Modifican periodo de vigencia de Grupo de Trabajo denominado “Mesa Técnica para el Desarrollo Integral de la provincia de La Convención del departamento de Cusco”, creado mediante la R.M. N° 252-2021-PCM

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 129-2022-PCM

Lima, 26 de abril de 2022

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 252-2021-PCM, publicada el 29 de octubre de 2021, se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominadoMesa Técnica para el Desarrollo Integral de la provincia de La Convención del departamento de Cusco”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto coordinar, analizar y establecer las propuestas de desarrollo territorial y contribuir a la solución de la problemática de la provincia de La Convención, así como evaluar e identificar las acciones y actividades orientadas al fortalecimiento institucional y a la mejora de la respuesta estatal a las necesidades de bienes y servicios de calidad para la población, contribuyendo al desarrollo sostenible de la provincia;

Que, el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 252-2021-PCM, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene vigencia por un período de ciento ochenta (180) días calendario, prorrogable por un período adicional;

Que, en dicho contexto, la Secretaría de Descentralización, informa que, a la fecha, el Grupo de Trabajo tiene un avance de 60 compromisos en proceso de implementación y 81 compromisos pendientes sobre un total de 141 compromisos que comprende su agenda; por lo que, propone y sustenta la necesidad de modificar el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 252-2021-PCM, a fin de ampliar el período de vigencia del Grupo de Trabajo a efecto de que cumpla con su objeto y funciones; precisando que para ello se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Descentralización, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación del artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 252-2021-PCM

Modifícase el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 252-2021-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 11.- Período de vigencia

El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 31 de julio de 2022, prorrogable por un período adicional.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ

Presidente del Consejo de Ministros

2061688-2