Aprueban el “Procedimiento para el sorteo de asignación de ubicaciones permitidas para la difusión de propaganda electoral en vías de uso público para las Elecciones Regionales y Municipales 2022 del 02 de octubre de 2022” y otras disposiciones

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 010-2022-ALC/MSI

San Isidro, 18 de Abril de 2022

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

VISTOS:

El Memorándum N° 063-2022-12.1.0-SPUC-GDUE/MSI de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; el Informe Nº 195-2022-12.3.0-SLAC-GDUE/MSI de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Comerciales; el Informe Nº 015-2022-12.0.0-GDUE/MSI de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico; y, el Informe N° 0023-2022-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 194° y 195°, numeral 3, de la Constitución Política del Perú establecen que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para administrar sus bienes, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias, según el cual dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, los numerales 3.6 y 3.6.3 del artículo 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, corresponde a las municipalidades distritales la función específica exclusiva de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalización de la ubicación de propaganda política;

Que, el literal d) del artículo 186° de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley N° 26859 y modificatorias, señala que los partidos políticos, agrupaciones independientes y alianzas, sin necesidad de permiso de autoridad política o municipal y sin pago de arbitrio alguno, pueden efectuar la propaganda del partido o de los candidatos mediante carteles ubicados en los sitios que para tal efecto determinen las autoridades municipales, debiendo regir iguales condiciones para todos los partidos y candidatos;

Que, los artículos 5º, literales r) y t), y 8º del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución Nº 0922-2021-JNE, señalan que la propaganda electoral es toda acción destinada a persuadir a los electores para favorecer a una determinada organización política, candidato, lista u opción en consulta, con la finalidad de conseguir un resultado electoral; que la pueden efectuar solo las organizaciones políticas, candidatos, entre otros, y que el periodo electoral es el intervalo de tiempo que abarca desde el día siguiente de la convocatoria a un proceso electoral hasta la correspondiente resolución de cierre que emite el JNE, así como que los gobiernos locales, provinciales y distritales son competentes para aprobar, mediante ordenanza municipal, el reglamento que regule las autorizaciones para la ubicación de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda electoral, así como su retiro luego de la publicación de la resolución de cierre del respectivo proceso emitida por el JNE;

Que, mediante Ordenanza N° 422-MSI se aprobó la Ordenanza que regula la ubicación de propaganda electoral en el distrito de San Isidro, la que establece disposiciones en el distrito San Isidro, sobre la ubicación y difusión de la propaganda electoral durante los periodos electorales, indicando en sus artículos 5º, 7º y 8º, que la instalación de carteles y paneles en áreas de uso público para la difusión de propaganda electoral, sólo se permitirá en los lugares que determine la Municipalidad, y que, por razones de ornato, sólo podrá efectuarse en la berma central de determinadas vías del distrito de San Isidro, así como se establece los criterios técnicos mínimos para la ubicación de paneles y/o carteles que contenga propaganda electoral;

Que, la Segunda Disposición Final de la citada Ordenanza N° 422-MSI, autoriza al señor Alcalde a fin de que dicte las disposiciones complementarias a dicha Ordenanza mediante Decreto de Alcaldía, en concordancia con el artículo 42° de la Ley Nª 27972 que prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas;

Que, al respecto, mediante los Decretos de Alcaldía N° 003-2016-ALC/MSI y N° 012-2018-ALC-MSI se establecieron disposiciones complementarias a los artículos 7º y 8° de la Ordenanza N° 422-MSI sobre los criterios técnicos que deben contar los paneles y/o carteles sobre propaganda electoral que se instalen en las vías permitidas dentro de la jurisdicción del distrito de San Isidro;

Que, asimismo, por Decreto de Alcaldía Nº 001-2021-ALC/MSI, publicado el 17 de enero de 2021, se aprobó el “Procedimiento para el sorteo de asignación de ubicaciones permitidas para la difusión de propaganda electoral en vías de uso público para la Elecciones Generales del 11 de abril de 2021, para la elección de Presidente de la República, Vicepresidente, Congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino”; la “Relación de ubicaciones permitidas para la instalación de paneles y/o carteles para la difusión de propaganda electoral para las Elecciones Generales del 2021”; y, el “Plano de ubicaciones permitidas para la instalación de paneles y/o carteles para difusión de propaganda electoral para las Elecciones Generales del 2021”;

