Aprueban el documento normativo denominado “Disposiciones para el trabajo de los profesores y auxiliares de educación que aseguren el desarrollo del servicio educativo en las instituciones y programas educativos públicos, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19”

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 039-2022-MINEDU

Lima, 6 de abril de 2022

VISTOS, el Expediente DITEN2022-INT-0037858, el Informe N° 00133-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN y el Oficio N° 01094-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente; el Informe N° 00330-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe Nº 00314-2022-MINEDU/SG-OGAJ y el Oficio N° 00192-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la referida Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declaró el Estado de Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, y se dictan medidas de prevención y control para evitar la propagación de la COVID-19; medida que fue prorrogada a través de los Decretos Supremos N° 020-2020-SA, 027-2020-SA, 031-2020-SA, 009-2021-SA, 025-2021-SA y 003-2022-SA; este último, por el plazo de ciento ochenta (180) días calendario, a partir del 2 de marzo de 2022;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 155-2021-MINEDU se aprobó el documento normativo denominado “Disposiciones para el trabajo de los profesores y auxiliares de educación que aseguren el desarrollo del servicio educativo de las instituciones y programas educativos públicos, frente al brote del COVID-19”;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 531-2021-MINEDU, se aprobó el documento normativo denominado “Disposiciones para el retorno a la presencialidad y/o semipresencialidad, así como para la prestación del servicio educativo para el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la Educación Básica, ubicadas en los ámbitos urbano y rural, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19; el cual fue modificado mediante las Resoluciones Ministeriales N° 048-2022-MINEDU y 108-2022-MINEDU;

Que, bajo ese marco normativo, mediante el Oficio Nº 00229-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 00133-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, complementado con el Oficio N° 01094-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborados por la Dirección Técnico Normativa de Docentes, que sustenta la necesidad de aprobar un documento normativo denominado “Disposiciones para el trabajo de los profesores y auxiliares de educación que aseguren el desarrollo del servicio educativo en las instituciones y programas educativos públicos, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19” (en adelante, el documento normativo);

Que, el documento normativo tiene por objetivo establecer disposiciones para el trabajo de los profesores y auxiliares de educación nombrados y contratados, en las instituciones educativas y programas educativos públicos, de educación básica y técnico productiva, a fin de asegurar el servicio educativo en cualquier tipo de prestación, en condiciones de calidad, equidad y diversidad, durante la emergencia sanitaria o el periodo que disponga el Ministerio de Educación, en el marco de la normatividad vigente. Por ello, se sustenta la necesidad de derogar el documento normativo aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº 155-2021-MINEDU;

Que, conforme a lo expuesto en el referido informe, el documento normativo cuenta con las opiniones favorables de la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGESUTPA) y de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED);

Que, mediante el Informe N° 00330-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, considera que es técnicamente factible continuar con el trámite para la aprobación del documento normativo, por cuanto, desde el punto de vista de planificación, se encuentra alineado con los objetivos institucionales y estratégicos del sector Educación, y, desde el punto de vista de presupuesto, no demanda recursos al Pliego 010: Ministerio de Educación ni irroga gastos al Tesoro Público;

Que, asimismo, mediante el Informe N° 00314-2022-MINEDU/SG-OGAJ, complementado con el Oficio N° 00192-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre el documento normativo y recomendó continuar con el trámite correspondiente para su aprobación;

Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU, se delegó en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Derogar el documento normativo denominado “Disposiciones para el trabajo de los profesores y auxiliares de educación que aseguren el desarrollo del servicio educativo de las instituciones y programas educativos públicos, frente al brote del COVID-19”, aprobado por Resolución Viceministerial N° 155-2021-MINEDU.

Artículo 2.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para el trabajo de los profesores y auxiliares de educación que aseguren el desarrollo del servicio educativo en las instituciones y programas educativos públicos, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19”, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Walter Alberto Hernandez Alcantara

Viceministro de Gestión Pedagógica

2056005-1