Modifican el Reglamento de la Ley N° 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial

Resolución Presidencial

Nº 046-2022-FMP/CE

Lima, 24 de marzo de 2022

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29182, establece la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial (FMP), como Órgano Constitucional Autónomo;

Que, el artículo 5° de la citada Ley, modificado por Decreto Legislativo N° 1096 y Ley N° 29955, prescribe que el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial es el máximo órgano de gobierno y administración, siendo competente para aprobar los instrumentos de gestión administrativa y funcional de los diferentes niveles jerárquicos del Fuero Militar Policial;

Que, mediante Resolución Administrativa N° 126-2011-FMP/TSMP/SG de fecha 08 de agosto de 2011, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial;

Que, en Sesión de fecha 23 de marzo de 2022, el Consejo Ejecutivo del FMP aprobó modificar el citado reglamento;

Por los fundamentos expuestos y en uso de las atribuciones establecidas en el artículo 23°, inciso 1) del Reglamento de la Ley N° 29182, Ley de Organización y Funciones del FMP;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Adicionar el Articulo 23-A y modificar el Inciso 7 del Artículo 22°, numerales 2.9 y 2.10 del artículo 50° y el artículo 113°-A del Reglamento de la Ley
N° 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial.

Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano” y en la Plataforma Digital del Estado Peruano (www.gob.pe) y el texto con la adición y modificaciones aprobadas en la Página Web del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALONSO LEONARDO ESQUIVEL CORNEJO

Presidente del Consejo Ejecutivo

del Fuero Militar Policial

2054075-1