Que, por su parte, mediante los artículos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 001-2022-PCM, publicado el 04 de enero de 2022, se convocó, para el 02 de octubre de 2022, a Elecciones Regionales 2022 de gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao; y, a Elecciones Municipales 2022 de alcaldes, regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de la República;

Que, en este contexto, estando en periodo electoral del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022 y a fin de garantizar la igualdad de condiciones para todos los partidos y candidatos respecto a la instalación de carteles y paneles para la difusión de propaganda electoral, en las áreas de uso público del distrito de San Isidro determinadas por la Municipalidad, con los documentos del visto, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, a través de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Comerciales, propone proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba el Procedimiento para el sorteo de asignación de ubicaciones permitidas para la difusión de propaganda electoral en vías de uso público del distrito de San Isidro para las Elecciones Regionales y Municipales 2022, así como la relación y plano de las ubicaciones permitidas para la difusión de propaganda electoral, establecido por la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, de acuerdo con la Ordenanza N° 422-MSI y sus disposiciones complementarias;

Que, por tales consideraciones, de conformidad con la normativa vigente y la facultad de establecer normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, prevista en la Ley Orgánica de Municipalidades, y en la Segunda Disposición Final de la Ordenanza N° 422-MSI, corresponde aprobar, mediante Decreto de Alcaldía, las disposiciones necesarias respecto al Procedimiento para el sorteo de asignación de ubicaciones permitidas para la difusión de propaganda electoral en vías de uso público para las Elecciones Regionales y Municipales 2022, y la relación y el plano de las ubicaciones permitidas para la instalación de paneles y/o carteles para la difusión de propaganda electoral aplicables a dicho proceso electoral;

Que, contando con las opiniones técnicas favorables de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Comerciales, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; y, la opinión legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica; a través de los documentos del visto; y,

Estando a lo expuesto, acorde a las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y los artículos 39° y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y modificatorias;

DECRETA:

Artículo Primero.- APROBAR el “Procedimiento para el sorteo de asignación de ubicaciones permitidas para la difusión de propaganda electoral en vías de uso público para las Elecciones Regionales y Municipales 2022 del 02 de octubre de 2022”, el que como Anexo N° 1 forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo Segundo.- APROBAR la “Relación de ubicaciones permitidas para la instalación de paneles y/o carteles para la difusión de propaganda electoral para las Elecciones Regionales y Municipales 2022 del 02 de octubre de 2022”, en vías de uso público, en el marco de lo dispuesto en los artículo 7° y 8° de la Ordenanza N° 422-MSI, el cual como Anexo N° 2 forma parte integrante del presente Decreto, en el cual se indica los nombres de las vías y las Coordenadas Universal Transversal de Mercator- UTM, que es una sistema geo referencial que permite determinar, a través de instrumentos de localización (Sistema de Posicionamiento Global-GPS), las mencionadas ubicaciones.

Artículo Tercero.- APROBAR el “Plano de ubicaciones permitidas para la instalación de paneles y/o carteles para difusión de la propaganda electoral para la Elecciones Regionales y Municipales 2022 del 02 de octubre de 2022”, en vías de uso público, a que se refiere el artículo 7° de la Ordenanza N° 422-MSI, el que como Anexo N° 3 forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, Gerencia de Fiscalización Administrativa, Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, de acuerdo a sus competencias.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Isidro: (www.munisanisidro.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

AUGUSTO CACERES VIÑAS

Alcalde

ANEXO N° 1

PROCEDIMIENTO PARA EL SORTEO SE ASIGNACIÓN DE UBICACIONES PERMITIDAS PARA LA DIFUSIÓN DE PROPAGANDA ELECTORAL EN VÍAS DE USO PÚBLICO, PARA LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022 DEL 02 DE OCTUBRE DE 2022

Artículo 1°.- Objeto

El presente tiene por objeto establecer el procedimiento para el sorteo público de asignación equitativa de las ubicaciones permitidas para la difusión de propaganda electoral en las Elecciones Regionales y Municipales 2022 del 02 de octubre de 2022, en vías de uso público del distrito de San Isidro.

