Rectifican error material incurrido en la Res. N° 062-2020-SUNEDU/CD, en la denominación del programa de estudio de pregrado de Ingeniería Geológica – Geotecnia de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO

N° 025-2022-SUNEDU/CD

Lima, 4 de abril de 2022

VISTOS:

La Resolución del Consejo Directivo N° 062-2020-SUNEDU/CD del 1 de julio de 20201, mediante la cual se modificó la Resolución del Consejo Directivo N° 056-2018-SUNEDU/CD del 12 de junio de 20182, que otorgó la licencia institucional a la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann (en adelante, la Universidad); y, el Informe N° 0300-2022-SUNEDU-02-12 del 29 de marzo de 2022 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, la Dilic).

CONSIDERANDO:

1. Antecedentes

El numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria) establece como función del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, la Sunedu) aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitario bajo su competencia.

El 13 de junio de 2018, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución del Consejo Directivo N° 056-2018-SUNEDU/CD del 12 de junio de 2018, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad para ofrecer el servicio educativo superior universitario3.

El 2 de julio de 2020, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución del Consejo Directivo N° 062-2020-SUNEDU/CD del 1 de julio de 2020, mediante la cual se resolvió modificar y rectificar la Tabla N° 2 del Anexo N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 056-2018-SUNEDU/CD, respecto de la denominación del grado académico de un (1) programa de estudio; y, aprobar los cambios de denominación de grados académicos y títulos profesionales de los programas de Ingeniería de Minas, Ingeniería Geológica – Geotecnia y Artes, respectivamente, en atención a la evaluación contenida en el Informe Técnico de Modificación de Licencia N° 003-2020-SUNEDU-02-12.

Mediante Informe N° 0300-2022-SUNEDU-02-12 del 29 de marzo de 2022, la Dilic informó al Consejo Directivo sobre la pertinencia de rectificar de oficio el error material incurrido en la denominación del programa de estudio de pregrado de Ingeniería Geológica - Geotecnia, contenido en la Tabla N° 1 del segundo extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo N° 062-2020-SUNEDU/CD.

2. Sobre el error material incurrido en la denominación de un (1) programa de estudio de pregrado, contenido en la Tabla N° 1 del segundo extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo N° 062-2020-SUNEDU/CD

El artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General4, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG), regula lo relacionado a los errores materiales; indicando que pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Para tal efecto, la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original.

En el marco del procedimiento de licenciamiento institucional, la Universidad presentó los siguientes medios de verificación: i) Resolución del Consejo Universitario N° 11275-2014-UN/JBG del 9 de julio de 2014, modificado por la Resolución del Consejo Universitario N° 13800-2017-UN/JBG del 22 de marzo de 20175 que aprueba la modificación y actualización del Plan curricular6 del programa de Ingeniería Geológica – Geotecnia, ii) el Plan curricular que consigna la denominación del programa de Ingeniería Geológica – Geotecnia; y, iii) los Formatos de licenciamiento A47 y A58, en donde se consigna la denominación del programa de Ingeniería Geológica – Geotecnia, la cual fue recogida en el Anexo N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 056-2018-SUNEDU/CD.

Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 062-2020-SUNEDU/CD del 1 de julio de 2020 se resolvió modificar y rectificar la Tabla N° 2 del Anexo N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 056-2018-SUNEDU/CD, respecto de la denominación del grado académico de un (1) programa de estudio; y, aprobar, entre otros, el cambio de denominación del título profesional del programa de Ingeniería Geológica – Geotecnia, verificándose que, por error material en la transcripción de la denominación del programa en la Tabla N° 1 del segundo extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo N° 062-2020-SUNEDU/CD difiere de lo consignado en el Anexo N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 056-2018-SUNEDU/CD, que otorgó el licenciamiento institucional a la Universidad.

