Aprueban transferencias financieras de recursos del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/0C-PE y de lo dispuesto en la Ley N° 31365

resolución ministerial

Nº 00147-2022-PRODUCE

Lima, 18 de abril de 2022

VISTO; El Oficio N° 151-2022-PRODUCE/PROINNÓVATE.DE y del Informe N° 039-2022-PRODUCE/PROINNÓVATE.UPP del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE; el Informe N° 00000081-2022-PRODUCE/OP de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 00000399-2022-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 240-2016-EF publicado en el Diario Oficial El Peruano 18 de agosto de 2016, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”;

Que, con fecha 22 de agosto del 2016, se suscribió el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, en el cual se establecen los términos para la ejecución del préstamo para el proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”;

Que, el artículo 69 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022, dispone que con la finalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación, se autoriza, durante el Año Fiscal 2022, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación (PROINNOVATE), entre otros, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales; señalando además, que las transferencias financieras antes mencionadas se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces, siendo que dicha resolución del titular del pliego se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0002-2021-EF-50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 022-2021-EF-50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar el registro, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital, en una actividad y en la partida de gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital;

Que, mediante Oficio N° 151-2022-PRODUCE/PROINNÓVATE.DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE solicita y sustenta la necesidad de aprobar transferencias financieras a favor de entidades públicas, hasta por la suma total de S/ 9 000 000,00 (NUEVE MILLONES Y 00/100 SOLES), en las fuentes de financiamiento 1. Recursos Ordinarios y 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinados a cofinanciar los desembolsos de dos (2) proyectos, respecto de los cuales, el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE suscribió los Contratos de Adjudicación de Recursos No Reembolsables, con el Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones de la Universidad Nacional de Ingeniería – INICTEL-UNI y el Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR;

Que, mediante el Informe N° 00000081-2022-PRODUCE/OP, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización señala que ha verificado que el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE cuenta con los recursos en su Presupuesto Institucional Modificado (PIM), en la Actividad 5000444. “Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad”, partida de gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, para financiar la propuesta de Resolución Ministerial que aprueba efectuar las transferencias financieras a favor de dos (02) Entidades Públicas, al Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones – INICTEL-UNI, por la suma de S/ 4 200 000,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES); y, al Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, por la suma de S/ 4 800 000,00 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES), transfiriendo hasta por la suma total de S/ 9 000 000,00 (NUEVE MILLONES Y 00/100 SOLES), destinados a cofinanciar los desembolsos a dos (02) proyectos de Centros de Extensión y Transferencia Tecnológica, Segunda Fase – CET F2, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/0C-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”, así como lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 y lo señalado en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”;

Que, en ese contexto, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización señala que el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE, cuenta con los Contratos de Adjudicación de Recursos No Reembolsables; precisando que, de la evaluación realizada a los proyectos, las dos entidades públicas (Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones de la Universidad Nacional de Ingeniería – INICTEL-UNI y el Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR) han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los documentos suscritos;

Que, mediante el Informe Nº 00000399-2022-PRODUCE/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que aprueba Transferencias Financieras con cargo a los recursos del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación, hasta por la suma total de S/ 9 000 000,00 (NUEVE MILLONES Y 00/100 SOLES), conforme al anexo propuesto por el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción;

Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar las transferencias financieras de recursos con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038. Ministerio de la Producción, hasta por la suma total de S/ 9 000 000,00 (NUEVE MILLONES Y 00/100 SOLES), en las fuentes de financiamiento 1. Recursos Ordinarios y 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/0C-PE y de lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022, conforme al Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Las transferencias financieras aprobadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial y detallada en el Anexo Único, adjunto al presente, se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional 2022 de la Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038. Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002. Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444. Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios y 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito.

Artículo 3.- Los recursos de las transferencias financieras aprobadas por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- La Unidad Ejecutora N° 004. Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038. Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas físicas y financieras para los cuales se realiza las transferencias financieras aprobada con la presente Resolución Ministerial.

Artículo 5.- La Oficina General de Administración, o la que haga sus veces, de la Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038. Ministerio de la Producción, efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo Único en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS PRADO PALOMINO

Ministro de la Producción

2059887-1