Artículo 2°.-Actividades Preparatorias

El sorteo para la asignación de ubicaciones permitidas para la difusión de propaganda electoral en vías de uso público del distrito de San Isidro, estará a cargo de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Comerciales de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, para lo cual tendrá el apoyo de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Previamente al sorteo, la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional confirmará la presencia de un Notario Público, y la concurrencia de representantes de los organismos electorales, Defensoría del Pueblo y los personeros de las organizaciones políticas.

Si alguna organización política no desee participar o se desista de participar en el sorteo, lo dberá comunicar a la Municipalidad y será excluido del mismo.

Artículo 3°.- Mecanismo de sorteo

El sorteo de ubicaciones, se realizará de acuerdo a los pasos siguientes:

a) Se ordenarán alfabéticamente a las organizaciones políticas de acuerdo a su denominación.

b) De acuerdo al orden alfabético, se les asignará a las organizaciones políticas una letra del alfabeto, empezando por la letra A hasta completar la asignación de todas las organizaciones políticas participantes.

c) Las ubicaciones permitidas para la difusión de la propaganda electoral tendrán asignadas el código de numeración correlativo previsto en el Anexo N° 2 del presente Decreto.

d) Se utilizarán bolilleros y bolillos. Los bolillos se identificarán con las letras del alfabeto que correspondan a las organizaciones políticas y con los números que correspondan a las ubicaciones permitidas en las vías públicas consideradas en el Anexo N° 2 del presente Decreto.

e) Los bolillos alfabéticos serán colocados en un solo bolillero. Los bolillos numéricos se colocarán en otro bolillero de acuerdo a la numeración que corresponda a las vías consideradas en el Anexo N° 2 del presente Decreto.

f) Los bolillos serán mostrados a los asistentes al momento de ser colocados en sus respectivos bolilleros. Luego de revolver los bolilleros, se extraerán y mostrarán los bolillos las veces que sean necesarias hasta asignar la totalidad de las ubicaciones consideradas para el sorteo.

g) Primero se extraerá del bolillero donde se encuentran los bolillos numéricos y luego del bolillero donde están los bolillos alfabéticos.

La organización política a la que corresponda el primer bolillo alfabético extraído se le asignará la ubicación que corresponda al primer bolillo numérico que se extraiga; la organización política a la que corresponda el segundo bolillo alfabético se le asignará la ubicación que corresponda al segundo bolillo numérico, y así sucesivamente hasta concluir con la extracción de los bolillos.

h) Extraídos todos los bolillos alfabéticos, se volverán a colocar éstos en su respectivo bolillero luego se continuará el procedimiento antes señalado, salvo que el número de bolillos numéricos por extraer sea inferior al número de organizaciones políticas participantes, en cuyo caso dichos bolillos numéricos se reservarán para un sorteo final y se procederá a continuar el sorteo con el siguiente bolillero numérico.

i) El Notario público dará conformidad a los bolillos extraídos y se registrarán los resultados.

Artículo 4°.- Elaboración y publicación del acta de resultados del sorteo.

Culminado el sorteo, se levanta el Acta respectiva, la cual deberá ser suscrita por el Notario Público, el representante de la Municipalidad de San Isidro y los representantes de las organizaciones políticas asistentes, quienes recibirán una copia de dicha Acta.

Asimismo, se procederá a hacer entrega de una copia del Acta a los representantes de la Defensoría del Pueblo y de los organismos electorales asistentes.

Finalmente, la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Comerciales publicará el Acta en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Isidro: (www.munisanisidro.gob.pe).

Artículo 5°.- Prohibición de ceder a otra organización la ubicación asignada.

Se encuentra terminantemente prohibido, que cualquier candidato o agrupación política ceda, arriende o traspase, bajo cualquier modalidad la ubicación asignada. En caso que ninguna agrupación política estuviera interesada en ocupar determinada ubicación, esta será dejada libre, no pudiendo ser ocupada por otra agrupación política.

