Modifican el Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2023
Decreto de Alcaldía
Nº 002-2022-ALC-MDLP
La Perla, 19 de abril de 2022
EL ALCALDE DE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA
VISTOS:
El Informe Nº 036-2022-GPPM/MDLP emitido por la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Modernización con fecha 12 de abril de 2022, Informe Nº 302-2022-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica con fecha 13 de abril de 2022, Memorándum Nº 437-2022-GM-MDLP emitido por Gerencia Municipal con fecha 18 de abril de 2022; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305 – “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley;
Que, el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, expresa que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”;
Que, asimismo, el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece como atribución del Alcalde “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”;
Que, el artículo 17º numeral 17.1 de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, determina que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos en la Gestión Pública;
Que, el artículo 53º de la mencionada ley, señala que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificación;
Que, la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, reglamentada por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, señala en su Artículo 3º que dicho proceso tiene como finalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad para considerarlas en su presupuesto y promover su ejecución a través de programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano, integral y sostenible;
Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 10 de abril de 2010, contiene orientaciones para el desarrollo del proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados;
Que, en la citada norma, se señala que el Rol del Alcalde en el Proceso del Presupuesto Participativo es la de organizar las actividades del proceso participativo, haciéndolas de conocimiento público;
Que, mediante Ordenanza Nº 003-2022-MDLP, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 20 de marzo del 2022, se aprueba la Ordenanza que Reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo del Distrito de La Perla;
Que, el artículo cuarto de la Ordenanza Nº 003-2022-MDLP, faculta al Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Perla, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para la adecuación y aplicación de la citada norma.
Que, mediante Acta de reunión del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de La Perla de fecha 01 de abril del 2022, se acuerda encargar a la presidenta del dicho equipo, que recae en la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Modernización, iniciar las coordinaciones y acciones necesarias para dar inicio al Presupuesto Participativo 2023, solicitando para eso, proyecte la modificación de la Ordenanza Nº 003-2022-MDLP mediante Decreto de Alcaldía;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 003-2022-SA se prorroga el Estado de Emergencia Sanitaria declarado por el Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, prorrogada por Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020-SA, Nº 009-2021-SA y Nº 025-2021-SA, a partir del 2 de marzo de 2022, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario;
Que, mediante Informe Nº 036-2022-GPPM/MDLP emitido por la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Modernización con fecha 12 de abril de 2022 informa que se están realizando las coordinaciones para dar inicio a las actividades del Proceso del Presupuesto Participativo 2023, Basado en Resultados del Distrito de La Perla. Que, el Reglamento que regula el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de La Perla para el año fiscal 2023, aprobado por Ordenanza Nº 003-2022-MDLP, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 20 de marzo del 2022, en el artículo cuarto faculta al Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Perla, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para la adecuación y aplicación de la citada ordenanza. Por tanto, solicita se apruebe el Proyecto de Decreto de Alcaldía que modifica el Cronograma de Actividades, aprueba la Matriz de Evaluación de Priorización de los Proyectos, dispone el número de miembros representantes de la sociedad civil organizada y aprueba la Ficha de Inscripción al Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2023;
Que, mediante Informe Nº 302-2022-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica con fecha 13 de abril de 2022 concluye opinando por la Procedencia de Aprobar el Proyecto de Decreto de Alcaldía que modifica el Cronograma de Actividades, Aprueba la Matriz de Evaluación de Priorización de Proyectos y el Número de Miembros Representantes de la Sociedad Civil Organizada y Aprueba la Ficha de Inscripción al Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resulatdos-2023, propuesto por la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Modernización. Asimismo, recomienda disponer a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, la publicación y difusión del Decreto de Alcaldía que se menciona en el párrafo precedente, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital La Perla, y encargar a la Secretaria General publicar el mencionado Decreto de Alcaldía y su anexo en el Diario Oficial “El Peruano”;
Que, mediante Memorándum Nº 437-2022-GM-MDLP emitido por Gerencia Municipal con fecha 18 de abril de 2022 remite los actuados administrativos a Secretaria General a fin de emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente, por contar con opinión técnica y legal de las áreas competentes;
En aplicación de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º y el Artículo 42º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.
DECRETA:
Artículo Primero.- MODIFICAR el Cronograma del Proceso (Anexo Nº 01) de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2023, en virtud a la Ordenanza Nº 003-2022-MDLP, de fecha 10 de marzo de 2022 publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 20 de marzo del 2022.
Artículo Segundo.- APROBAR la Ficha de Inscripción al Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2023 (Anexo Nº 02).
