Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos y el Texto Único Ordenado de Tasas de la Municipalidad
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi, mediante Oficio N° 185-2022-A-MPQ/U, recibido el 1 de abril de 2022)
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 022-2018-GLPQ/U
Urcos, 6 de diciembre del 2018
EL ALCALDE DEL GOBIERNO LOCAL DE LA
PROVINCIA DE QUISPICANCHI-CUSCO
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE
QUISPICANCHI
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº23-2018-GLPQ/U, de fecha 06 de Diciembre del 2018 y Opinión Legal Nº266-2018-AL/MPQ/U, emitido por el Departamento de Asesoría Legal.
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos locales gozan de autonomía, política, economía y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº28607, concordante con el artículo II del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972;
Que de conformidad con lo dispuesto por el procedimiento 38.1 de la Ley de Procedimientos Administrativos General, Ley 27444 en el caso de los gobiernos locales el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA es aprobado por Ordenanza Municipal, estando obligados los gobiernos locales, conforme a lo señalado por el numeral 38.2 de la acotada Ley a la publicación cada dos años del integro de su TUPA, bajo responsabilidad de su titular. Que la Ley Nº27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, articulo del 30º al 49º
y disposiciones Transitorias, párrafo Tercero, señala la obligatoriedad de las entidades de la administración pública para actualizar sus TUPA, la misma que es validada por el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y Decreto Ley N° 29060 referida al silencio administrativo.
Que, la Ley Nº27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 40º, establece la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser ratificadas por la Municipalidad Provincial.
Que, el TUPA se aprueba por ordenanza por ser la norma de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de la cual se regula la administración y supervisión de los derechos y servicios públicos en la que la municipalidad tiene competencia normativa.
Que, mediante Opinión Legal Nº 266-2018-AL/MPQ/U, emitido por el Departamento de Asesoría Legal, en el cual da la opinión procedente para la aprobación del TUPA y TUOT de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi, indica que habiendo revisado los diferentes Informes Técnicos de los instrumentos de gestión, se ha cumplido con lo dispuesto y de conformidad con la normatividad legal vigente; por lo que es necesario aprobar el TUPA y TUOT, para cumplir con los servicios que presta la Municipalidad.
Estando a lo señalado, de conformidad con las atribuciones conferidas por los incisos 3), 8), 32) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS EXCLUSIVOS-TUPA Y EL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE TASAS - TUOT DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE QUISPICANCHI
Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos y Servicios No Exclusivos – TUPA 2018 de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi, que en anexo forma parte de la presente; consta de Ciento Cuarenta y Tres (143) procedimientos administrativos y sus anexos, Estructura de Costos, Formatos y Formularios; establecidos por áreas, que forman parte de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo Segundo.- APROBAR el Texto Único Ordenado de Tasas – TUOT 2018 de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo Tercero.- DEROGAR toda norma del gobierno municipal de la Provincia de Quispicanchi que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal.
Artículo Cuarto.- PUBLICAR la presente Ordenanza en los paneles y en la página Web de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi; así como el diario de mayor circulación de la Región.
Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia Municipal, y a las demás Gerencias, Oficinas y Unidades Operativas para su conocimiento y cumplimiento.
Artículo Sexto.- PRECISAR que la presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a Ley.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
WILBER HERRERA QUISPE
Alcalde
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
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