Aprueban la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2024 del Ministerio al año 2026; quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional 2020-2026 Ampliado del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 103-2022-VIVIENDA

Lima, 6 de abril de 2022

VISTOS:

La Nota N° 112-2022-VIVIENDA/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP); el Informe N° 081-2022-VIVIENDA-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 226-2022-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo son funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN) y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; así como, aprobar los planes de actuación;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) como órgano rector y orientador del SINAPLAN;

Que, el inciso 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), sujetándose a la normatividad vigente;

Que, con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN-PCD y sus modificatorias, se aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, que tiene por objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del PEI y del Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua;

Que, el numeral 4.1 de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, establece entre otros, que cada Pliego del Sector Público elabora un PEI y un POI, los cuales orientan su accionar para el logro de los objetivos establecidos en la política institucional en el marco de las políticas y planes nacionales y territoriales; el PEI es un instrumento de gestión que define la estrategia del Pliego para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve;

Que, asimismo, el numeral 5.7 de la referida “Guía para el Planeamiento Institucional” señala, entre otros, que el CEPLAN verifica y valida la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño del PEI; luego de contar con dicho Informe, el Titular del Pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 341-2020-VIVIENDA se aprueba el PEI 2020-2024 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS);

Que, mediante el Oficio Múltiple N° D000002-2022-CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN comunica que, con la finalidad de facilitar la elaboración y el registro del POI Multianual 2023-2025 (como mínimo), se ha visto por conveniente permitir la ampliación del periodo de vigencia de los PEI y Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), con vencimiento en estos años, y su respectiva aprobación a fin de darles la cobertura adecuada;

Que, la Comisión de Planeamiento Estratégico del MVCS constituida por la Resolución Ministerial N° 484-2017-VIVIENDA, mediante el Acta de fecha 11 de febrero de 2022, acuerda validar el proyecto del PEI 2020-2026 Ampliado del MVCS;

Que, con el Oficio N° D000125-2022-CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN remite el Informe Técnico N° D000028-2022-CEPLAN-DNCPPEI, con el cual verifica y valida que el PEl del MVCS, para el periodo 2020-2026 ha sido ampliado en aplicación a las orientaciones que establece el Oficio Múltiple N° D000002-2022-CEPLAN-DNCP y la Guía para el Planeamiento Institucional modificada con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 016-2019/CEPLAN/PCD, recomendando su aprobación;

Que, de acuerdo a los literales b) y g) del artículo 38 del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, la OGPP, tiene como funciones, normar y conducir la formulación, seguimiento y evaluación de los planes estratégicos sectoriales e institucional; y, proponer a la Alta Dirección la aprobación de los planes del MVCS en el marco de la normatividad vigente;

Que, a través de los documentos de vistos, la OGPP, sustenta y propone la aprobación del PEI 2020-2026 Ampliado del MVCS, el cual ha sido elaborado siguiendo los lineamientos del CEPLAN, las orientaciones que establece el Oficio Múltiple N° D000002-2022-CEPLAN-DNCP; así como, cuenta con la validación de la Comisión de Planeamiento Estratégico del MVCS y con la opinión favorable del CEPLAN;

Que, mediante el Informe N° 226-2022-VIVIENDA/OGAJ, la OGAJ emite opinión favorable a la presente Resolución Ministerial que aprueba el PEI 2020-2026 Ampliado del MVCS;

Que, conforme a lo expuesto, corresponde aprobar el PEI 2020-2026 Ampliado del MVCS;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN-PCD, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2024 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento al año 2026; quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional 2020-2026 Ampliado del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer que el cumplimiento de los logros esperados en el Plan Estratégico Institucional 2020-2026 Ampliado del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado en el artículo precedente es responsabilidad de los órganos, unidades orgánicas y unidades ejecutoras del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Artículo 3.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto realiza el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Institucional 2020-2026 Ampliado del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de acuerdo con las disposiciones establecidas en la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del SINAPLAN, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00015-2021-CEPLAN/PCD.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GEINER ALVARADO LÓPEZ

Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

2056003-1