DECRETO DE ALCALDÍA N°010-2022-ALC-MSI

ANEXO 02

“RELACION DE UBICACIONES PERMITIDAS PARA LA INSTALACION DE PANELES Y/O CARTELES PARA LA DIFUSION DE PROPAGANDA ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022 DEL 02 DE OCTUBRE DE 2022”

CÓDIGO UBICACIÓN

NOMBRE DE VIA 1

NOMBRE DE VIA 2

COORDENADAS UTM (WGS84 Zona 18 sur)

REFERENCIA

ESTE

NORTE

1

Av. General Salaverry

Ca. General de La Fuente

276015,9985

8661300,3964

Berma Central

2

Av. General Salaverry

Av. General Juan Antonio Pezet

276083,7464

8661451,2355

Berma Central

3

Av. General Salaverry

Ca. Juan Dionisio Anchorena

276151,2623

8661595,2111

Berma Central

4

Av. General Salaverry

Ca. Bilbao

276325,4203

8661922,8064

Berma Central

5

Av. General Salaverry

Av. Faustino Sanchez Carrión

276464,6070

8662227,3465

Berma Central

6

Av. General Salaverry

Ca. Barcelona

276661,9124

8662601,3275

Berma Central

7

Av. General Salaverry

Av. Cadíz

276751,8230

8662784,0389

Berma Central

8

Av. General Salaverry

Av. Guillermo Prescott

276843,9803

8662968,4042

Berma Central

9

Av. Augusto Perez Aranibar

Av. Juan de Aliaga

276931,4069

8663114,9066

Berma Central

10

Av. Augusto Perez Aranibar

Ca. Samuel Velarde

275759,8304

8661407,8176

Berma Central

11

Av. Augusto Perez Aranibar

Ca. Samuel Ugarte Moscoso

275868,6145

8661331,0473

Berma Central

12

Av. Augusto Perez Aranibar

Av. General Salaverry

276023,8138

8661166,0675

Berma Central

13

Av. Augusto Perez Aranibar

Ca. Baltazar La Torre

276093,7587

8661089,5048

Berma Central

14

Av. Augusto Perez Aranibar

Ca. Juan Dellepiani

276144,7986

8661034,5832

Berma Central

15

Av. Augusto Perez Aranibar

Ca. Francisco Valle Riestra

276279,8411

8660887,9866

Berma Central

16

Av. Augusto Perez Aranibar

Av. Capitan Octavio Espinoza

276368,8819

8660792,5485

Berma Central

17

Av. Augusto Perez Aranibar

Av. Coronel Pedro Portillo

276428,3862

8660728,2436

Berma Central

18

Av. General Salaverry

Av. Alberto del Campo

276185,4625

8661802,5885

Berma Central

19

Av. Alberto del Campo

Ca. Nicanor Rocca de Vergallo

276044,2766

8661872,4831

Berma Central

20

Av. Javier Prado Oeste

Av. Juan de Aliaga

275941,3815

8662252,6334

Berma Central

21

Av. Javier Prado Oeste

Ca. Nicanor Rocca de Vergallo

276057,2970

8662232,1583

Berma Central

22

Av. Javier Prado Oeste

Ca. Flora Tristan

276145,8895

8662201,7731

Berma Central

23

Av. Javier Prado Oeste

Ca. Clemente X

276241,0604

8662153,2912

Berma Central

24

Av. Javier Prado Oeste

Ca. Manuel Ugarte y Moscoso

276339,4770

8662102,8835

Berma Central

25

Av. Javier Prado Oeste

Av. General Salaverry

276496,5789

8662090,7468

Berma Central

26

Av. Javier Prado Oeste

Ca. Baltazar La Torre

276631,6211

8662111,6549

Berma Central

27

Av. Javier Prado Oeste

Ca. Las Moreras

276724,2938

8662126,1125

Berma Central

28

Av. Javier Prado Oeste

Ca. Los Castaños

276872,1897

8662146,9455

Berma Central

29

Av. Javier Prado Oeste

Ca. Los Eucaliptos

276990,3360

8662165,0089

Berma Central

30

Av. Javier Prado Oeste

Ca. Las Flores

277247,1032

8662203,2686

Berma Central

31

Av. Javier Prado Oeste

Ca. Los Nogales

277402,8004

8662226,7719

Berma Central

32

Av. Javier Prado Oeste

Ca. Los Robles

277599,9886

8662256,8732

Berma Central

33

Av. Javier Prado Oeste

Ca. Los Cipreses

277851,6937