Artículo Tercero.- APROBAR la Matriz de Evaluación de Priorización de los Proyectos del Presupuesto Participativo 2023 (Anexo Nº 03), en virtud a la Ordenanza Nº 003-2022-MDLP, de fecha 10 de marzo de 2022 publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 20 de marzo del 2022.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la sociedad civil organizada podrá inscribir a un Miembro Titular y a un Miembro Suplente para que los represente en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2023.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a los integrantes del Equipo Técnico, de acuerdo con sus funciones establecidas, el estricto cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, teniendo en cuenta las medidas sanitarias para la prevención del COVID-19.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a SECRETARIA GENERAL la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y su anexos; asimismo, a la SUB GERENCIA DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía con sus respectivos Anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Perla (www.munilaperla.gob.pe), el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.servicioalciudadano.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.pob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ANIBAL NOVILO JARA AGUIRRE
Alcalde
ANEXO Nº 01
CRONOGRAMA DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2023
DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA
FASE |
N° |
ACTIVIDADES |
DESCRIP- CIÓN |
ÁREAS QUE INTER- VIENEN |
10 de Marzo - 28 de Marzo |
25 de Abril - 09 de Mayo |
10 de Mayo - 17 de Mayo |
19 de Mayo |
24 de Mayo |
25 de Mayo - 27 de Mayo |
30 de Mayo - 03 de Junio |
06 de Junio |
07 de Junio |
08 de Junio - 07 de Julio |
I. PREPA- RACIÓN |
1.1 |
Elaboración, aprobación, publicación y difusión de la Ordenanza Municipal que aprueba el inicio del proceso del Presupuesto Participativo 2023. |
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GPPM, GM, GAJ, SG, SGPV y GDU |
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1.2 |
Convocatoria de Presupuesto Participativo 2023 (publicación en medios de comunicación e informáticos, canales oficiales de la entidad municipal y por medios físicos). |
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SGPV, SGC y SGTI |
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1.3 |
Inscripción de los agentes participantes al Presupuesto Participativo por medio presencial y virtual. Acreditación de agentes participantes al Presupuesto Participativo y Publicación de Agentes Participantes |
(Cuestionario publicado en el portal institucional www.munilaperla.gob.pe) |
SGPV, SG y SGTI |
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1.4 |
(Taller) Rendición de cuentas del Presupuesto Participativo 2019 a 2022 e Inauguración y taller de capacitación a los agentes participantes. |
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GPPM, SGPV y GDU |
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2.1 |
Taller de identificación y priorización de resultados (Exposición del Plan de Desarrollo Concertado, Priorización de Resultados) y Exposición de Cartera de Proyectos de Inversión. |
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GPPM, SGPV y GDU |
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II. CONCER- TANCIÓN |
2.2 |
Ingreso de propuestas de proyectos para el Presupuesto Participativo de los agentes participantes. |
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GPPM, SGPV, GDU y SGTI |
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2.3 |
Evaluación técnica de proyectos propuestos por los agentes participantes. |
Verificación en campo de cada propuesta de proyecto presentada por zona. |
GPPM y GDU |
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2.4 |
Publicación de resultados de la evaluación técnica de proyectos. |
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SGTI y SGPV |
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III. COORDI- NACIÓN ENTRE NIVELES DE GOBIERNO |
3.1 |
Articulación de proyectos de inversión entre niveles de gobierno. |
Mediante oficio se le comunica al Gobierno Regional para que brinde un apoyo económico a la distrital. |
GPPM y GDU |
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IV. FASE DE FORMALI- ZACIÓN |
4.1 |
Taller de formalización de resultados del Presupuesto Participativo 2023, Elección de Comité de Vigilancia y Suscripción de Actas |
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GPPM, SGPV y GDU |
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4.2 |
Publicación de los resultados finales del Presupuesto Participativo 2023 |
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GPPM, SGPV, GDU y SGTI |
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4.4 |
Registro de la información en el aplicativo del Presupuesto Participativo e Informe final del resultado de Presupuesto Participativo 2023 |
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GPPM, SGPV y GDU |
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Anexo Nº 02
FICHA DE INSCRIPCIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES
Datos Generales |
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I. Miembro Titular |
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Nombres y Apellidos |
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Documento Nacional de Identidad (DNI) |
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Sexo (Masculino o Femenino) |
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Número de Teléfono |
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Número de Celular |
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Correo Electrónico |
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Cargo |
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II. Miembro Suplente |
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Nombres y Apellidos |
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Documento Nacional de Identidad (DNI) |
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Sexo (Masculino o Femenino) |
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Número de Teléfono |
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Número de Celular |
|
Correo Electrónico |
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Cargo |
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Sobre la Organización |
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III. Información Básica |
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Asociación u Organización a la que representa |
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Tipo de Organización |
|
Nº de asociados de la organización a la que representa |
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IV. Información Complementaria (Opcional) |
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Nº de Resolución de Reconocimiento |
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Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) Nº |
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Registro SUNARP Nº |
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Firma Firma
(Miembro Titular) (Miembro Suplente)