En ese sentido, de la revisión de los medios de verificación contenidos en el expediente de licenciamiento institucional, corresponde efectuar la rectificación de oficio por error material incurrido en la transcripción de la denominación del programa de estudio de pregrado de Ingeniería Geológica – Geotecnia, recogido en la Tabla N° 1 del segundo extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo N° 062-2020-SUNEDU/CD, conforme se detalla a continuación:

Dice:

Tabla N° 1

(RCD N° 056-2018-SUNEDU/CD)

DENOMINACIÓN APROBADA EN LA RESOLUCIÓN N° 056-2018-SUNEDU/CD

NUEVA DENOMINACIÓN

(…)

Denominación del Programa

Ingeniería Geológica – Geotécnica

Ingeniería Geológica - Geotécnica

Grado Académico

Bachiller

Bachiller

Denominación del Grado Académico

Bachiller en Ingeniería Geológica

Bachiller en Ingeniería Geológica

Denominación del Título Profesional

Ingeniero Geológico - Geotécnico

Ingeniero Geólogo - Geotécnico

(…)

Debe decir:

Tabla N° 1

(RCD N° 056-2018-SUNEDU/CD)

DENOMINACIÓN APROBADA EN LA RESOLUCIÓN N° 056-2018-SUNEDU/CD

NUEVA DENOMINACIÓN

(…)

Denominación del Programa

Ingeniería Geológica – Geotecnia

Ingeniería Geológica - Geotecnia

Grado Académico

Bachiller

Bachiller

Denominación del Grado Académico

Bachiller en Ingeniería Geológica

Bachiller en Ingeniería Geológica

Denominación del Título Profesional

Ingeniero Geológico - Geotécnico

Ingeniero Geólogo - Geotécnico

(…)

Tomándose en cuenta lo señalado, corresponde rectificar de oficio el error material incurrido en la denominación del programa de estudio de pregrado de Ingeniería Geológica – Geotecnia, recogido en la Tabla N° 1 del segundo extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo N° 062-2020-SUNEDU/CD, sin que ello altere el sentido de la decisión, ni implique una modificación sustancial de su contenido, debiendo tenerse como correcta la información contenida en la presente resolución.

En virtud de lo expuesto, y conforme con lo dispuesto en el artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, modificado mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; y, a lo acordado en la Sesión del Consejo Directivo N° 013-2022.

SE RESUELVE:

Primero. – RECTIFICAR de oficio el error material incurrido en la denominación del programa de estudio de pregrado de Ingeniería Geológica – Geotecnia, recogido en la Tabla N° 1 del segundo extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo N° 062-2020-SUNEDU/CD, conforme al siguiente detalle:

Tabla N° 1

(RCD N° 056-2018-SUNEDU/CD)

DENOMINACIÓN APROBADA EN LA RESOLUCIÓN N° 056-2018-SUNEDU/CD

NUEVA DENOMINACIÓN

(…)

Denominación del Programa

Ingeniería Geológica – Geotecnia

Ingeniería Geológica - Geotecnia

Grado Académico

Bachiller

Bachiller

Denominación del Grado Académico

Bachiller en Ingeniería Geológica

Bachiller en Ingeniería Geológica

Denominación del Título Profesional

Ingeniero Geológico - Geotécnico

Ingeniero Geólogo - Geotécnico

(…)

Segundo.- REMITIR a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos copia de la presente resolución para los fines correspondientes.

Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución a la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario realizar el trámite correspondiente.

Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSWALDO DELFÍN ZEGARRA ROJAS

Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu

1 Publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 2 de julio de 2020.

2 Publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 13 de junio de 2018.

3 La Resolución del Consejo Directivo (en adelante, RCD) que otorgó la licencia institucional a la Universidad fue materia de tres (3) rectificaciones: i) RCD N° 062-2020-SUNEDU/CD del 1 de julio de 2020, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 2 de julio de 2020, ii) RCD N° 123-2021-SUNEDU/CD del 10 de noviembre de 2021, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 12 de noviembre de 2021; y iii) RCD N° 014-2022-SUNEDU/CD del 22 de febrero de 2022, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 24 de febrero de 2022.

4 Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

(…)

Artículo 212.- Rectificación de errores

(…)

212.1 Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión.

(…)

5 Ingresado mediante RTD N° 036836-2017-SUNEDU-TD del 17 de octubre de 2017.

6 Ingresado mediante RTD N° 036836-2017-SUNEDU-TD del 17 de octubre de 2017.

7 Ingresado mediante RTD N° 036836-2017-SUNEDU-TD del 17 de octubre de 2017.

8 Ingresado mediante RTD N° 023198-2018-SUNEDU-TD del 25 de mayo de 2018.

2055529-1