos casos únicamente por violín, instrumento de cuerda introducido tempranamente por la población hispana y posteriormente asimilado por la población originaria durante la época colonial, concentran su práctica en los distritos de la zona centro de la provincia. Finalmente, las bandas de música, introducidas desde inicios del siglo XX y conformadas por instrumentos musicales de viento como trombón, trompeta, clarinete, saxofón, tuba, y de percusión como bombo, tarola y platillos, concentran su práctica musical en los distritos de las zonas norte y noroeste de la provincia;

Que, los principales momentos de la secuencia coreográfica de la danza en la zona norte, cada uno con sus tonalidades correspondientes, son el pasacalle, la esquina y el patio. El pasacalle es el desplazamiento mediante el cual las dos columnas de negritos que conforman la cuadrilla se movilizan de un lugar a otro. La esquina, donde la cuadrilla danza girando en una ronda cuando se llega a la esquina de una calle o plaza. Y el patio, momento en que la cuadrilla ejecuta una serie de mudanzas con sus respectivas tonadas frente al domicilio de los funcionarios mayores de la fiesta en que se representa la danza;

Que, otros momentos complementarios son el tendí, donde se simula el castigo a los negritos indisciplinados, y el llamado de lista a los negritos con gran jocosidad. En los distritos donde la danza está asociada a la Navidad, como Huancaya, se realiza el momento denominado Belén en la que los negritos danzan y cantan en homenaje al Niño Jesús, seguida de la adoración individual o en dúos por parte de los negritos quienes cantan, recitan y brindan una donación frente a la imagen del Niño Jesús. En los distritos de la zona centro, la representación de la danza está asociada a la limpieza de acequias, por lo que las mudanzas hacen alusión a las particularidades de esta actividad;

Que, además de recrear la memoria colectiva sobre la situación de esclavitud de las poblaciones de origen africano en el área andina peruana, la danza de Los Negritos de Yauyos cumple un papel importante en la afirmación de las identidades locales donde su práctica fortalece los vínculos sociales que se tejen en torno a las celebraciones religiosas locales y prácticas colectivas ancestrales y contemporáneas, activando mecanismos de solidaridad y reciprocidad entre los miembros de la comunidad que participan de las comparsas de danza y de las festividades.  Asimismo, la proximidad de la provincia de Yauyos a las ciudades de Huancayo, Huancavelica, Ica y Lima, importantes centros de práctica de las negrerías, ha permitido su interacción y enriquecimiento con otras manifestaciones similares en un contexto más amplio, donde la creación de asociaciones distritales de cuadrillas de Los Negritos de Yauyos en dichas ciudades consolidó en los espacios urbanos centros de práctica, retroalimentación y enriquecimiento de las negrerías en los distritos de la provincia de Yauyos y fuera de ellos. Adicionalmente, la incorporación a la danza de cuadrillas de mujeres o negritas fortalece la vigencia y continuidad de la danza, así como la adaptación de su práctica tradicional a las condiciones de un mundo globalizado;

Que, conjuntamente con las referencias citadas en el Informe N° 000306-2022-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y el significado de la danza Los Negritos de Yauyos, provincia de Yauyos, departamento de Lima; motivo por el cual, dicho informe constituye parte integrante de la presente resolución viceministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 338-2015-MC, se aprobó la Directiva N° 003-2015-MC, “Directiva para la Declaratoria de las Manifestaciones de Patrimonio Cultural Inmaterial y de la Obra de Grandes Maestros, Sabios y Creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural”, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; así como su publicación en el diario oficial “El Peruano”;

Con las visaciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección de Patrimonio Inmaterial y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Los Negritos de Yauyos, en la provincia de Yauyos, departamento de Lima, también conocida como Negrería yauyina, por tratarse de una expresión cultural de gran valor histórico y simbólico en cuya representación confluyen tradiciones culturales originarias, hispánicas y afrodescendientes; por mantener vigente en la memoria colectiva del pueblo yauyino la presencia histórica de la población afrodescendiente en la zona; y por dar forma a una serie de variantes locales que pone en evidencia la construcción de una identidad cultural propia a partir de la interacción con otras expresiones asociadas a contextos geográficos y culturales cercanos.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en coordinación con la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución viceministerial en el diario oficial “El Peruano”, así como su difusión en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), conjuntamente con el Informe N° 000306-2022-DPI/MC.

Artículo 4.- Notificar la presente resolución y el Informe N° 000306-2022-DPI/MC a la Asociación de Negrerías de la Provincia de Yauyos, al Gobierno Regional de Lima y a la Municipalidad Provincial de Yauyos, para los fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO

Viceministra de Patrimonio Cultural e

Industrias Culturales

2061818-1