8662294,6341

Berma Central

34

Av. Javier Prado Oeste

Ca. Las Palmeras

277994,4130

8662315,9304

Berma Central

35

Av. Javier Prado Oeste

Ca. Los Pinos

278252,6206

8662354,3752

Berma Central

36

Av. Javier Prado Oeste

Ca. Los Olivos

278428,3243

8662380,1721

Berma Central

37

Av. Javier Prado Oeste

Av. Arenales

278514,3332

8662393,2420

Berma Central

38

Av. Javier Prado Este

Av. Petit Thouars

278882,1818

8662448,3936

Berma Central

39

Av. Javier Prado Este

Ca. Las Camelias

279172,9372

8662492,2156

Berma Central

40

Av. Javier Prado Este

Ca. Las Orquideas

279297,3167

8662511,3673

Berma Central

41

Av. Javier Prado Este

Av. Rivera Navarrete

280732,0210

8662686,5594

Berma Central

42

Av. Javier Prado Este

Av. Jose Galvez

280845,3235

8662317,5311

Berma Central

43

Av. Arequipa

Ca. Manuel Bañon

278735,3206

8662120,0772

Berma Central

44

Av. Arequipa

Ca. Chinchón

278756,3376

8661969,8546

Berma Central

45

Av. Arequipa

Av. Juan de Arona

278778,0929

8661835,4472

Berma Central

46

Av. Arequipa

Ca. Coronel Odriozola

278796,3935

8661715,7920

Berma Central

47

Av. Arequipa

Av. República de Colombia

278823,3272

8661564,7195

Berma Central

48

Av. Arequipa

Ca. Choquehuanca

278841,4574

8661455,1513

Berma Central

49

Av. Arequipa

Ca. Rio de la Plata

278860,9484

8661344,3494

Berma Central

50

Av. Arequipa

Ca. Paillardelle

278873,8236

8661271,8609

Berma Central

51

Av. Arequipa

Ca. La Florida

278884,0582

8661224,3154

Berma Central

52

Av. Arequipa

Av. Aramburu

279507,3144

8661277,0756

Berma Central

53

Av. Aramburú

Ca. Manuel Gonzales Olaechea

279646,0350

8661293,7169

Berma Central

54

Av. Aramburú

Ca. Las Garzas Norte

279724,0723

8661302,4557

Berma Central

55

Av. Aramburú

Ca. Cisnes

279815,8769

8661312,1588

Berma Central

56

Av. Aramburú

Ca. Golondrinas

279911,2477

8661321,8369

Berma Central

57

Av. Aramburú

Ca. Las Perdices

279978,0596

8661332,2426

Berma Central

58

Av. Aramburú

Ca. Los Halcones

280115,0860

8661346,5465

Berma Central

59

Av. Aramburú

Av. República de Panamá

280376,4001

8661352,0407

Berma Central

60

Av. Del Parque Sur

Av. José Gálvez

280704,6709

8661233,6280

Berma Central

61

Av. Guardia Civil

Av. Del Parque Sur

281088,6347

8661218,5225

Berma Central

62

Av. Pablo Carriquirry Maurer

Av. Canaval Moreyra

280325,6880

8661887,0566

Berma Central

63

Av. Del Parque Norte

Av. José Gálvez Barrenechea

280760,7753

8662472,7881

Berma Central

64

Av. República de Panamá

Ca. Las Castañitas

279894,3383

8662377,6975

Berma Central

65

Av. República de Panamá

Ca. Las Tordillas

279931,7551

8662286,4179

Berma Central

66

Av. República de Panamá

Av. Canaval Moreyra

280023,9521

8662061,1441

Berma Central

67

Av. República de Panamá

Ca. Oropéndolas

280138,7755

8661784,1243

Berma Central

68

Av. República de Panamá

Ca. Los Zorzales

280215,5029

8661589,5661

Berma Central

69

Av. República de Panamá

Av. Aramburú

280243,6852

8661516,7962

Berma Central

70

Av. Canaval Moreyra

Ca. Mariano de los Santos

279751,6813

8661906,8446

Berma Central

71

Av. Canaval Moreyra

Ca. Mayor Armando Blondet

279848,4126

8661896,5168

Berma Central

72

Av. Canaval Moreyra

Av. Dionisio Derteano

280162,3559

8661853,5613

Berma Central

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